La juez instructora número 3 de Badajoz ha dictado auto de apertura de juicio oral contra 11 personas en la Diputación de Badajoz, entre ellos David Sánchez Pérez-Castejón, hermano del presidente del Gobierno, Luis María Carrero Pérez, funcionario de Moncloa destinado en la Diputación de Badajoz y además contra los altos cargos Ricardo Cabezas, Cristina Núñez, Juana Cintas, Manuel Candalija, Félix González, Emilia Parejo, Elisa Moriano, Miguel Ángel Gallardo, presidente de la Diputación pacense, y Francisco Martos «por delitos de prevaricación administrativa y tráfico de influencias».
En el caso de David Sánchez le atribuye delitos de prevaricación en concurso medial previsto con «multas de seis meses con una cuota diaria de 180 euros», del delito continuado de tráfico de influencias y un delito de tráfico de influencias con concurso medial de prevaricación. Asimismo la jueza dice que «se deber declarar la nulidad de la convocatoria de oferta de empleo público para la plaza de Coordinador de las Actividades de los Conservatorios, la modificación que se realizó creando el puesto de Jefatura de la Oficina de Artes Escénicas, así como la convocatoria para el puesto que acabó ocupando Luis Mª Carrero Pérez (Jefe de Sección de Centros y Programas de Actividades Transfronterizas), anulando los contratos de trabajo a que se contrae esta litis, que dichos acusados han obtenido en la Diputación de Badajoz».
Precisamente a Luis Carrero le acusa «de un delito continuado de Tráfico de Influencias en concurso medial con un delito de prevaricación administrativa y de nombramiento ilegal».
A Miguel Ángel Gallardo, todavía presidente de la Diputación Provincial de Badajoz y todavía no aforado pues no ha sido nombrado diputado regional, la juez lo acusa de «delito continuado de prevaricación en concurso de medio a fin con un delito de nombramiento ilegal, art. 404, 77-1 y 3, 405 del Código Penal, según la LO 10/1995): Inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de quince años y multa de seis meses con una cuota diaria de 180 euros». Del delito de tráfico de influencias en concurso medial con un delito de prevaricación administrativa y de nombramiento ilegal: Un año y seis meses de prisión, multa del duplo del beneficio obtenido por David Sánchez al otorgársele el puesto de Jefe de la Oficina de Artes escénicas, desde su nombramiento hasta su dimisión, inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis años».
Y del delito de tráfico de influencias con prevaricación pide «un año y seis meses de prisión, multa del duplo del beneficio obtenido por Luis María Carrero al otorgársele el puesto que desempeñó, desde su nombramiento hasta su dimisión; inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis años».
Respecto a Elisa Moriano, Cristina Núñez y Félix González son acusados de «delito continuado de prevaricación en concurso de medio a fin con un delito de nombramiento ilegal, art. 404, 77-1 y 3, 405 del Código Penal, según la LO 10/1995): Inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de quince años y multa de seis meses con una cuota diaria de 180 euros».
Con respecto a los altos cargos Juana Cinta Calderón, Emilio Pareja y Francisco Martos, la juez los acusa del delito continuado de Tráfico de Influencias en concurso medial con un delito de prevaricación administrativa y de nombramiento ilegal: Un año y seis meses de prisión, multa del duplo del beneficio obtenido por David Sánchez al otorgársele el puesto de jefe de la Oficina de Artes escénicas, desde su nombramiento hasta su dimisión, inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis años».
A Ricardo Cabezas y Manuel Candalija los acusa de un «delito continuado de Tráfico de Influencias en concurso medial con un delito de prevaricación administrativa y de nombramiento ilegal, art. 428, 404, 77-1 y 3, 405 del Código Penal: Un año y seis meses de prisión, multa del duplo del beneficio obtenido por Luis María Carrero al otorgársele el puesto que desempeñó, desde su nombramiento hasta su dimisión; inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis años».
DESESTIMÓ EL RECURSO DE REFORMA DE DAVID SÁNCHEZ
La juez instructora número 3 de Badajoz dicta el auto después de desestimar el recurso de reforma, subsidiario de apelación, presentado por David Sánchez Pérez-Castejón, hermano del presidente del Gobierno, contra su auto de 28 de abril donde se transformaban las diligencias de investigación en Procedimiento Abreviado, paso previo a mandar a la fase de juicio oral a los investigados.
La juez Beatriz Biedma expresa en primer lugar su sorpresa «acostumbrada a resolver recursos contra Autos de Procedimiento Abreviado desde hace muchos años, el tono y contenido de los interpuestos en la presente causa,- más propios de los recursos contra las sentencias condenatorias-, pues parece olvidarse por los intervinientes, que nos encontramos en la fase de instrucción del procedimiento, donde se practican diligencias de investigación con la finalidad de determinar la existencia de indicios de criminalidad. La verdadera prueba es la que se practica en el juicio, con las garantías de publicidad, oralidad, inmediación y contradicción, y conforme a la valoración de la misma habrá de decidirse si se absuelve o condena a los investigados».
Después enumera de nuevo los hechos objetivos que la llevaron a dictar su anterior auto, destacando literalmente «algunos de los hechos objetivos que han resultado de la práctica de las diligencias de investigación acordadas, de los que se derivan claros indicios de criminalidad, en relación con las siguientes conclusiones».
Y explica que, por ejemplo, «la Creación del Puesto de Coordinador de las Actividades de los
Conservatorios no era necesaria y no obedeció a las razones especificadas en la Memoria incluida en la Ficha de su creación». Esto se demostraría en el cruce de correos entre varios de los imputados, altos cargos del Área de Cultura de la Diputación de Badajoz.
Añade que «el Puesto fue creado con la finalidad de ser adjudicado a David Sánchez Pérez-Castejón y esta circunstancia era conocida en los Conservatorios y en el Área de Cultura con anterioridad a que David Sánchez, quien también conocía lo anterior, fuera formalmente candidato para el mismo».
Finalmente el auto declara que el «órgano competente para conocer y juzgar esta causa es el Juzgado de lo Penal de Badajoz que por turno de reparto corresponda».
Por otra parte, el Juzgado ha puesto una providencia requiriendo a la acusación popular que corrija la competencia dado que pidieron apertura de juicio oral ante el Juzgado de lo Penal y el órgano competente es la Audiencia provincial.