La representación legal del David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, ha presentado un escrito ante el juzgado que instruye la causa por corrupción contra su defendido porque «quedan pendientes de tramitación y fallo los Recursos de Apelación directos formalizados por algunas de las partes -entre ellas, nada menos que el Ministerio Fiscal-, así como los planteados de manera subsidiaria a la Reforma por otras, por lo que se advierte con facilidad la contradicción existente entre las dos resoluciones mencionadas».
El letrado Emilio Cortés, que ejerce la defensa del músico, añade que «dado que en Derecho una cosa no puede ser y no ser a la vez (por cuanto estas antinomias afectan al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y a los principios constitucionales de seguridad jurídica e intangibilidad de las decisiones jurisdiccionales), es preciso que se motive por el Juzgado de Instrucción la causa o causas provocadoras del radical cambio de criterio, que son desconocidas para esta parte, a los efectos procesales que procedan. ¿Por qué se ha dictado ese Auto, si su redacción se condicionaba a una circunstancia concreta que no se ha verificado?».
JUZGADO PARA DAVID SÁNCHEZ
También dice la representación de David Sánchez que aunque la juez mandó el asunto al «juzgado de lo penal que proceda», sostiene que «el órgano encargado del enjuiciamiento, en su caso, de los hechos objeto de acusación no es el Juzgado de lo Penal que por turno corresponda como se dice en el Auto de apertura del Juicio Oral, sino la Audiencia Provincial de Badajoz. En efecto, al tener previsto el delito de prevaricación una pena de inhabilitación de naturaleza grave, procede que sea el Tribunal colegiado el que se encargue de esa labor procesal».
Y añade que «el artículo 783 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que En el mismo Auto señalará el Juez de Instrucción el órgano competente para el conocimiento y fallo de la causa, sin necesidad de consultar con ninguna de las partes, ya que lo que puedan sugerirle en modo alguno compromete la decisión judicial en ese aspecto. Tanto es así, que la asignación de competencia que efectúan provisionalmente esas acusaciones populares es manifiestamente errónea».
Hay que recordar que la juez instructora número 3 de Badajoz dictaba auto de apertura de juicio oral este pasado jueves contra 11 personas en la Diputación de Badajoz, entre ellos David Sánchez Pérez-Castejón, hermano del presidente del Gobierno, Luis María Carrero Pérez, funcionario de Moncloa destinado en la Diputación de Badajoz y además contra los altos cargos Ricardo Cabezas, Cristina Núñez, Juana Cintas, Manuel Candalija, Félix González, Emilia Parejo, Elisa Moriano, Miguel Ángel Gallardo, presidente de la Diputación pacense, y Francisco Martos «por delitos de prevaricación administrativa y tráfico de influencias».
En el caso de David Sánchez la instructora le atribuye delitos de prevaricación en concurso medial previsto con «multas de seis meses con una cuota diaria de 180 euros», del delito continuado de tráfico de influencias y un delito de tráfico de influencias con concurso medial de prevaricación. Asimismo la jueza dice que «se deber declarar la nulidad de la convocatoria de oferta de empleo público para la plaza de Coordinador de las Actividades de los Conservatorios, la modificación que se realizó creando el puesto de Jefatura de la Oficina de Artes Escénicas, así como la convocatoria para el puesto que acabó ocupando Luis Mª Carrero Pérez (Jefe de Sección de Centros y Programas de Actividades Transfronterizas), anulando los contratos de trabajo a que se contrae esta litis, que dichos acusados han obtenido en la Diputación de Badajoz».