El nuevo contrato de formación en alternancia (antiguo contrato de formación) se posiciona como la gran alternativa frente a los contratos temporales

La última novedad relativa al Real Decreto ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, está relacionada con el nuevo contrato formativo regulado en el artículo 11 del texto refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores.

Desde el 30 de marzo de 2022 entraron en vigor los nuevos contratos en alternancia y los contratos para la obtención de la práctica profesional, quedando suprimidos los contratos para el aprendizaje y formación y los contratos de trabajo en prácticas regulados en la redacción anterior del artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores.

Edutedis, centro acreditado por el SEPE para la tramitación de los contratos en alternancia y la impartición de la formación correspondiente, prevé una gran demanda de estos nuevos contratos en alternancia.

Debido a la simplificación de contratos de la nueva Reforma Laboral por la que el contrato indefinido se convierte en el contrato por defecto y a las restricciones para efectuar contratos temporales, el nuevo contrato en alternancia se consolidará como uno de los más demandados a la hora de contratar a nuevos trabajadores, ya que se convierte en casi la única opción de contratación temporal.

Por ello, Edutedis no duda en considerar que el contrato en alternancia se ha convertido en el contrato refugio del contrato temporal.

¿En qué consiste el nuevo contrato en alternancia?

El contrato en alternancia es un contrato de duración determinada incluido dentro de la categoría de contratos formativos que tiene por objeto compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos. Estos contratos en alternancia ofrecen mayores oportunidades laborales acompañadas de una mejora en la cualificación profesional.

Características del nuevo contrato de alternancia

El nuevo contrato de formación en alternancia cuenta con los beneficios del anterior contrato de formación más nuevas ventajas que lo convierten en una excelente opción para la contratación de nuevos trabajadores. Para empezar, la duración es de entre 3 meses y 2 años. En caso de haberse pactado por una duración inferior a 2 años y no haber obtenido el título asociado al contrato formativo, el contrato podrá prorrogarse hasta obtener el título, siempre respetando en todo caso la duración máxima de 2 años.

En segundo lugar, el tiempo de trabajo es de un 65% durante el primer año (35% de formación) y 85% durante el segundo (15% de formación)​. Asimismo, el tipo de formación es en itinerarios formativos sin presencialidad (teleformación), acompañada de un tutor en la empresa y otro en los centros de formación, y pueden acceder a ella los mayores de 16 y menores de 30 años que carezcan de cualificación profesional reconocida por titulaciones o certificado de profesionalidad.​ Finalmente, la retribución depende de cada convenio colectivo. Sin embargo, esta no podrá ser menor que la proporción de trabajo efectivo sobre el Salario Mínimo Interprofesional, el cual se mantiene en los 1.000 €/mes).

Todo ello conlleva una serie de ventajas, como el respeto de todos los derechos y garantías para el empleado. Además, este tipo de contrato es bonificado y supone un coste 0€ en Seguros Sociales. Asimismo, cuenta con una bonificación entre 60 € y 80 € adicionales para la empresa en concepto de tutorización, así como 1.500 € en hombres y 1.800 € en mujeres si el contrato se transforma a indefinido.

Otras de las novedades que ofrece este contrato son la desaparición del mes de espera para la autorización por parte del SEPE, la eliminación del periodo de prueba y la posibilidad de acceder a formación no sujeta o vinculada a los Certificados de Profesionalidad.

¿Cuáles son los requisitos para la empresa y el trabajador?

Poder acceder a los contratos de formación en alternancia no es complicado. Prácticamente, todas las empresas pueden beneficiarse de las ventajas de estos contratos y ampliar su plantilla, teniendo en cuenta el gran ahorro económico que supone frente a la contratación indefinida. Edutedis comparte los requisitos que existen tanto para empresa como para trabajador para poder acceder a estos contratos.

Requisitos del trabajador

Los requisitos del trabajador son: tener entre 16 y 30 años (sin límite de edad para discapacitados), estar inscrito en el SEPE como demandante de empleo, no contar con titulación oficial relacionada con el puesto a desempeñar, tener estudios mínimos de ESO parar el acceso a algunos certificados y no haber desempeñado ese puesto en la misma compañía por tiempo superior a 6 meses.

Requisitos de la empresa

Para la empresa, es requisito indispensable no tener deuda con Hacienda o la Seguridad Social, no haber sido sancionada, respetar el horario de trabajo efectivo y de formación y asignar un tutor.

La tramitación de los contratos en alternancia

La mejor opción para tramitar los contratos en alternancia es contactar con un centro especializado que imparta la formación específica que necesita el trabajador. De esta forma, la empresa se asegura que el trabajador adquirirá los conocimientos necesarios para desarrollar la profesión con la garantía de que las bonificaciones se realizarán correctamente. 

Edutedis es un centro de formación con más de 30 años de experiencia en el sector que garantiza una formación de calidad y un completo asesoramiento a la empresa para realizar las bonificaciones correspondientes. 

En el caso de elegir Edutedis como centro de formación para la tramitación e impartición de los contratos en alternancia, el procedimiento es el siguiente: se deberá enviar a Edutedis la ficha de recogida de datos cumplimentada con datos de empresa, trabajador, tareas a realizar y fechas de inicio y fin. Con ella, Edutedis elabora un anexo con un itinerario formativo personalizado adaptado al puesto de trabajo, los conocimientos previos del trabajador y la duración del contrato. 

Este anexo se entregará a la asesoría que se encargue de tramitar el alta en el SEPE y deberá adjuntarlo junto con el contrato. Una vez hecho este proceso, la asesoría deberá enviar una copia del alta a Edutedis para comenzar a tramitar la formación.

Edutedis aconseja recurrir a este tipo de contratos por los beneficios que ofrece tanto a empresa como a empleado. Por ello, apuesta firmemente por los nuevos contratos en alternancia y anima a las empresas a solicitar información.

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