Los patinetes eléctricos han llegado para quedarse, transformando el paisaje urbano de nuestras ciudades y ofreciendo una alternativa de movilidad ágil y, en apariencia, despreocupada. Sin embargo, esta aparente libertad de movimiento viene con una serie de normativas que la DGT se ha encargado de precisar, y cuyo desconocimiento puede salir muy caro, convirtiendo un trayecto rutinario en una pesadilla económica y legal.
No se trata de una advertencia baladí ni de un intento de sembrar el pánico entre los usuarios de estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP), sino de una constatación de la realidad que muchos parecen ignorar. La Dirección General de Tráfico ha intensificado su labor informativa y de control, dejando claro que las calles no son el salvaje oeste y que los VMP, pese a su modernidad y apariencia lúdica, están sujetos a un corpus normativo tan serio como el de cualquier otro vehículo que circule por la vía pública.
4ACERAS Y ZONAS PEATONALES: TERRITORIO PROHIBIDO PARA TU VMP SEGÚN LA DGT

Este es, sin lugar a dudas, uno de los puntos que más fricción genera en la convivencia urbana diaria y donde la DGT ha sido especialmente clara y reiterativa en sus comunicaciones. Los patinetes eléctricos, como Vehículos de Movilidad Personal, tienen terminantemente prohibida la circulación por las aceras y demás zonas destinadas exclusivamente al tránsito de los peatones, una norma que busca proteger al viandante, el eslabón más frágil y vulnerable de la cadena de movilidad en nuestras ciudades.
Entonces, la pregunta es obligada: ¿por dónde deben circular estos modernos artilugios? La normativa de la DGT indica que su lugar natural es la calzada, siempre y cuando no exista una vía ciclista o carril bici segregado y específicamente habilitado para ello, y respetando en todo momento las normas de tráfico como cualquier otro vehículo que comparta el espacio viario, sin excepciones ni privilegios. La DGT insiste en este punto para evitar accidentes.