Las elecciones generales tendrán lugar el próximo 23 de julio, una fecha incómoda que tirará por la borda los planes de muchos españoles, especialmente los de aquellos que sean elegidos por sorteo para formar parte de la mesa electoral. Se trata de unas fechas en las que muchas personas se encuentran de vacaciones, viajando o establecidos en una residencia lejos de su ciudad. ¿Cuáles son las causas que pueden librarlos de esta obligación ciudadana? ¿Si tengo un viaje reservado, puede ser motivo de exención?
8CAUSAS FAMILIARES QUE SE PUEDEN VALORAR

Existen otras causas que se valoran individualmente:
- Si el día de la elección coincide con eventos familiares de especial relevancia que sean inaplazables y su ausencia provoque perjuicios económicos importantes, se puede solicitar la exención. Esto aplica cuando el interesado sea el protagonista del evento o tenga un parentesco de hasta el segundo grado de consanguinidad con el protagonista.
- Si una persona es madre o padre de menores de 14 años y puede demostrar que ni el otro progenitor ni ninguna otra persona, como un hermano mayor, pueden hacerse cargo de los niños durante la jornada electoral, se puede solicitar la exención.