Vivir un proceso de concurso de acreedores no es agradable para los empresarios, ya que no han logrado sacar adelante su proyecto comercial. Pero tampoco para los trabajadores, que pueden vivir con incertidumbre sobre su futuro.
Una de las cuestiones que más se repiten entre los empleados que recurren a abogados especialistas en concurso de acreedores es cuándo se van a cobrar las nóminas pendientes, así como las posibles indemnizaciones por el fin de la actividad.
Obviamente, en un contexto en el que la empresa no puede hacer frente a los pagos a proveedores, es más que evidente pensar que los asalariados también tendrán problemas para recibir aquellas cantidades que las compañías les deben.
¿Qué dice el protocolo oficial sobre el cobro de los trabajadores? ¿Existen protecciones legislativas para la plantilla? Repasamos algunos de los puntos clave que afectan al pago de nóminas o indemnizaciones en un concurso de acreedores.
El protocolo de pago en un concurso de acreedores
Lo primero que hay que entender es que, ante una situación así, el trabajador también es visto como un acreedor de la empresa.
Visto desde un punto de vista meramente económico, los empleados son personas con las que se ha contraído una deuda, aunque en este caso no haya sido por un producto o materia prima, sino por un servicio en el propio seno de la compañía.
Teniendo esto en cuenta, la respuesta a la pregunta de cuándo cobra el trabajador en un concurso de acreedores resulta bastante intuitiva: se llevará a cabo junto con el resto de las personas o empresas a las que se debe dinero. Y esto ocurrirá o bien con los fondos disponibles en la compañía o bien cuando se lleve a cabo la liquidación de la misma.
De manera habitual, la norma establece que los trabajadores se sitúan en un espacio prioritario de pago de todas las deudas acumuladas por la empresa.
Primero, se abonará el último mes trabajado. En un segundo estadio, las indemnizaciones relacionadas con despidos por cese de actividad. Por último, la empresa tendrá que usar los fondos obtenidos para hacer pago a los salarios anteriores que hayan quedado impagados.
Cuando la empresa no puede hacerse cargo del total de la deuda de los salarios e indemnizaciones, estos pueden solicitar al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) que se haga cargo de la deuda.
Un concurso de acreedores no implica el fin de la relación laboral
Otro punto a tener muy en cuenta, desvelan los abogados especialistas, es que entrar en concurso de acreedores no implica, directamente, que los trabajadores vayan a ser despedidos.
Muy al contrario, si la compañía sigue activa, el personal tiene la obligación de acudir a su puesto de trabajo y, por otra parte, la empresa se compromete a abonar los salarios.
Un caso distinto es cuando cesa la actividad y, por tanto, va a ser liquidada. En estos escenarios habrá que estudiar en qué situación se quedan los empleados, para lo que resulta recomendable ponerse en manos de un bufete especializado que defienda sus intereses frente a la empresa que se encuentra en una situación económica más que delicada.