La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un auto que da la razón al juez instructor del Caso Begoña Gómez dictado el 28 de enero de este año en el que acordaba «la obtención del registro de llamadas realizadas por la sra. Álvarez (ayudante de Begoña Gómez) desde su nombramiento hasta el día de hoy a teléfonos vinculados a la Universidad Complutense de Madrid y su personal y a números vinculados a Barrabés y su grupo».
El juez Peinado también pedía el registro de llamadas realizadas y recibidas por Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, «a teléfonos vinculados al Instituto de Empresa, al Instituto de Empresa, al IE-África Center, a la OMT, a Indra Sistemas SA, Google Spain SL, Fundación Manpower, Arsys Internet, Telefónica SA, Fundación La Caixa, Reale o cualquier otra entidad mercantil que patrocinara los masters o cátedras en las que participó la sra. Begoña Gómez en relación al número (…), que María Cristina Álvarez señaló como suyo el día de su declaración como desde cualquier otro teléfono que tuviera asignado profesionalmente por su contratación por Presidencia del Gobierno», es decir, las empresas relacionadas con la cátedra de Transformación Social Competitiva (TSC) codirigida por Begoña Gómez.
A esa petición se opusieron las defensas de la propia Álvarez, la de Begoña Gómez y también, sorpresivamente la Fiscalía, por considerar que la medida atentaba a derechos fundamentales.
Sin embargo, ahora la sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid califica estas diligencia de «idónea, necesaria y proporcional, en atención a la gravedad del hecho investigado y supera el juicio de excepcionalidad».
ASESORA DE BEGOÑA GÓMEZ
Dice el auto que «el laberinto casuístico de la norma aunque no justifica el lapsus si lo minora y debe ponerse en relación con que la información que se puede obtener y que permite la identificación de titulares, terminales o dispositivos de conectividad pues no está vinculada a un proceso de comunicación sino que se limita a identificar las interacciones con otros usuarios, pero no el contenido de las mismas, por lo que suponen una indagación o averiguación de circunstancias con técnicas menos invasivas que otras medidas de intervención, y que necesariamente deberán relacionarse con otros elementos de la investigación».
Asimismo, otro auto de la Audiencia avala el cambio de situación procesal de Cristina Álvarez, de testigo a investigada. Un tercer auto de la Audiencia Provincial une a todas las acusaciones populares en la asociación Hazte Oír.
El juez instructor del caso Begoña Gómez, Juan Carlos Peinado, acorrala a La Moncloa al citar como investigada a Cristina Álvarez, la asistente de la esposa de Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, y pedir el listado completo de las llamadas telefónicas.
Estos datos serán claves y arrojarán luz sobre si hubo llamadas desde ese número o números a empresarios y patrocinadores de la cátedra extraordinaria sobre la Transformación Social Competitiva (TSC), que dirigía la propia Begoña Gómez a pesar de carecer de la titulación necesaria para ser alumna en esos estudios.
Las acusaciones populares, especialmente Hazte Oír y Vox, han puesto el foco en las llamadas telefónicas y los mails que salieron y entraron en La Moncloa para hacer parte del trabajo de la mujer de Pedro Sánchez.
Vox y Hazte Oír tratan de conectar el caso Begoña Gómez con las llamadas a empresarios desde La Moncloa, para poder demostrar el tráfico de influencias, uno de los delitos más difíciles de probar. La tarea es ardua y se necesitan testimonios clave o bien contradicciones que pongan de manifiesto estas prácticas ilícitas.
La propia asistente de Begoña Gómez afirmó que trabaja a las órdenes de Begoña Gómez desde su llegada a La Moncloa, pero no solo se encargó de asistirla como consorte del presidente del Gobierno, sino que fue parte activa en las relaciones con los patrocinadores de la cátedra extraordinaria de TSC, tal y como muestran los mails intervenidos por la UCO de la Guardia Civil.