El juez rechaza que la Generalitat ejerza la acusaciĆ³n popular en el ‘caso Pegasus’

El juez de la Audiencia Nacional (AN) JosĆ© Luis Calama ha rechazado, por falta de legitimaciĆ³n, la peticiĆ³n que habĆ­a realizado la Generalitat de CataluƱa para personarse como acusaciĆ³n popular en el ‘caso Pegasus’, donde se investiga bajo secreto el espionaje sufrido por el presidente del Gobierno, Pedro SĆ”nchez, y los ministros de Defensa e Interior, Margarita Robles y Fernando Grande-Marlaska, a travĆ©s de sus telĆ©fonos mĆ³viles.

En un auto de este mismo miĆ©rcoles, el titular del Juzgado de InstrucciĆ³n NĆŗmero 4 seƱala que no hay habilitaciĆ³n legislativa especĆ­fica para que la personas jurĆ­dicas pĆŗblicas, como es el caso de la Generalitat, puedan ejercer la acciĆ³n popular.

El magistrado recoge la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo al respecto, la cual establece que el sistema general de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) no permite inferir que las entidades pĆŗblicas puedan ejercer como acusaciĆ³n popular.

Asimismo, el instructor descarta que dicha legitimaciĆ³n se pueda sustentar en la normativa autonĆ³mica que invoca el Gobierno catalĆ”n en la peticiĆ³n formulada en la sede judicial.

Con todo, Calama indica, en lĆ­nea con la FiscalĆ­a, que la acciĆ³n pĆŗblica para su ejercicio en el procedimiento penal corresponde en exclusiva al Ministerio PĆŗblico, Ā«no teniendo cabida el ejercicio por parte de personas jurĆ­dicas pĆŗblicas de la acciĆ³n popular fuera de los casos en los que esta posibilidad se encuentra contemplada legalmente, sin que en el presente supuesto exista previsiĆ³n legal especĆ­fica en la que pueda ampararse la personaciĆ³n pretendida por la GeneralitatĀ».

No obstante, el auto firmado por el magistrado aĆŗn no es firme, ya que la Generalitat tiene un plazo de tres dĆ­as para presentar un recurso de reforma y de cinco dĆ­as para impugnar ante la Sala de lo Penal.