La Audiencia Provincial de Almería ha dictado sentencia condenando a un individuo a seis años de prisión por el delito de almacenamiento y distribución de pornografía infantil. La sentencia establece que el acusado guardaba en diversos dispositivos más de 700 imágenes y vídeos de contenido pedófilo, algunos de los cuales mostraban actos violentos contra menores de 16 años.
Grave sentencia y medidas adicionales
Además de la pena de prisión, el fallo condena al individuo a una inhabilitación de 12 años para trabajar en profesiones relacionadas con menores. Asimismo, se le impone seis años de libertad vigilada por un delito agravado de distribución de material pornográfico infantil.
El tribunal destacó la crueldad de los actos representados en los archivos, mencionando la presencia de niñas de corta edad sometidas a situaciones degradantes y vejatorias. La investigación realizada por la Unidad Central de Ciberdelincuencia de la Policía Nacional en 2019 reveló que el acusado compartía contenido sexual explícito con menores a través de un sistema de intercambio de archivos en línea.
Mecanismos utilizados y argumentos de defensa
El acusado, de 68 años, hacía uso de las redes ‘Peer to peer’ para obtener y distribuir el material, siendo encontrado con discos duros y ordenadores que contenían archivos pedófilos en su vivienda. A pesar de su alegato de tener escasos conocimientos informáticos y de no tener intención de distribuir el material, la sentencia estableció que el individuo era plenamente consciente de sus acciones.
El tribunal subrayó que, a pesar de las declaraciones del acusado, existían evidencias claras de que conocía el contenido de los archivos descargados, así como de su participación en la difusión del mismo entre otros usuarios. La utilización de palabras clave específicas asociadas a la pornografía infantil fue un punto clave en el proceso judicial para demostrar la conducta del acusado.
Conclusión y valoración final
En resumen, la sentencia destaca que el acusado mostraba un conocimiento detallado de los mecanismos de intercambio de archivos utilizados, contradiciendo sus afirmaciones de desconocimiento. A pesar de colaborar con las autoridades entregando los dispositivos informáticos, el tribunal consideró que las explicaciones dadas por el acusado no eran veraces ni sinceras.
Ante la gravedad de los actos cometidos y la voluntad clara de compartir el material, el tribunal rechazó aplicar cualquier tipo de atenuante en el caso. La sentencia, emitida el 7 de febrero, sirve como un recordatorio impactante de la importancia de combatir la explotación infantil en todas sus formas.






