Cómo ahorrar en el impuesto de sucesiones

Todas aquellas personas que reciben bienes y derechos a través de una herencia deben pagar el Impuesto de Sucesiones (ISD).

Cada comunidad autónoma española establece los porcentajes de este tributo que, con la asesoría de expertos, puede ser mucho menor, de manera que el beneficiario de la herencia conozca cómo ahorrar en el impuesto de sucesiones.

En Cataluña, el despacho JLA Notarios ofrece asesoría integral como notaría de Barcelona especializada en herencias e impuesto de sucesiones. De su blog, se ha extraído la información sobre los impuestos que hay que pagar en una herencia.

La norma permite considerables reducciones

Aunque la gente suele pensar que es un impuesto en el que se paga mucho por heredar, lo cierto es que, en comparación con otros impuestos, es uno de los pocos en que lo normal es pagar poco porcentaje sobre lo que se recibe, siendo frecuente en muchas herencias no tener que pagar nada de impuesto de sucesiones. Ello se debe a que hay muchas normas que permiten aplicar numerosas reducciones y bonificaciones. Para aplicar bien estos beneficios fiscales, es fundamental que un buen profesional gestione su herencia.

La primera recomendación del despacho es pagar este impuesto en seis meses desde el fallecimiento de la persona que deja la herencia. En caso de que el heredero deje pasar este tiempo, podría perder bonificaciones fiscales que ayudan a bajar el porcentaje.

Calcular la base imponible, entendida como el valor real de mercado de lo que recibe el heredero, es el primer paso para ahorrar al pagar el ISD. Esta base incluye el valor de los bienes y derechos, tomando en cuenta las cargas y deudas deducibles, el valor de referencia fijada por Hacienda, además de las cantidades que reciba la persona por seguros de vida en los que sea beneficiario.

Diversos tipos de beneficios fiscales

En el pago del ISD son deducibles los gastos de entierro y funeral, al anexar las facturas a la escritura de herencia. La regulación de Cataluña establece la reducción del impuesto por parentesco, como las adquisiciones por descendientes menores de 21 años o aquellas que heredan los mayores de 21 años, como cónyuges y ascendientes, cuya bonificación asciende a la exoneración del 99 % de la cuota. Igualmente, se aplica descuento cuando se trata de un ciudadano de tercera edad. 

También se aplican reducciones fiscales si se hereda una vivienda habitual, una empresa o un patrimonio de una persona con capacidades especiales, entre muchas otras cuestiones.

Al ingresar a la página web de JLA Notarios, los usuarios pueden conocer todas las opciones y procedimientos para obtener diversas reducciones. Asimismo, en cualquier notaría especializada en herencias podrán obtener apoyo para el cálculo de la cuota íntegra del ISD, seguido del cálculo de la cuota tributaria.

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