sábado, 3 mayo 2025

La DGT recuerda: si llevas esto en la guantera, te pueden caer hasta 600 euros de multa

Parece mentira cómo un pequeño rincón del coche, esa guantera que usamos para guardar desde la documentación hasta un paquete de pañuelos, puede convertirse en el origen de un disgusto considerable y un agujero en el bolsillo. La Dirección General de Tráfico, la DGT, no se cansa de recordarnos normativas que a veces olvidamos o, peor aún, desconocemos, y una de ellas atañe directamente a ciertos aparatos electrónicos cuya simple tenencia en el vehículo está terminantemente prohibida y severamente castigada. No hablamos de llevarlos encendidos o en funcionamiento, sino simplemente de tenerlos guardados, cogiendo polvo junto a las gafas de sol de repuesto.

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La sorpresa para muchos conductores llega cuando, en un control rutinario, se descubre el objeto prohibido y la sanción se materializa, sin que valgan excusas del tipo «no sabía que estaba ahí» o «nunca lo he usado». Estamos hablando de los detectores e inhibidores de radar, unos dispositivos diseñados para eludir los controles de velocidad y que las autoridades consideran una herramienta peligrosa que atenta contra la seguridad vial colectiva. La normativa es clara y contundente al respecto, y la multa puede ascender hasta los 600 euros, acompañada de la pérdida de puntos del carné, una advertencia seria para quienes piensen que lo que no se ve, no cuenta.

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600 EUROS Y PUNTOS MENOS: EL PRECIO DE IGNORAR A LA DGT

Fuente Freepik

Las consecuencias económicas y administrativas de ser sorprendido con uno de estos aparatos ilegales no son, en absoluto, despreciables. En el caso de los detectores de radar, considerados una infracción grave, la sanción estándar que aplica la DGT asciende a 200 euros y conlleva la retirada de 3 puntos del permiso de conducir. Sin embargo, es importante recalcar que la ley contempla la posibilidad de multas superiores en función de las circunstancias, pudiendo alcanzar esos 600 euros mencionados si se dan agravantes o en función de la interpretación de la normativa por parte de las autoridades competentes, una cifra que debería ser suficiente para pensárselo dos veces antes de llevar uno a bordo.

La situación se torna mucho más severa si el dispositivo detectado es un inhibidor o jammer de radar. Dado que estos aparatos interfieren activamente con los sistemas de control, la infracción se considera muy grave. La multa en este caso se dispara hasta los 6.000 euros y la pérdida de puntos asciende a 6, la mitad del crédito inicial de un conductor novel. Además, la normativa también prevé sanciones para el taller que instale el dispositivo, lo que demuestra la gravedad con la que la DGT y la legislación tratan la manipulación de los sistemas de vigilancia del tráfico, buscando atajar el problema desde todos los frentes posibles y con una contundencia ejemplar.

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