miércoles, 7 mayo 2025

¿Cómo afecta el IRAV a la subida del alquiler en 2025? ¿Estás seguro de cuánto pagarás de alquiler en 2025?

La contratación de una póliza de hogar es básica para afrontar situaciones como averías u otros daños estructurales en la vivienda, pero ¿sabías que hay seguros que también ofrecen coberturas ante posibles impagos de las cuotas de alquiler de los inquilinos? Puedes conocer más acerca de los mismos leyendo las opiniones de seguro de hogar de Verti.

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Por otro lado, a nivel estatal, se han buscado soluciones ante la problemática del alquiler en España, estableciendo lo que se conoce como IRAV. Sigue leyendo para descubrir de qué se trata.

¿Qué es el IRAV?

IRAV corresponde a las siglas del Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda. Se trata de un nuevo indicador, diseñado para reemplazar al clásico IPC, el Índice de Precios de Consumo, y que se encarga de marcar cualquier subida en el precio del alquiler.

Se trata de una medida creada, y que también gestiona, por el Instituto Nacional de Estadística a través de la Ley 12/2023 del 24 de mayo, en relación a la normativa vigente en cuanto a derecho a la vivienda. De este modo, se busca establecer unos límites en la subida del coste del alquiler, con el fin de afrontar el problema social que se está viviendo en España en los últimos años y que limita el acceso a la vivienda a todo tipo de personas, no únicamente a grupos vulnerables.

Las grandes disparidades entre los salarios y el coste del alquiler han sido el motor para el establecimiento de este índice.

El IRAV, por su parte, es, según asegura el Instituto Nacional de Estadística, “el valor mínimo entre la tasa de variación anual del IPC, la tasa de variación anual del IPC subyacente y las tasas de variación anual media ajustada del IPC y el IPC subyacente, medidas como la diferencia de tasas de crecimiento anual tanto del ICP como del IPC subyacente cada mes y un parámetro de referencia que representa la inflación esperada a medio plazo, ajustadas con un coeficiente moderador”.

Es decir, al igual que el IPC, el IRAV es un indicador que adapta el precio de un bien en función de la inflación, pero en este caso, se establece una cuantía límite, para poder evitar que el coste del alquiler se vuelva aún más desorbitado.

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¿Cómo afecta este índice a la subida del alquiler este 2025?

El principal cambio que ofrece el Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda en cuanto a la subida del alquiler a partir de 2025 es que, con la aplicación de este indicador, se establece un máximo de subida del precio de arrendamiento en un 2,2%.

Cómo calcular cuánto puede subir el alquiler

La web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana del Gobierno de España ofrece una sección que se puede utilizar como calculadora del precio del alquiler. En la misma, se habilita un espacio para conocer la cantidad máxima que corresponde a un contrato a la hora de actualizar el alquiler. Para ello, es necesario rellenar una serie de aspectos relacionados con el propio contrato tales como:

  • El tipo de contrato en función de la fecha de firma del mismo, estableciendo la diferencia en el día 26 de mayo de 2023.
  • El precio de la renta que se abona en la actualidad para, posteriormente, calcular la subida máxima que se puede llevar a cabo.

La fecha establece el tipo de índice con el que se calcula la subida, determinando como punto de inflexión la entrada en vigor de la nueva Ley por el Derecho de la Vivienda, a partir de la cual se utiliza la fórmula del IRAV. De este modo, se puede calcular la subida del precio del alquiler teniendo en cuenta un indicador capaz de evitar el aumento desproporcionado de la propia renta.

¿Qué debe hacer un arrendador cuando un inquilino no paga el alquiler?

Esta nueva normativa está diseñada para proteger a los inquilinos de una abrupta subida en el precio de su alquiler. Pero, ¿qué hacer si tu inquilino no paga? También hay que tener en cuenta la necesidad de protección de los arrendadores ante posibles impagos en las cuotas de alquiler.

En este caso, la ley de arrendamientos urbanos establece una serie de supuestos en los que el propio arrendador puede solicitar la disolución del contrato de alquiler, siendo uno de estos motivos el impago del mismo, tal como establece el artículo 27.2 de dicha ley.

Se puede considerar como omisión del pago del alquiler cuando, superada la fecha límite establecida por contrato para el abono de la cuota mensual, esta no ha sido emitida. Al sobrepasar esta fecha, el arrendador puede interponer una demanda de desahucio.

Esta situación se afronta con un juicio declarativo verbal, en el que el propietario de la vivienda solicita al poder judicial que se establezca el contrato de arrendamiento como finalizado, pasando el juez a ordenar el desalojo del inquilino.

Cabe destacar que, este tipo de demanda precisa de la intervención de un abogado y un procurador.

Pero este tipo de situaciones se consideran límites, ya que previo a demandar, siempre se recomienda que exista un diálogo entre arrendador y arrendatario.

Además, para evitar que el arrendador tenga que afrontar cualquier tipo de consecuencia económica derivada del impago de las cuotas, se aconseja la contratación de un seguro de hogar con este tipo de cobertura.

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