jueves, 12 diciembre 2024

Desestimado el recurso de María Salmerón contra el requerimiento judicial de ingreso en prisión

El Juzgado de lo Penal número seis de Sevilla ha desestimado finalmente el recurso de reforma, subsidiario de apelación, interpuesto por María Salmerón, la mujer condenada a nueve meses de cárcel por desobediencia al incumplir la custodia compartida de su hija con el padre de esta, condenado a su vez a un año y nueve meses de cárcel por malos tratos; contra la decisión de dicha instancia judicial de habilitar un segundo plazo de 15 días para su ingreso voluntario en prisión para cumplir dicha pena, una decisión emitida después de que le fuese denegada formalmente su petición de nuevo indulto.

María Salmerón ha visitado este miércoles la sede de la Delegación del Gobierno central en Andalucía, en la Plaza de España, para entregar «más de 100.000 firmas» cosechadas a través del portal de Internet Change.org, en demanda de que el Ministerio de Justicia le conceda el indulto que le ha denegado ya de manera oficial, respecto a la condena a nueve meses de cárcel impuesta por el Juzgado de lo Penal número seis por un delito de desobediencia

Además, recordémoslo, esta mujer ha formulado ante el Ministerio de Justicia un recurso de reposición, contra la decisión de dicho departamento de rechazar sus solicitudes de cancelación de antecedes penales, reclamando anular tales decisiones por «indefensión» y que sean cancelados sus antecedentes derivados de condenas emitidas por los juzgados de lo Penal números uno y 15 de Sevilla.

En ese contexto, la propia María Salmerón ha explicado a los medios de comunicación que el Juzgado de lo Penal número seis «no ha admitido» el citado recurso de reforma, denegando además su derivación hacia la Audiencia provincial como recurso de apelación.

LA JUEZ «SE HA EMPECINADO EN QUE ENTRE» EN PRISIÓN

«La jueza dice que no», ha aseverado, opinando que la magistrada titular de dicha instancia judicial, con esta decisión, «está aplicando su propio yo». Tras haber recurrido al Ministerio de Justicia el rechazo a la cancelación de sus citados antecedentes penales, María Salmerón ha avisado de que con una condena a nueve meses de prisión «nadie entra en la cárcel», pero en este caso, a su entender, la juez titular del Juzgado de lo Penal número Seis «se ha empecinado» en que ella entre en prisión.

Su situación, según ha considerado, «roza la prevaricación», tras lo cual ha precisado que ella confía en la Justicia como sistema, pero no en «algunos jueces».

Reconociendo que «queda poco tiempo» para agotar el plazo de ingreso voluntario en prisión, María Salmerón ha defendido que «aún hay partido», explicando que ha elevado un recurso de queja ante la Audiencia de Sevilla a cuenta de la decisión del Juzgado de lo Penal número seis, apreciando una «vulneración de derechos fu8ndamentales» en el requerimiento para su ingreso voluntario en prisión. En dicho recurso de queja, según ha detallado, se solicita la suspensión cautelar de dicho requerimiento hasta la resolución del propio recurso de queja.

«Hay argumentos para la suspensión. Si a la Audiencia no le da tiempo (a responder al recurso de queja antes de que concluya el plazo habilitado para su ingreso voluntario en prisión), tiene que suspender cautelarmente» el plazo, ha defendido Salmerón.

AUTO DE 2021

En concreto, en un auto de fecha 28 de enero de 2021, recordémoslo, el juzgado daba cuenta de que ante la petición de la representación de María Salmerón de suspender la ejecución de su condena a nueve meses de prisión impuesta en junio de 2019 por esta instancia judicial, tanto la Fiscalía como la acusación particular se opusieron a dicha medida.

Al respecto, el juzgado razonaba que si bien María Salmerón «ha sido condenada en varias ocasiones», lo cierto es que «nunca ha entrado en prisión», ya sea por la concesión de indultos o por la prescripción de los hechos sancionados, con lo que esta condena del Juzgado de lo Penal número seis a nueve meses de cárcel por desobediencia y otra más del Juzgado de lo Penal número uno serían «las únicas» que pesan a todos los efectos sobre Salmerón.

LOS OTROS INDULTOS

Finalmente, el Juzgado de lo Penal número seis consideraba en este auto de enero de 2021 que «la concesión de otros indultos» a Salmerón, aunque el último fuese declarado nulo por el Tribunal Supremo, conducía a resolver que «lo más prudente» era entonces suspender la efectividad de la mencionada condena a nueve meses de cárcel hasta que fuese resuelta la solicitud de Salmerón respecto a un nuevo indulto, con su aceptación o «denegación».

Pero en una providencia posterior de fecha 29 de marzo de este año, el Juzgado de lo Penal número seis indicaba que aquella petición de indulto fue formalizada el 9 de febrero de 2021, toda vez que «la última documentación» solicitada con relación al asunto se remonta al 26 de marzo de aquel año y la regulación estipula que «transcurrido el plazo de un año, debe entenderse desestimada la solicitud de indulto».

Es por eso que el juzgado requería ya a María Salmerón para «el ingreso en prisión a fin de cumplir la pena» impuesta, con un plazo de 15 días para ello desde la notificación de dicha decisión, pesando posteriormente la decisión del Gobierno central de denegar ya de manera expresa su petición de nuevo indulto.