sábado, 19 julio 2025

¿Te han cobrado por el hielo o la leche del café? Los hosteleros aclaran qué suplementos son legales y cuáles no

Los hosteleros se encuentran a menudo en el centro de la polémica veraniega por los suplementos en la cuenta, una práctica que genera un acalorado debate entre clientes y empresarios. Esa pequeña sorpresa al final de una comida agradable, como un extra por el hielo o la leche del café, puede transformar una experiencia placentera en un momento de confusión y enfado, demostrando que la delgada línea entre un cobro justificado por un servicio y una tasa considerada abusiva es precisamente el campo de batalla donde se libra esta disputa cotidiana. Entender qué es legal y qué no, se convierte en una herramienta esencial para el consumidor moderno que desea disfrutar de su ocio sin sobresaltos financieros de última hora y sin tener que entrar en discusiones innecesarias que arruinen el momento.

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La discusión no es baladí, ya que refleja la tensión entre la necesaria rentabilidad de los negocios y los derechos inalienables del consumidor. Muchos hosteleros argumentan que el incremento de los costes de las materias primas y de la energía justifica estos pequeños cargos, que de otra forma mermarían sus ya ajustados márgenes de beneficio, poniendo en jaque la supervivencia de sus locales. Sin embargo, para el cliente, la falta de transparencia es el verdadero problema, no tanto el euro de más que pueda aparecer reflejado en el tique final de la consumición. La clave, como en tantas otras cosas de la vida, reside en la información clara y previa, un derecho que ampara al cliente y una obligación para el establecimiento que busca fidelizar a su clientela.

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EL SOL SE PAGA: EL ETERNO DEBATE DEL SUPLEMENTO EN TERRAZA

Fuente: Freepik

El suplemento por el servicio en terraza es, posiblemente, uno de los extras más comunes y, a la vez, más discutidos en la hostelería de nuestro país, especialmente con la llegada del buen tiempo. La legalidad de este cobro es incuestionable siempre y cuando se cumpla una condición fundamental: debe estar claramente indicado en la lista de precios o en la carta, especificando el importe o el porcentaje que se aplica sobre el total. El consumidor, antes de decidir si se sienta dentro o fuera del local, debe tener a su disposición toda la información para poder elegir con libertad y sin llevarse sorpresas desagradables al final. Un cartelito en la entrada o una nota en el menú son suficientes para que la práctica sea completamente lícita.

Las organizaciones de consumidores insisten en que el problema no radica en el cobro en sí, que puede estar justificado por el mayor coste que supone atender las mesas exteriores, sino en la omisión de la información. Cuando este suplemento aparece por arte de magia en la cuenta final sin previo aviso, el cliente tiene todo el derecho a negarse a pagarlo, ya que se considera una práctica abusiva. Los buenos hosteleros lo saben y cuidan este detalle, pues la confianza del cliente es un activo mucho más valioso, a largo plazo, que los pocos euros que se puedan facturar de manera irregular en un servicio puntual. La transparencia, una vez más, se erige como el pilar de una relación comercial sana y duradera.

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