La publicación de las listas de candidatos de EH Bildú en el País vasco y Navarra, para las próximas elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo, en la que aparecen 44 etarras sentenciados por colaborar, de alguna manera, con la banda terrorista ha generado revuelo entre los partidos de la oposición, quienes han arremetido contra el Ejecutivo de Pedro Sánchez por tener a este partido de socio de Gobierno.
Una de las reacciones que más ruido ha generado vino precisamente de Cayetana Álvarez de Toledo, del Partido Popular, quien utilizó sus redes sociales para recordarle al Gobierno que existe la Ley de Partidos Políticos y que podría ser aplicada contra EH Bildú para declararlo ilegal.
La política de los populares hizo referencia específicamente al apartado C del artículo 9 de la ley que dice: «Incluir regularmente en sus órganos directivos o en sus listas electorales personas condenadas por delitos de terrorismo que no hayan rechazado públicamente los fines y los medios terroristas, o mantener un amplio número de sus afiliados doble afiliación a organizaciones o entidades vinculadas a un grupo terrorista o violento, salvo que hayan adoptado medidas disciplinarias contra éstos conducentes a su expulsión». La imagen de Álvarez de Toledo va acompañada de la frase «Bildú existe en España porque no se cumple la ley».
La denuncia de los etarras que fueron incluidos en las listas de Bildú con la que aspiran llevarlos a los organismos gubernamentales del País Vasco y Navarra fue hecha por los miembros del Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite), quienes llevan años denunciando al Gobierno e Pedro Sánchez por todos los beneficios que han recibido y mencionaron que, de hecho, siete de los 44 terroristas habrían sido condenados por homicidios.
Entre los comentarios que surgieron en las redes sociales a propósito de la publicación de Cayetana Álvarez de Toledo, muchos de los que dieron su opinión sugirieron que había llegado la hora de impulsar una solicitud para que el partido sea declarado ilegal antes de que se celebren las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo.
Desde el Colectivo han señalado que algunos de los candidatos inclusive han inscrito su candidatura con sus nombres, apellidos y hasta el apodo que utilizaban cuando estaban dentro de la organización terrorista ETA. En la nota de prensa que hicieron llegar a los medios de comunicación se encargaron de detallar quiénes son los candidatos que fueron en algún momento sentenciados por homicidio.
«Se trata de Agustín Muiños Dias, “Tinin”, número 6 en la lista a la alcaldía de Legutiano, en Álava, y condenado en 1985 a 29 años de prisión por el asesinato en 1983 de José Antonio Julián Bayano; de Begoña Uzkudun Etxenagusia, número 3 en la lista para la alcaldía de Régil y condenada en 1989 a 18 años de prisión por el asesinato de José Larrañaga Arenas en 1984; de Juan Ramón Rojo González, número 21 en la lista a la alcaldía de Irún y condenado en 1996 a 30 años de prisión por el asesinato de Francisco Gil Mendoza en 1991; de Asier Uribarri Benito, número 4 en la lista para la alcaldía de Maruri-Jatabe y condenado en 2001 a 16 años de prisión por su participación como cómplice en el asesinato del guardia civil José Manuel García Fernández», señalaron los miembros de Covite.
También mencionan en la lista a José Antonio Torre Altonaga, “Medius”, suplente número 2 de la lista a la alcaldía de Munguía y condenado en 1981 a 20 años de prisión por su colaboración en el asesinato de Alberto Negro Viguera y Andrés Guerra Pereda; Lander Maruri Basagoiti, suplente número 2 de la lista para la alcaldía de Ciérvena y condenado en 2001 a 16 años de prisión por su complicidad en el asesinato del guardia civil José Manuel García Fernández; y a Juan Carlos Arriaga Martínez, número 3 en la lista para la alcaldía de Berrioplano y quien fue condenado en 1989 a 29 años de prisión por el asesinato de Jesús Alcocer Jiménez.
La ley establece que el proceso de ilegalización de un partido político podría tardar entre seis cinco y seis meses, desde el momento en el que se formaliza la petición por parte del Ministerio Fiscal o del Gobierno y se concretaría una vez que se emita un fallo por parte de una Sala Especial del Tribunal Supremo y en caso de que el fallo sea a favor de la ilegalización del partido, es que se procede a ordenar el cese inmediato de toda actividad de la organización política.
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