El Congreso acuerda cambios en cacheos policiales y sigue negociando sobre pelotas de goma y devoluciones en caliente

La ponencia del Congreso encargada de estudiar la reforma de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, la conocida por sus detractores como ‘ley mordaza’, ha avanzado este martes al acordar los nuevos artículos sobre cacheos que implican desnudos corporales en la vía pública y las garantías judiciales sobre las grabaciones que realizan agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Según explican fuentes parlamentarias, quedan pendientes cuestiones como restringir las pelotas de goma como material antidisturbio, según lo planteado por ERC, así como eliminar por completo o no las devoluciones en caliente de migrantes –para que quede regulado en la Ley de Extranjería– o la veracidad de los policías en las actas sobre propuestas de sanción.

La ponencia, que se reúne a puerta cerrada, ha fijado para el 1 de marzo la siguiente reunión, tras alcanzar los partidos del Gobierno y sus socios un acuerdo sobre diez artículos, que se suma a los 19 consensuadas en la reunión a puerta cerrada del 19 de enero.

CONSENSO SOBRE OTROS DIEZ ARTÍCULOS

Sobre la base de las enmiendas presentadas por PSOE y Unidas Podemos a la ley orgánica aprobada en 2015 con la mayoría absoluta del PP, la mayoría de los grupos ha respaldado modificar el artículo 20, que regula los registros corporales externos. Según las citadas fuentes, la propuesta es «reducir al mínimo» los desnudos y evitar que se puedan llevar a cabo en la vía pública.

Desde Unidas Podemos como PSOE se defiende la necesidad de «aumentar las garantías» en las actuaciones policiales, como ocurre con la enmienda al artículo 22 sobre las grabaciones con videocámara en la vía pública. En adelante se pretende que estas grabaciones –por ejemplo en una manifestación que derive en altercados– se reflejen en atestados, quedando todo el material a disposición judicial si así se requiere.

Otro de los puntos sobre los que se ha avanzado ha sido el que ya regula la protección de menores, de acuerdo al artículo 30.2 de la ‘ley mordaza’. Este artículo refleja que están exentos de responsabilidad por las infracciones cometidas los menores de 14 años, comunicándose al Ministerio Fiscal para que inicie, en su caso, las actuaciones oportunas.

DISOLUCIÓN DE MANIFESTACIONES Y VERACIDAD DEL POLICÍA

En la reunión de tres horas y media a puerta cerrada de la ponencia de reforma de la ley orgánica se ha comenzado a debatir sobre el artículo 23, que afecta a las reuniones en vía pública y las medidas de intervención para el mantenimiento o el restablecimiento de la seguridad ciudadana.

La ley contempla ya que estas intervenciones policiales, en caso de llevarse a cabo, «serán graduales y proporcionadas a las circunstancias», siendo la «disolución de reuniones y manifestaciones el último recurso». Según las fuentes consultadas, ERC ha hecho hincapié en prohibir el uso de pelotas de goma, una cuestión que también está presente en el debate político en Cataluña.

También quedan cuestiones como llevar a la nueva ley el principio de autoridad para los funcionarios de prisiones o el cambio en lo relativo a la presunción de veracidad en las declaraciones policiales, ya que la propuesta de Unidas Podemos y PSOE quiere que el acta del agente con la propuesta de sanción siga gozando de esta presunción de veracidad, pero añadiendo que esto será «siempre que resulte coherente, lógica y razonable».

En la anterior reunión, los grupos que apoyaron la investidura del Gobierno de Pedro Sánchez respaldaron las enmiendas sobre 19 artículos, entre ellos algunos cuestionados por sindicatos policiales como el de las identificaciones con retenciones de un máximo de dos horas, salvo excepciones justificadas, y la obligación de trasladar al afectado al lugar de origen en el caso de haber cambiado de localidad.

El 19 de enero también se dio luz verde a regular los controles en vía pública para vincularlos a supuestos de alteración grave y efectiva de la seguridad ciudadana o en casos de prevención de delitos graves, limitando el tiempo de duración al mínimo imprescindible.