Revés judicial en Andalucía: Antonio Fernández y Rodríguez Román quedan en libres tras la decisión del TC sobre el caso ERE

La Audiencia de Sevilla ha ordenado este lunes «mandamiento de libertad» para el exconsejero socialista de Empleo, Antonio Fernández, merced a la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de estimar parcialmente su recurso de amparo y anular la condena a siete años, once meses y un día de prisión que le impuso dicha instancia por malversación en el «procedimiento específico» de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y las ayudas arbitrarias a empresas con cargo a los fondos autonómicos.

La Sección Primera de la Audiencia, como ha informado el TSJA, dispone que una vez que le ha sido comunicada «por correo ordinario» la decisión del TC, procede «mandamiento» de libertad con relación a Antonio Fernández, quien cumplía condena en la prisión de Puerto III de El Puerto de Santa María; ordenando lo mismo respecto al exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román, condenado a seis años de cárcel también por malversación en el «procedimiento específico de financiación» de los ERE e interno en el centro penitenciario de Sevilla I.

El Tribunal Constitucional Anula la Condena por Malversación

El TC expone en su sentencia que «el fundamento de la condena de Antonio Fernández, conforme a la sentencia de la Audiencia, viene integrado por su intervención en la elaboración y tramitación de los presupuestos de los ejercicios 2002 a 2009; su intervención en la tramitación y/o aprobación de modificaciones presupuestarias desde el año 2000 hasta 2009; y su relevante papel en las ayudas sociolaborales y los convenios a través de los que se instrumentaron, ya que tomó parte en las decisiones sobre la concesión de aquellas, la forma de cuantificarlas y la información sobre las mismas y firmó tanto el convenio marco como diversos convenios particulares; con conocimiento de ‘la palmaria ilegalidad de los actos’ en los que participó».

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Sin embargo, el TC señala que «la doctrina de este tribunal establece que el contenido de los anteproyectos y proyectos de ley no puede ser objeto de control por ningún órgano judicial», exponiendo que las sentencias de la Audiencia y del Supremo sobre este caso, «al considerar que los anteproyectos de leyes de presupuestos en cuya tramitación participó Fernández establecían un sistema de presupuestación indebido o ilegal, causalmente determinante de la posterior malversación, han realizado un control jurídico del contenido de los actos de iniciativa legislativa del Gobierno que les estaba constitucionalmente vedado.

La Supresión de los Controles y la Anulación de la Condena

Así, el tribunal rechaza «que la ejecución por parte de una autoridad de las determinaciones contenidas en leyes de presupuestos aprobadas por un Parlamento pueda dar lugar a una condena penal por malversación». «Si la omisión de formalidades y procedimientos por parte de las autoridades y funcionarios que intervenían en la gestión de los fondos estaba amparada en la ley, la supresión de esos controles no puede considerarse una sustracción», abunda el TC.

De esta manera, el Tribunal Constitucional ha anulado la condena de Antonio Fernández por malversación, abriendo la puerta a la libertad del exconsejero socialista y a un nuevo capítulo en este caso que ha sacudido la política andaluza en los últimos años.

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