El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado definitivamente el recurso de casación presentado por una mujer condenada por la Audiencia de Sevilla a casi 40 años de prisión, aunque con un límite máximo de cumplimiento de 20 años. Esta condena se debió a los delitos de prostitución y maltrato a sus hijos menores de edad. La mujer solicitaba una reducción de la pena basándose en la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la ley del «sólo sí es sí». Vamos a analizar en detalle este caso y la resolución del Tribunal Supremo.
El contexto del caso y condena inicial
Los delitos cometidos y sentencia de la Audiencia de Sevilla
En 2019, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla consideró probados los delitos de prostitución y maltrato por parte de la acusada hacia sus hijos. Se demostró que obligaba a sus hijas e hijo a mantener encuentros sexuales con otro condenado a cambio de dinero, utilizando golpes y amenazas constantes.
Concretamente, se declaró probado que desde que su hija mayor tenía 13 años, la sometió a estos abusos hasta que cumplió los 15 años y dejó el domicilio familiar. Posteriormente, la misma situación se repitió con otros dos hijos, a quienes también obligó a cometer actos sexuales bajo amenazas y palizas.
La Audiencia le impuso 15 años de prisión por dos delitos continuados de agresión sexual con introducción de miembro corporal en concurso con prostitución de menores. Además, le sumó nueve años adicionales por otro delito continuado de agresión sexual sin introducción de miembros corporales en concurso con prostitución de menores, lo que sumaba un total de casi 40 años, aunque con un límite efectivo de 20 años de cumplimiento según el artículo 76 del Código Penal.
Las condiciones de vida de los menores y maltrato habitual
Los menores sufrieron constantemente violencia física y psicológica, además de un total abandono en cuanto a sus necesidades básicas. La madre no se ocupaba del aseo del hogar, ni de llevarlos al colegio o al médico, sumiendo a los hijos en una situación deplorable de miedo y dependencia.
El recurso de casación y solicitud de reducción de pena
Los argumentos de la defensa
En abril de 2023, la defensa de la acusada presentó una solicitud para revisar la pena impuesta, basándose en la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual. Esta ley ha motivado más de mil reducciones de condenas por delitos sexuales, debido a la unificación de los delitos de abuso y agresión en un solo tipo y la premisa de aplicar la pena más favorable para el reo en caso de conflicto entre normas penales de diferentes periodos.
El rechazo del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo, en una resolución fechada el 23 de mayo, desestimó nuevamente el recurso de casación. Argumentó que la Ley 10/2022 no es una «norma penal más favorable» en este caso específico. La explicación radica en que la condenada ya está cumpliendo una pena de prisión de 20 años por acumulación jurídica, y cualquier eventual reducción de las penas individuales no afectaría al límite máximo de cumplimiento.
El Supremo sostiene que aunque la aplicación de la ley intermedia podría llevar a una reducción de algunas penas puntuales impuestas, esto no alteraría la pena efectiva acumulada que debe cumplir la condenada. Por tanto, se resolvió que «no ha lugar a la admisión del recurso de casación de la condenada».
Las implicaciones de la resolución del Tribunal Supremo
La denuncia de la condenada y su recurso fallido ponen de manifiesto los límites de la Ley Orgánica 10/2022 y su aplicación en casos donde las penas se acumulan. Esta ley, aunque favorable en muchos casos de delitos sexuales, no ofrece una vía de reducción en situaciones de acumulación jurídica, especialmente cuando el límite máximo de cumplimiento ya está establecido.
La resolución del Tribunal Supremo también sienta jurisprudencia al clarificar que en casos similares de acumulación jurídica, la Ley 10/2022 no debe interpretarse como una norma penal más favorable si no afecta el límite máximo de cumplimiento de la pena.






