La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto un nuevo expediente sancionador contra Pilar Alegría, ministra de Educación y Portavoz del Gobierno. La sanción se debe a que la ministra realizó críticas a la oposición durante la campaña electoral para las elecciones europeas, vulnerando el principio de neutralidad que deben mantener los poderes públicos en periodos electorales.
Este nuevo expediente se suma a otro anterior que también se abrió contra Alegría durante la campaña de las elecciones catalanas. La reincidencia de la ministra en este tipo de prácticas podría acarrearle una sanción económica aún mayor.
Críticas desde la Moncloa: Un Nuevo Enfrentamiento entre Gobierno y Oposición
El Partido Popular (PP) presentó una denuncia ante la JEC tras una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. En dicha comparecencia, Alegría arremetió contra la oposición tras conocerse la citación como imputada de Begoña Gómez, esposa del presidente Pedro Sánchez. La JEC, en respuesta a la denuncia del PP, ha considerado que las declaraciones de Alegría sobrepasaron los límites de la comunicación institucional, entrando en el terreno de la crítica partidista, lo que vulnera el deber de neutralidad.
Las declaraciones de Alegría, tachadas de «campaña del fango» por parte de la derecha y la ultraderecha, han reavivado el debate sobre los límites de la libertad de expresión de los miembros del Gobierno durante los periodos electorales. La JEC se ha pronunciado en diversas ocasiones recordando a los miembros del ejecutivo que su deber de neutralidad prevalece sobre su libertad de expresión durante las campañas electorales, un principio que parece haber sido obviado por la ministra.
El Delicado Equilibrio entre Libertad de Expresión y Neutralidad Institucional
La JEC ha recordado que si bien la ministra tiene derecho a la libertad de expresión y a criticar a otros partidos, no puede hacerlo utilizando los medios públicos a los que tiene acceso gracias a su cargo. Este uso de recursos públicos para fines partidistas es lo que trata de impedir el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que establece un «estricto deber de neutralidad política en actos institucionales».
Este nuevo expediente sancionador a Alegría pone de manifiesto la tensión existente entre la libertad de expresión y el deber de neutralidad de los poderes públicos. La JEC, actuando como garante de la imparcialidad durante los procesos electorales, ha reiterado la importancia de que los miembros del Gobierno se abstengan de utilizar su posición para obtener ventaja partidista. La sanción a la que se enfrenta la ministra, que podría oscilar entre los 300 y los 3.000 euros, busca disuadir a los miembros del gobierno de utilizar su posición para fines partidistas, garantizando así la equidad del proceso electoral.