miércoles, 18 junio 2025

El informe UCO sobre el móvil del futbolista Raúl Asencio: «No se localiza ningún registro»

Los 112 folios, a los que ha tenido acceso MONCLOA, elaborados por la Unidad Orgánica de Policía Judicial (UOPJ) de Las Palmas con la ayuda de la Unidad Central Operativa (UCO) de Madrid en lo relativo al volcado de los teléfonos móviles de cuatro futbolistas imputados en revelación de secretos y pornografía infantil, entre ellos el internacional Raúl Asencio, central del Real Madrid, deja claro que el vídeo denunciado por una menor, que habría sido supuestamente difundido por canteranos del Real Madrid en el verano de 2023, es irrecuperable o no existe copia del mismo.

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Además de la inexistencia de la principal prueba de cargo una contradicción respecto a dos fechas claves podría ser usado por la defensa de los futbolistas para tumbar toda la causa.

Miguel Ángel Galán, presidente del Centro Nacional de Entrenadores de Fútbol (Cenafe), y conocedor de la causa, explica en su cuenta de X que «el informe de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil señala que la declaración del testigo que vincula a Raúl Asencio presenta contradicciones respecto a las fechas. En concreto, el testigo, quien además es pareja de una de las víctimas, afirma que los hechos ocurrieron en julio».

asencio 2.1 Moncloa
Parte del informe UCO de la Guardia CIvil.

Sin embargo, el informe de la UCO indica que el archivo eliminado, que no pudo ser recuperado, corresponde al mes de junio. A juicio de Galán «esto genera una inconsistencia con una duda razonable en favor de Asencio».

El informe pericial informático realizado sobre el iPhone de Raúl Asencio recoge que «según las manifestación del testigo D.R P. este pudo visualizar el archivo de vídeo después de que Raúl Asencio Del Rosario le solicitara el vídeo a un compañero de su club, el cual nunca le llegó a identificar, y que los reseñados hechos ocurrieron durante las vacaciones, no llegando a concretar con certeza la fecha exacta apuntando como fecha posible el mes de julio». El testigo es el novio de la menor de edad, 16 años, que denunció los hechos el 6 de septiembre de 2023 en una comisaría de Las Palmas.

La menor relató que el 15 de junio de 2023 mantuvo relaciones sexuales con dos canteranos entonces del Real Madrid, Ferrán Ruiz Martí y Juan Rodríguez Lima «en un reservado del establecimiento Amadores Beach Club, en compañía de su amiga N.M.H.O., y tres varones, llegó a mantener relaciones sexuales consentidas con dos de los varones allí presentes (…)» y que «mientras mantenía relaciones sexuales con ambos varones pudo observar como uno de ellos, concretamente Ferrán Ruiz Martí, estaba haciendo uso de un teléfono móvil, dispositivo éste que llegó a intercambiar con el otro varón Juan Rodríguez Lima».

La menor luego preguntó a ambos jóvenes «que es lo que estuvieron haciendo con el teléfono móvil, siendo informada por ambas personas en una primera instancia que no habían realizado ninguna grabación ni toma de imágenes, llegándole a enseñar la galería de imágenes del dispositivo. Siendo informada semanas después por parte de su novio D.R.P., que había visionado un vídeo donde se veía cómo mantenía relaciones sexuales con dos jóvenes, que dicho archivo multimedia lo habría visualizado directamente en el teléfono móvil de un amigo suyo, Raúl Asencio del Rosario, el cual lo habría recibido por parte de un tercero a través de la aplicación móvil Whatsapp».

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Igualmente el informe pericial sobre el volcado del móvil de Raúl Asencio es contundente al concluir: «no localizándose a partir de la fecha 15 de junio de 2023 ningún archivo conservado en el sistema de archivos del terminal del móvil del investigado que indicara que desde el IPhone de Raúl (Asencio), se hubiera recibido o compartido algún archivo multimedia de vídeo que guardara relación con el encuentro sexual (consentido) y que tuvo lugar en el interior del reservado».

El 14 de septiembre se detuvo a los cuatro canteranos del Madrid y se incautaron de sus teléfonos móviles. Según la investigación los imputados compartían un chat titulado «Lo que Ferrán quiera».

El 15 de junio a «las 18.30 horas se detecta como desde el terminal móvil objeto de análisis (…) titularidad de Raúl Asencio del Rosario se recibe por medio de la aplicación whatsapp un archivo multimedia de video en formato MP4 en un grupo de usuarios «Lo que Ferrán quiera»». Ese archivo tenía una duración de 25 segundos y aunque la Guardia Civil no pudo obtener copia de ese archivo los datos indican que se trataba de un vídeo, algo corroborado además por algunos de los implicados. Ese vídeo no implica a la menor sino a otro de los investigados con la otra testigo, mayor de edad.

grupo canarias Moncloa
En este grupo de whatsapp Asencio es Raúl.

A partir del recibo de ese vídeo en el teléfono de Asencio y «al no haberse detectado ningún material multimedia previo que guardara relación a los hechos investigados se tomó esa franja horaria como punto de partida inicial para la localización de los posibles de vídeos del encuentro sexual y que pudieran estar almacenados en el terminal móvil del investigado», dice el informe.

La UCO añade que «no localizándose a partir de esa fecha 15 de junio de 2023 ningún registro conservado en el sistema de archivos del terminal móvil del investigado, que indicara que, desde el iPhone de Raúl, se hubiera recibido o compartido algún archivo multimedia de vídeo que guardara relación con el encuentro sexual y que tuvo lugar en el interior del reservado».

El 21 de junio Asencio recibió otro vídeo a las 23:27 desde el móvil de otro de los investigados Juan Rodríguez Lima, archivo que tampoco pudo ser recuperado, según la UCO, «ya que fue eliminado, no obstante, lo que sí se pudo rescatar fueron los datos generados automáticamente en el teléfono móvil cuando se recibió el archivo de vídeo, datos que se almacenaron en un contenedor que es específico y dedicado para almacenar todos los datos de servicio y de contenidos de la aplicación Whatsapp (…)».

Y añaden los agentes una cuestión que también podría ser clave en el devenir de la imputación de Asencio: «datos estos que concuerdan con la manifestación vertida en sede policial el 11 de septiembre de 2023 por el testigo, D.R.P. el cual manifestó que pudo visualizar directamente en el teléfono móvil de D. Raúl Asencio, un vídeo de contenido sexual que estaba protagonizado por cinco personas, siendo estas personas (…) a la cual le pudo ver correctamente el rostro mientras estaba manteniendo relaciones sexuales con dos varones de forma simultánea, de igual forma pudo identificar así mismo a N.H.O., mientras se encontraba en compañía de un varón al cual le estaba realizando sexo oral, localizándose las cinco personas en el interior de un recinto cerrado».

Ese vídeo fue remitido por Juan Rodríguez Lima, otro futbolista que milita ahora en el CD Tarazona de la Primera Federación pero que fue canterano del Real Madrid. Además, en una posterior conversación de whatsapp el 6 de septiembre de 2023 entre el testigo, novio de la víctima, y Asencio, este segundo reconoce los siguientes extremos: «que llegó a recibir el vídeo del encuentro sexual, por parte de D. Juan Rodríguez Lima, que el archivo de vídeo lo recibió bajo la configuración de una sola visualización y que fue ese archivo de vídeo recibido, el vídeo del encuentro sexual que le mostró desde su terminal móvil».

«NO PUEDO TENER EL VÍDEO, NO SE ME GUARDÓ», DECÍA EL FUTBOLISTA

«Oye hermano, yo a ti te enseñé el vídeo porque me lo pasó Juan, que me pasó por una vez en plan que se pudiese ver solo una vez por tanto no lo puedo tener el vídeo, no se me guardó, pero eso te lo enseñé ante de tu conocer a (…) sabes», le decía Asencio en una nota de voz al testigo, novio de la menor.

Las conclusiones de la Benemérita son cuatro: No ha sido posible recuperar el archivo multimedia del encuentro sexual mantenido «entre los investigados Andrés García, Ferrán Ruíz y Juan Rodríguez con la menor de edad (…) y con N.M.H.O., en el interior del reservado del club marítimo Amadores Beach Club».

La segunda conclusión hace referencia a «los datos de registro que fueron generados de forma automática cuando fue recibido en el iPhone de Raúl, el archivo multimedia de vídeo en formato MP4, remitido por D. Juan Rodríguez, archivo que fue recibido el 21 de junio a las 23:27:35 (UTC+2) horas».

En tercer lugar, «se ha podido recuperar una nota de voz, donde el investigado reconoce abiertamente a D. D.R.P., que el archivo de vídeo que le enseñó, lo recibió de D. Juan Rodríguez, puntualizando dicha persona que el reseñado vídeo se lo enseñó antes de que D.R.P. conociera a la víctima».

La cuarta conclusión es que en el terminal móvil de Asencio se «realizó una copia de seguridad de su cuenta iCloud el 22 de junio de 2023 a las 00:55:26, circunstancia ésta que impide la recuperación de cualquier archivo multimedia que hubiera sido eliminado previo a la creación de la misma, tanto del propio terminal móvil, así como del espacio de almacenamiento en la nube de la cuenta Cloud (…)».

GALÁN CREE QUE ASENCIO NO SERÁ CONDENADO

Para Miguel Ángel Galán, de Cenafe, de todo lo anterior, surge la siguiente reflexión: «en primer lugar, Raúl Asencio no ha sido encontrado en el lugar de los hechos, no ha participado en ninguna grabación ni en ningún encuentro sexual. Lo único que lo vincula al caso es una declaración de un testigo, quien además es pareja de una de las víctimas. Este testigo confunde las fechas en las que, presuntamente, Raúl Asencio le mostró un supuesto vídeo sexual a petición suya. Sin embargo, en el proceso no se presenta el vídeo sexual como prueba, aunque debería ser la la pieza probatoria fundamental de toda la instrucción».

Miguel Ángel Galán, presidente del CENAFE.
Miguel Ángel Galán, presidente del CENAFE.

Y añade que «por lo tanto, me pregunto si, basándose únicamente en los testimonios, es posible reconstruir el contenido del vídeo para condenar a Raúl Asencio. ¿Es jurídicamente válido determinar la culpabilidad sin la existencia concreta del vídeo en el expediente?».

La consideración jurídica de Galán es que «no es jurídicamente válido condenar solo con testimonios si no se presenta y verifica el vídeo sexual como prueba. La Justicia requiere pruebas concretas y comprobadas, por lo que no se puede reconstruir el contenido del vídeo solo con testimonios para condenar a Raúl Asencio. El Tribunal Constitucional ha reiterado en varias ocasiones (como en la Sentencia TC 222/2016) que las sentencias deben basarse en pruebas válidas, auténticas y probadas, y que no puede condenarse solo en base a testimonios sin corroboración o pruebas objetivos claras. De igual manera, el Tribunal Supremo en sentencias como la STS 402/2020 ha destacado que las reconstrucciones o interpretaciones subjetivas no pueden reemplazar la prueba directa, especialmente en delitos graves donde la evidencia debe ser concluyente».

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