Termina hoy el plazo para presentar la declaración de la Renta con domiciliación

Se acerca la fecha límite para presentar la declaración de la Renta y Patrimonio 2023 con resultado a ingresar con domiciliación bancaria. No pierdas de vista estos plazos cruciales:

Renta 2023: Plazos clave a tener en cuenta

  • Miércoles 26 de junio: Último día para presentar las declaraciones de la Renta con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.
  • Viernes 28 de junio: Fecha límite para solicitar cita previa para atención telefónica o en oficinas de la Agencia Tributaria.
  • 1 de julio: Fecha límite para presentar las declaraciones de la Renta tanto a ingresar como a devolver.

La Agencia Tributaria estima un aumento de las declaraciones

La Agencia Tributaria prevé un aumento considerable en el número de declaraciones de la Renta presentadas este año. Se estima que se presentarán un total de 23.281.000 declaraciones, lo que representa un 1,2% más que en el año anterior.

A pesar del incremento en el número de declaraciones, se espera que el importe a devolver a los contribuyentes sea un 1,8% inferior, con 11.650 millones de euros.

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¿Quiénes no están obligados a declarar la Renta 2023?

No todas las personas están obligadas a presentar la declaración de la Renta. Te explicamos los casos específicos que te eximen de esta obligación:

Trabajo:

  • Trabajadores con rentas exclusivamente del trabajo: No están obligados a declarar si sus ingresos no superan los 22.000 euros anuales.
  • Trabajadores con rendimientos de más de un pagador: El límite se reduce a 14.000 euros anuales, salvo excepciones.
  • Trabajadores con pagador no obligado a retener: El límite también se reduce a 14.000 euros anuales.
  • Trabajadores con rendimientos sujetos a un tipo fijo de retención: El límite se reduce a 14.000 euros anuales.

Otros casos:

  • Contribuyentes con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas: No están obligados a declarar si sus ingresos conjuntos no superan los 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
  • Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital: Están obligados a presentar la declaración, según la normativa que establece el ingreso.

Recuerda:

  • Es importante consultar la información oficial de la Agencia Tributaria para verificar los detalles específicos de cada caso.
  • No dudes en solicitar atención especializada en caso de tener dudas.
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