El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha estimado el recurso interpuesto por Miguel Ángel Galán, entrenador y presidente de CENAFE, y por tanto, ha anulado la convocatoria de elecciones a la presidencia de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF). El TAD ha estimado que antes de convocar elecciones hay que cesar formalmente a Pedro Rocha de su cargo. Rocha fue inhabilitado por el propio TAD durante dos años por haber tomado decisiones al frente de la comisión gestora que no le correspondían.
El Tribunal toma esta decisión al amparo del artículo 26 de los estatutos de la RFEF, según ha adelantado el portal Iusport, que recoge que «corresponde a la Asamblea General en reunión plenaria y con carácter necesario la elección y cese del Presidente» y precisamente la reunión para votar el cese nunca se produjo y no vale con la mera sentencia inhabilitadora.
De esta manera, no es posible para el TAD la aplicación del artículo 31.8 de los estatutos de la RFEF, que invocó la comisión gestora para iniciar el proceso electoral. El TAD además advierte que no es igual la inhabilitación que el cese. Es decir, la primera condición puede ser causa de cese, pero debe producirse el mismo durante la celebración de una Asamblea.
Esta decisión se avala porque no se puede colocar al inhabilitado, en este caso Pedro Rocha, «en una situación de clara indefensión al no existir una resolución expresa por parte de la Asamblea General que determine en qué momento debe producirse el cese y las consecuencias derivadas del mismo».
Por ello, concluye el TAD, la falta de resolución o acuerdo de la Asamblea General impide apreciar que dicho cese se ha producido y en consecuencia, ello determina la imposible aplicación del artículo 31.8 de los Estatutos de la RFEF al faltar el primer requisito para su aplicación, esto es, que se haya producido el cese del presidente de la RFEF. Hasta aquí la resolución del TAD.
Ahora la actual comisión gestora debería convocar a una asamblea general para cesar a Pedro Rocha, pero si lo hiciese antes de convocase elecciones generales para renovar a los asambleístas podría encontrarse con otro motivo de nulidad, argumentado por la denuncia de Miguel Ángel Galán, que es la falta de legalidad de la actual asamblea para votar cualquier decisión, pues al menos 40 asambleístas han perdido su condición como tales.
Lo que tendrá que ocurrir ahora, para cumplir estrictamente la legalidad, es disolver la comisión gestora, restituir a la junta directiva y convocar nuevas elecciones generales. Cuando ya estén decididos los nuevos asambleístas habrá que convocar una nueva comisión, pero de 12 miembros para convocar elecciones a la presidencia y únicamente con esa función, presidida por la presidenta interina de la RFEF, María de los Ángeles García Chaves, Yaye.