jueves, 5 junio 2025

El movimiento con tus criptomonedas que ya vigila Hacienda tras la última reforma fiscal

La revolución digital trajo consigo nuevas formas de entender el dinero, el valor y las transacciones, transformando radicalmente los mercados financieros y la economía global. En este nuevo paradigma, activos como las criptomonedas emergieron como protagonistas inesperados, pasando de ser una curiosidad tecnológica a vehículos de inversión y especulación que han capturado la atención de millones en todo el mundo. Su naturaleza descentralizada y su operativa fuera de los cauces tradicionales les confirió durante un tiempo una percepción de anonimato o de estar al margen de la vigilancia fiscal, una idea que la realidad normativa ha desmentido con contundencia.

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Hacienda, como organismo encargado de velar por el cumplimiento de las obligaciones tributarias, no tardó en poner el foco en este creciente universo de activos digitales. La proliferación de operaciones con divisas virtuales, el incremento de su valor y el volumen de capital que mueven hicieron inevitable que el fisco español, siguiendo la estela de otras administraciones europeas, actuara para regular su tratamiento. La última reforma fiscal supuso un paso decisivo en esta dirección, estableciendo mecanismos más robustos para identificar a los tenedores y operadores, así como para asegurar que las ganancias generadas en este ámbito tributen como corresponde. Es un movimiento que afecta a cualquiera que haya realizado alguna operación, por pequeña que sea, y que obliga a revisar bien qué se hizo y cuándo para evitar sorpresas desagradables al declarar.

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DECLARAR GANANCIAS O PÉRDIDAS: EL CORAZÓN DE LA TRIBUTACIÓN CRIPTO

El principal foco de la tributación de las criptomonedas recae, como ocurre con otros activos de inversión, en la declaración de las ganancias o pérdidas patrimoniales generadas por su transmisión. Esto ocurre, fundamentalmente, cuando se venden criptomonedas a cambio de dinero fiat (euros, dólares, etc.) o cuando se intercambian unas criptomonedas por otras distintas. La clave aquí es calcular la diferencia entre el valor de adquisición del activo y el valor de transmisión, siendo esta diferencia la que constituye la ganancia o pérdida patrimonial que debe integrarse en la base imponible del ahorro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Es un cálculo que requiere tener un registro detallado de todas las operaciones.

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La normativa establece que estas ganancias o pérdidas deben declararse con independencia del importe, es decir, cualquier operación que genere una alteración patrimonial debe ser tenida en cuenta al hacer la declaración de la renta, aunque sea por unos pocos euros. El porcentaje de tributación varía según la cuantía de la base imponible del ahorro, aplicando tipos progresivos que van desde el 19% para las ganancias hasta 6.000 euros, hasta porcentajes superiores para cantidades mayores. La correcta aplicación de las normas de valoración y la imputación temporal de estas operaciones es crucial para evitar errores que puedan derivar en requerimientos de Hacienda.

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