domingo, 22 junio 2025

¿Puede el hotel fotocopiar tu DNI en vacaciones? La AEPD dice no y esta es la única forma legal

Que un hotel te solicite el Documento Nacional de Identidad al llegar para realizar el check-in es una escena tan habitual como el sol en verano en nuestras costas, un trámite que asumimos casi sin pestañear. Sin embargo, lo que muchos desconocen es que la práctica de fotocopiar o escanear este documento personal por parte del establecimiento hotelero no solo no es necesaria en la mayoría de los casos, sino que puede contravenir la normativa de protección de datos. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sido bastante clara al respecto, y su postura puede sorprender a más de uno, buscando siempre el equilibrio entre las obligaciones legales del alojamiento y el derecho fundamental a la privacidad de los huéspedes.

Publicidad

La cuestión no es baladí, pues el DNI contiene información sensible cuya difusión o almacenamiento inadecuado podría acarrear consecuencias indeseadas para el titular. En un mundo cada vez más digitalizado, donde el robo de identidad está a la orden del día, extremar las precauciones con nuestros datos personales se ha convertido en una necesidad imperante. Por ello, conocer qué puede y qué no puede hacer un hotel con nuestro documento es crucial para disfrutar de unas vacaciones tranquilas, sabiendo que nuestra información está segura y que se cumplen los cauces legales establecidos, desvelando que existe una única vía legal para que el establecimiento cumpla con sus obligaciones sin vulnerar nuestros derechos fundamentales.

1
1. EL DNI EN LA RECEPCIÓN: ¿UN TRÁMITE INOCENTE O UN RIESGO INNECESARIO?

Fuente Pexels

La costumbre de entregar el DNI en la recepción del hotel para que procedan a su fotocopiado se ha normalizado hasta tal punto que pocos se plantean su legalidad o las implicaciones que conlleva. Los establecimientos alegan la necesidad de cumplir con la normativa vigente sobre el registro de viajeros, una obligación impuesta por la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, que exige comunicar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad los datos de las personas que se alojan. No obstante, cumplir con esta obligación no implica necesariamente realizar una copia física o digital del documento de identidad del cliente, un matiz importante que a menudo se pasa por alto.

El problema radica en que una fotocopia del DNI contiene más datos de los estrictamente necesarios para el registro de viajeros, como la fotografía, la firma o el lugar de nacimiento, información que queda expuesta y almacenada por el hotel. Este exceso de información, según la AEPD, contraviene el principio de minimización de datos, que establece que solo se deben recoger aquellos datos personales que sean adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados. Por tanto, la simple comodidad operativa del establecimiento no justifica la recogida indiscriminada de toda la información contenida en el documento, abriendo la puerta a posibles brechas de seguridad.

Atrás
Publicidad
Publicidad