Rectificación de EIG

En referencia a la publicación de una nota en el diario digital moncloa.com, Manuel Domínguez Moreno ha hecho uso de su derecho de rectificación en este medio a raíz de una publicación titulada «Manuel Domínguez Moreno pierde la marca ‘Diario 16’, a favor del grupo EIG Multimedia, dirigido por Jorge Neri Bonilla».

«Hemos de decir que en la misma hay múltiples afirmaciones, comenzando por el propio titular, que no son ciertas y resultan más propias de un posicionamiento de parte que de una noticia objetiva basada en los hechos y en los trámites procesales de la cuestión judicializada».

«En primer lugar, la nota señala que Multimedia Ediciones Globales, en adelante EIG, ha perdido la marca Diario 16. Esto es absolutamente falso porque dicha sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Alicante no es firme. La sentencia se ha ejecutado de manera provisional en espera de la decisión que sobre la misma adopte el Tribunal Supremo, ante el que se ha aportado la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de Unión Europea, de 16 de noviembre de 2022 (asunto T-296/21), que resuelve la misma cuestión de fondo precisamente en sentido contrario. Sentencia que sí es firme y respecto de la que se ha alegado que, en buena lógica, debería generar los efectos de cosa juzgada».

«En segundo lugar, la nota señala que «la marca Diario 16, anteriormente en manos de la mercantil Multimedia Ediciones Globales, S.L., pertenecen legítimamente a la sociedad Grupo EIG Multimedia, editora de Cambio 16». Nuevamente, esta afirmación es falsa, dado que la marca Diariol6 jamás perteneció a EIG Multimedia, ni en la etapa anterior ni en la actual y el procedimiento no versa sobre la titularidad de la marca sino sobre el uso de los signos que se puedan considerar distintivos y, en ese caso, vulnerarían otras marcas.

La sentencia dictada en fase de apelación, en su parte dispositiva, señala -en contra de lo dictaminado por la sentencia de primera instancia que dio la razón a MEG y desestimó íntegramente las pretensiones de EIG Multimedia, cuyos intereses son defendidos por el despacho Cremades & Calvo Sotelo- que los dominios y la marca no pueden ser utilizados, pero, en ningún momento sería la que sean propiedad de EIG Multimedia. Pronunciamientos que, reiteramos, aun son provisionales y contrarios a lo acordado por el Tribunal de Justicia de la Union Europea.

En tercer lugar, la nota señala que MEG está incumpliendo la sentencia con los cambios realizados tanto en Ia marca como en los dominios. Esto es falso, porque, en primer lugar, Diario 16 nunca pertenecio a EIG Multimedia; en segundo terminó, la sentencia provisional en absoluto es plenamente ejecutable, como sin embargo, afirman; y, en tercer lugar, a pesar de no ser aquel un pronunciamiento firme y de contar EIG Multimedia con la sentencia dictada por el TGUE, se realiza un cambio en la denominación de la marca para cumplir con la sentencia impugnada, ya que con ello se evita el riesgo de confusión entre marcas, que en todo caso el TGUE ya sentencio que no existía.

En cuarto lugar, la nota publicada muestra declaraciones de uno de los abogados que defiende los intereses de EIG Multimedia y cita párrafos sesgados y bien seleccionados de la sentencia que, además, están impugnados ante el Tribunal Supremo por no corresponder al derecho de marcas sino al derecho de contratos, siendo necesario para declarar un incumplimiento contractual que se practique plena prueba sobre ello, lo que no ha sido objeto del procedimiento en el que se ha dictado la sentencia que se encuentra recurrida, que versa exclusivamente sobre el derecho de marcas.

En ningún momenta, en base a la buena praxis periodística, se ha contrastado dicha información con ningún miembro de la directiva de MEG, con el despacho de abogados que la representa, por tanto, ustedes han dado una información parcial que bien podría pasar como una nota de prensa emitida por una de las partes del procedimiento para consolidar una situación que, reiteramos, ha sido resuelta por el Tribunal General de la Union Europea justamente en sentido contrario, esto es, que en la marca Diario 16 no hay signos distintivos que vulneren la marca de la demandante.

En base al planteamiento que hace de los símbolos EIG Multimedia, su grupo de comunicación es propietario de la revista digital Motor16, por lo que, en cualquier momento, podrían tener una demanda de propiedad de marcas por parte de Jorge Alberto Neri Bonilla.

En consecuencia, y sin perjuicio del requerimiento individualizado antes indicado, requerimos asimismo la retirada de la noticia en un plazo de 72 horas, siendo la realidad que MEG está defendiendo sus legítimos intereses en el procedimiento con la base de una sentencia dictada ante la jurisdicción europea que si es firme y a la que obligatoriamente se habrá de supeditar la que se dicte en España, en tanto que Estado miembro que también integra un único sistema judicial europea, según dispone el Tratado de la Unión Europea. Asimismo, nos reservamos nuestro derecho a emprender las acciones legales que resulten procedentes contra ustedes».