El Fiscal General del Estado se enfrenta a 37 fiscales de Sala para imponer la Ley de Amnistía

El Fiscal General del Estado (FGE) Álvaro García Ortiz se enfrenta hoy a los 37 fiscales de la Junta de Fiscales de Sala para tratar de explicar la aplicación práctica de la nueva Ley de Amnistía en contra del criterio de, al menos, cuatro fiscales del Tribunal Supremo que intervinieron en el juicio del procés a los líderes independentistas catalanes. En teoría a la reunión de este martes faltará Dolores Delgado, porque una sentencia del Supremo anulaba su nombramiento, aunque de facto la sentencia no ha sido ejecutada todavía y en la última actualización de 6 de mayo de 2024 Dolores Delgado sí aparece en la lista de la Junta.

Los 37 fiscales mandados por García Ortiz -la Junta de Fiscales de Sala actúa con una estructura muy jerarquizada-, asistirán al debate jurídico desarrollado en público esta pasada semana. ¿Queda la malversación de caudales públicos, juzgada y sentenciada por el Supremo, afectada por la nueva Ley de Amnistía?

Como ya ha publicado MONCLOA, de una parte se han posicionado muy claramente en contra los fiscales Fidel Cadena SerranoJaime Moreno VerdejoConsuelo Madrigal Martínez-Pereda Javier Alberto Zaragoza Aguado, pero no es descartable que dentro de la Junta de Fiscales tengan apoyo.

Los dos fiscales adscritos al Supremo, Moreno y Zaragoza, ya emitieron un informe mostrándose contrarios a aplicar la amnistía al delito de malversación y así lo manifestaron al Fiscal General del Estado (FGE) Álvaro García Ortiz. Los dos también se negaron a cambiar su informe acerca de la imposible de la Ley de Amnistía al delito de malversación. Un delito que dejaría fuera de la ecuación política de aplicación de la amnistía al entonces presidente de la Generalitat Carlos Puigdemont, ahora fugado, y al líder de ERC y ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, que de esta manera no se podrían beneficiar de la aplicación de gracia de la amnistía, impulsada por el presidente Pedro Sánchez, a cambio del apoyo de Junts y ERC en el Congreso de los Diputados.

El FGE les pidió el pasado martes que elaborasen un nuevo informe sobre la aplicación de la amnistía a los condenados por el Procés además del que ya habían hecho. Dos de los fiscales de la Sala de lo Penal del Supremo, Javier Zaragoza y Jaime Moreno ya han dejado trascender que no modificarán su criterio, una posición a la que también se adhieren los fiscales Consuelo Madrigal y Fidel Cadena, ya que los cuatro intervinieron en representación del Ministerio Fiscal en la causa del procés y son los que deben pronunciarse.

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Los fiscales expresaron su parecer tras una reunión con el FGE el mismo día que el Boletín Oficial del Estado (BOE) recogía la ley de amnistía y por tanto su entrada en vigor. Los juristas dijeron que habían entregado un informe de más de 100 páginas hace varias semanas pero Álvaro García Ortiz replicó que era necesario un nuevo «informe procesal» y no un «informe genérico sobre la ley» porque a juicio del FGE en ese documento suscrito por los fiscales de Sala se opinaba sobre cuestiones que no se habían preguntado.

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Al final, los dos fiscales encargados, Zaragoza y Moreno, se comprometieron a entregar un nuevo documento en los próximos días pero parece complicado que vayan a «bendecir» la Ley Orgánica 1/2024 de 6 de junio, más conocida como Ley de amnistía, y eliminar la malversación agravada, algo que viene ya excluido en la propia ley y porque, según ya recogieron en su informe el delito en concreto afecta a dinero de la Unión Europea y que la amnistía sólo se refiere a delitos de desobediencia y desórdenes públicos. Parece complicado que ese informe llegue antes de este martes.

BENEFICIO PATRIMONIAL

El actual informe sostiene que la malversación no puede ser amnistiada porque en el caso de Puigdemont y Junqueras habría supuesto un «beneficio patrimonial» para ambos, que habrían destinado a la elaboración y desarrollo del procés. Al menos esa es la postura expresada por escrito por los fiscales que elaboraron el informe. La cuestión no es menor, pues un párrafo de la propia Ley de amnistía explica que «en todo caso, se entenderán comprendidos en este supuesto los actos tipificados como delitos de usurpación de funciones públicas o malversación, únicamente cuando estén dirigidos a financiar, sufragar o facilitar la realización de cualesquiera de las conductas descritas en el párrafo anterior, siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento (…)».

Carles Puigdemont, líder de Junts, pieza clave en la investigación del caso Voloh
Carles Puigdemont, líder de Junts, pieza clave en la investigación del caso Voloh

Precisamente a este «propósito de enriquecimiento» es al que aluden los fiscales en su documento justificativo pues entienden que tanto Junqueras como Puigdemont «no recurrieron a la conducta pasiva de comisión por omisión de consentir que otros sustrajesen, sino que ellos mismos sustrajeron caudales públicos en forma de millones de euros para ejecutar contra las decisiones del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña un proyecto inconstitucional de desintegración de España y proclamación de independencia».

Es decir, que la actitud activa (usar los fondos) y no pasiva (enriquecerse con los fondos) de los dos líderes independentistas sería la prueba de que la malversación existió, pues ellos habrían usado luego ese mismo dinero para pagar a otras personas en «contratos públicos ilícitos» para llevar a cabo la hoja de ruta del Procés.

INTERÉS DE LA UE

Los fiscales también aducen como causa de inaplicación de la Ley de Amnistía que los intereses financieros de la Unión Europea (UE) podrían verse afectados, ya que el Procés pretendía desgajar parte de un territorio, España, dentro de la UE, con el claro deterioro del balance de gastos e ingresos de los presupuestos de la propia Europa.

Este asunto tampoco parece insignificante puesto que ya se da por hecho que el Tribunal de Cuentas dirigirá una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) para que éste se pronuncie sobre la Ley de Amnistía e interprete cómo debe actuar el órgano fiscalizador de fondos europeos.

Durante el juicio del Procés, el fiscal pidió una responsabilidad de 3 millones de euros a los ex presidentes de la Generalitat catalana Carles Puigdemont y Artur Mas, además de al ex vicepresidente Oriol Junqueras. El Tribunal de Cuentas tiene capacidad jurisdiccional propia para elevar la pregunta al TJUE sobre si es compatible con la normativa europea amnistiar o no el delito de malversación.

CONTRARIA A LAS LEYES

La postura de los cuatro fiscales de Sala parece inamovible hasta el punto de que han dicho al Fiscal General del Estado que si les obliga a cambiar su postura apelarán al artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal: «El Fiscal que recibiere una orden o instrucción que considere contraria a las leyes o que, por cualquier otro motivo estime improcedente, se lo hará saber así, mediante informe razonado, a su Fiscal Jefe. De proceder la orden o instrucción de éste, si no considera satisfactorias las razones alegadas, planteará la cuestión a la Junta de fiscalía y, una vez que ésta se manifieste, resolverá definitivamente reconsiderándola o ratificándola. De proceder de un superior, elevará informe a éste, el cual, de no admitir las razones alegadas, resolverá de igual manera oyendo primeramente a la Junta de Fiscalía. Si la orden fuere dada por el Fiscal General del Estado, éste resolverá oyendo a la Junta de Fiscales de Sala».

Eso es lo que va a ocurrir este martes, cuando el FGE intente convencer al resto de la Junta de que hay que aplicar la Ley de Amnistía sí o sí, tal y como está redactada.

EL FISCAL GENERAL MANDA

Este hecho entraría en contradicción con el artículo 25 del mismo Estatuto: «El Fiscal General del Estado podrá impartir a sus subordinados las ordenes e instrucciones convenientes al servicio y al el ejercicio de las funciones, tanto de carácter general como referidas a asuntos específicos». La amnistía quedaría entonces resuelta pues García Ortiz pondría el caso en manos de «quien designe a tales efectos», que evidentemente no sería ninguno de los cuatro fiscales del Procés.

El asunto no parece sencillo de resolver para los fiscales del Procés pero tampoco para Álvaro García Ortiz, que una vez superado el escollo fiscal que lograría por imperativo de su jefatura quedaría enfrentarse a los jueces del Tribunal Supremo, los únicos que pueden decidir sobre la aplicación o no, de la Ley de Amnistía, ya que fue el Alto Tribunal quien dictó las condenas.

No es el único «incendio» al que se enfrenta el FGE esta semana, ya que la anterior junta de Fiscales convocada debatió sobre la filtración de los datos fiscales de la pareja de la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

De momento, los dos fiscales que cumplieron aquella orden de García Ortiz se ven envueltos ahora en una investigación judicial por revelación de secretos por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y en la anterior Junta, celebrada el pasado 24 de abril, no se habló claramente sobre la actuación de García Ortiz, aunque todo el mundo da ya por hecha su imputación futura si el caso es mandado al Supremo, ya que el FGE es aforado. En cualquier caso, nadie duda de que el Fiscal General del Estado impondrá el criterio del Gobierno que lo nombró, es decir, que los fiscales informen a favor de aplicar la amnistía.