Las medidas contra el consumo de drogas al volante siguen endureciéndose en nuestro país. La DGT ha confirmado recientemente que dar positivo en un control de drogas, aunque sea en cantidades mínimas, conlleva una sanción automática de 500 euros y la pérdida de 6 puntos del carnet. Esta política de tolerancia cero no contempla excepciones ni niveles mínimos permitidos, a diferencia de lo que ocurre con el alcohol, donde existe un límite legal establecido.
Muchos conductores desconocen que cualquier rastro de sustancias prohibidas en el organismo, incluso días después del consumo, puede desencadenar graves consecuencias administrativas y económicas. Las autoridades de tráfico justifican esta severidad con estadísticas alarmantes: uno de cada cinco accidentes mortales en carretera está relacionado con el consumo de sustancias estupefacientes, lo que convierte esta problemática en una prioridad para las políticas de seguridad vial en España.
1LA POLÍTICA DE TOLERANCIA CERO DE LA DGT: SIN MÍNIMOS PERMITIDOS

A diferencia del alcohol, donde la legislación establece límites máximos permitidos (0,25 mg/l en aire espirado para conductores generales), con las drogas la situación es completamente distinta. La normativa actual aplicada por la DGT no contempla ningún nivel mínimo de presencia de estupefacientes, aplicando un criterio de tolerancia cero que sanciona cualquier detección, independientemente de su concentración o del tiempo transcurrido desde el consumo.
Los controles realizados mediante saliva pueden detectar rastros de cannabis hasta 48 horas después del consumo, cocaína hasta 24 horas y otras sustancias como las anfetaminas durante periodos variables. Este marco legal ha generado intenso debate entre expertos en seguridad vial y asociaciones de conductores, que cuestionan si realmente existe una correlación entre estos restos mínimos y la capacidad real para conducir con seguridad, especialmente cuando el consumo se produjo días antes de ponerse al volante.