La Fiscalía acusa a la exvicepresidenta del Govern Joana Ortega de un delito de quebrantamiento de condena por aceptar un cargo público, a pesar de haber sido inhabilitada por su implicación en la consulta del 9N.
En el escrito de acusación, consultado este miércoles, el fiscal impone a la acusada una multa de 30.000 euros por asumir el cargo de Asesora en Proyectos Transversales de la Consejería de Empresa y Conocimiento de mayo a octubre de 2019.
En dicho cargo, realizó una actividad «directamente conectada con el Gabinete de la Consejería del indicado departamento», cuya retribución era la de un puesto de trabajo de funcionario de nivel A, por el que recibió unos ingresos brutos totales de 32.110,84 euros.
El escrito presentado en el Juzgado de Instrucción 15 de Barcelona que investiga los hechos, la Fiscalía ha explicado que en enero de 2019 Ortega fue condenada como autora de un delito de desobediencia, a una pena de multa y a una pena de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos de ámbito local, autonómico o estatal, así como el ejercicio de funciones de gobierno tanto en el ámbito autonómico como en el del Estado.
Dicha inhabilitación, según la sentencia dictada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, casando la resolución dictada por la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), tenía una vigencia de nueve meses, y se manifestó que «debía cumplir la pena impuesta en el periodo comprendido entre el 21 de enero de 2019 y el 19 de octubre de 2019».
RECURSOS DESESTIMADOS
Los abogados de Ortega presentaron un recurso que fue desestimado el 25 de febrero de 2019, y otro que también fue desestimado el 4 de marzo de 2019.
«La encausada, siendo conocedora de la Sentencia condenatoria y de los términos concretos de la pena impuesta, actuando con evidente ánimo de incumplir la condena firme, desde el 17 mayo 2019 hasta el 8 octubre 2019 asumió el cargo de Asesora en Proyectos Transversales del Departamento de Empresa y Conocimiento», han concluido.