viernes, 13 junio 2025

El 112 solo gestionó el 24% de las llamadas de emergencia por la DANA

El servicio de Emergencias 112 de la Comunidad Autónoma de Valencia recibió 19.821 llamadas durante todo el 29 de octubre de 2024, el día que una DANA asoló esa comunidad dejando más de 200 muertos a su paso. Pero en la documentación remitida a la juez que instruye la causa, la Subdirección General de Emergencias reconoce que sólo gestionó 4.770 de esas llamadas, el 24% de las recibidas.

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Jorge Suárez, subdirector de Emergencias, informaba a la juez instructora que las llamadas se clasifican en distintos grupos de «llamadas no procedentes, llamadas informativas, llamadas procedentes y llamadas asociadas». El listado para la juez fue enviado en dos formatos, uno alfabético de poblaciones con cada una de las llamadas recibidas desde ese lugar y otro cronológico por hora y segundo y asociado a municipios.

Una de las primeras llamadas de aquel día se efectuó desde el municipio de Alberic a las 6:14 horas para advertir de «bolsas de agua en la carretera». A las 7:20 un vecino de Alzira llamaba para decir que «iba dentro del coche y le había arrastrado el agua». Ocho minutos después desde Gabarda advertían del desbordamiento de un barranco,.

A las 8:42 desde Alborache se llamaba para decir que había «agua en el inmueble, toda la casa llena de agua». Ya avanzada la mañana, desde Ademuz la DANA seguía acaparando todas las comunicaciones y llamaban a las 13 horas y 50 minutos advirtiendo del «desbordamiento de la rambla» y que «la carretera queda inundada».

Ya con la DANA desarrollada en toda su tragedia las últimas llamadas recogidas aquel día por el servicio 112 fueron a las 23 horas y 58 minutos. Por ejemplo, desde Aldaia advirtiendo de dos personas de 96 y 57 años a quienes les llegaba el agua por las rodillas. En Riba-Roja de Turia había cinco personas subidas a un camión atrapadas por el agua.

A las 23:59 desde Alfafar varias personas se encontraban atrapadas en un vehículo y pedían ser rescatadas. En Catarroja un vecino aguantaba agarrado a una barra de hierro en un parque, en Aldaia otro vecino se encontraba atrapado por el agua en su domicilio y no podía salir y en Sedavi otro vecino sobrevivía agarrado a las ramas de un árbol con el agua a 2,5 metros de altura.

CÁMARAS DEL 112

La Guardia Civil acreditó que en la sala del Centro de Emergencias (Cecopi) donde se llevaba a cabo el seguimiento de la tragedia no había pantallas del sistema 112 de emergencias en tiempo real y que además la reunión del 29 de octubre no se grabó, a pesar de disponer de la suficiente tecnología para hacerlo.

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El 7 de abril de 2025 cuatro guardias civiles inspeccionaron el Centro de Coordinación de Emergencias de Valencia y confirmaron que no existen cámaras de video en tiempo real en la sala de crisis donde se reunieron los altos mandos para gestionar la tragedia que estaba ocurriendo.

Y a pesar de que el sistema Cisco Webex, usado por la Generalitat, «dispone de la opción de grabación de la reunión que se esté desarrollando, extremo éste que cuando es utilizado es notificado a todos los usuarios conectados. Por parte del Sr. Jorge Suárez se informa que no fueron grabadas las reuniones realizadas en el CECOPI el día 29 de octubre, puesto que es una cuestión que no está protocolarizada, así como que tampoco hubo durante ese día caídas de telefonía que afectaran a la red de Internet en el Centro de Emergencias y por tanto generasen un anormal funcionamiento de las conexiones realizadas a través de CISCO WEBEX», según puede leerse en el informe elaborado por los agentes.

Los guardias, que fueron recibidos por Jorge Suárez, subdirector de Emergencias, pudieron comprobar que tampoco había pantallas del 112 en directo en la sala donde se reunió de urgencia el Cecopi aquel día. Esto mismo ya lo había dicho en sede judicial la ex consejera de Emergencias Salomé Pradas.

Los agentes también explican en un informe que la reunión tuvo lugar en la sala de mando y control del Edificio B, donde se sitúa la Sala de Emergencias y el Cecopi. Pero la sala de atención de llamadas del 112 se sitúa en el edificio A, otro donde no está el Cecopi.

FOTO DEL DÍA DE LA DANA

La defensa de Pradas ya había aportado durante su declaración una fotografía tomada el 29 de octubre donde se ve que los monitores no daban información en tiempo real, sino que mostraba a las personas que se habían conectado telemáticamente al Cecopi, como la delegada del Gobierno. El abogado de Pradas pidió que se incorporase a la causa.

Los agentes explican que «tanto la información que se muestra en el videowall de la Sala de atención de llamadas del 112 como del Hall de acceso al edificio A son fijas, es decir, carecen de distintas configuraciones y la información que aparece corresponde siempre a los mismos parámetros».

Y añaden que «solamente el dispositivo ubicado en la Sala de Mando y Control tiene la posibilidad de tener varias configuraciones en función de la emergencia que se está gestionando en esos momentos. Así, esta pantalla presenta varias opciones entre las que se encuentran la opción de escenario de situación normal e igualmente la de escenario de emergencia meteorológica». Es decir, nadie entendió que era más importante ver lo que ocurría fuera que ver a los que hablaban desde sus casas o sus despachos.

QUERELLAS POR LA DANA

Asimismo, la juez dictó el pasado 11 de marzo una providencia denegando una querella interpuesta por una particular contra el presidente del gobierno Pedro Sánchez, la ministra de Defensa, Margarita Robles, el titular de Interior, Fernando Grande-Marlaska, la entonces ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera y el presidente de la Generalitat Carlos Mazón por su actuación o negligencia durante la DANA del pasado mes de octubre.

En otra providencia del 12 de marzo la juez de la DANA daba por recibido un recurso del PSOE planteado por la Asociación Liberum, una de las acusaciones populares y también en representación de un particular, contra esta personación. Liberum, personada como acusación popular en el Caso DANA de Valencia, recurrió en reforma la personación del PSOE en la causa como acusación popular. Desde Liberum argumentaban que este hecho «atentaría contra la propia naturaleza en la condición de imparcialidad y objetividad que se precie en toda fase de instrucción, que no es otra que el conocimiento de la verdad, y en este caso, este grupo político buscaría su verdad».

DENEGÓ LA PRUEBA DEL 112

Sin embargo, la juez Nuria Martín, del juzgado de instrucción 3 de Catarroja, que instruye la investigación por las 225 muertes ocurridas durante la DANA del pasado mes de octubre en Valencia, denegó durante los primeros días la petición de la acusación de Fetap-CGT, para que La Subdirección General de Emergencias de la Generalitat valenciana remitiese al juzgado las 19.821 llamadas recibidas ese día en el centro de comunicaciones 112.

Entonces dijo la juez que «la obtención de la integridad de los audios de las llamadas al 112 efectuadas no es factible por diversas razones».

La primera y principal hace referencia, según la magistrada, a «la injerencia en el secreto de las comunicaciones, lo que se produciría si se aceptara dicha solicitud de prueba, sólo puede llevarse a cabo con fundamento en la presunta comisión de delitos dolosos (…) y respecto de los presuntos responsables de esos delitos».

Por tanto, decía la juez de la DANA que «no procede la obtención indiscriminada de los audios de las llamadas al teléfono de emergencias 112, que serían traídos al procedimiento por delitos imprudentes y que afectarían en consecuencia al secreto de las comunicaciones de los llamantes a dicho teléfono. En total, 19.821 personas».

Ahora bien, también el auto expuso que «cuestión distinta sería el consentimiento respecto de su aportación por quienes llamaron al 112» y añade que en este sentido «el consentimiento en la obtención del contenido de una llamada al 112 se ha obtenido respecto de la efectuada por Juan Carlos Mora Ruiz, lo que ha llevado al dictado de una providencia con el objeto de que sea aportada al proceso la grabación de la llamada».

La juez especificaba que «sería preciso analizar, caso por caso, si se efectuaron por los familiares de los fallecidos, en su caso por los lesionados, o simplemente por testigos, llamadas al 112 y una vez acreditado dicho extremo, solicitar el consentimiento a cada uno de ellos, para la incorporación de los audios».

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