Los hosteleros se encuentran a menudo en el centro de la polémica veraniega por los suplementos en la cuenta, una práctica que genera un acalorado debate entre clientes y empresarios. Esa pequeña sorpresa al final de una comida agradable, como un extra por el hielo o la leche del café, puede transformar una experiencia placentera en un momento de confusión y enfado, demostrando que la delgada línea entre un cobro justificado por un servicio y una tasa considerada abusiva es precisamente el campo de batalla donde se libra esta disputa cotidiana. Entender qué es legal y qué no, se convierte en una herramienta esencial para el consumidor moderno que desea disfrutar de su ocio sin sobresaltos financieros de última hora y sin tener que entrar en discusiones innecesarias que arruinen el momento.
La discusión no es baladí, ya que refleja la tensión entre la necesaria rentabilidad de los negocios y los derechos inalienables del consumidor. Muchos hosteleros argumentan que el incremento de los costes de las materias primas y de la energía justifica estos pequeños cargos, que de otra forma mermarían sus ya ajustados márgenes de beneficio, poniendo en jaque la supervivencia de sus locales. Sin embargo, para el cliente, la falta de transparencia es el verdadero problema, no tanto el euro de más que pueda aparecer reflejado en el tique final de la consumición. La clave, como en tantas otras cosas de la vida, reside en la información clara y previa, un derecho que ampara al cliente y una obligación para el establecimiento que busca fidelizar a su clientela.
4LA GOTA QUE COLMA EL VASO: EL HIELO Y LA LECHE BAJO LA LUPA

Llegamos al punto más sensible y que más indignación suele causar entre los consumidores: los microcargos por elementos que parecen indisociables de la propia consumición. Cobrar un suplemento por el hielo en un refresco, por la leche de un café cortado o por una rodaja de limón es una práctica que la mayoría de las asociaciones de consumidores consideran abusiva de base. A diferencia del servicio en terraza o del pan, estos elementos se entienden como parte intrínseca del producto que se está pidiendo; un café con leche sin leche o un refresco caliente no cumplen con las expectativas básicas del cliente. Por ello, desglosar su coste se percibe como una estrategia para inflar la cuenta de forma injustificada.
Aunque algún establecimiento pueda intentar justificarlo, la normativa de consumo es bastante clara al respecto y protege al cliente de cláusulas abusivas. Si la carta indica «café con leche» a un precio determinado, no se puede añadir un suplemento por la leche, ya que esta viene implícita en el propio nombre del producto. Lo mismo ocurre con el hielo en las bebidas frías. Cualquier hostelero que aplique estos cargos sin una justificación de peso y sin una advertencia extremadamente clara, se arriesga no solo a una reclamación formal, sino también a un daño reputacional irreparable en la era de las redes sociales, donde una mala experiencia se viraliza en cuestión de minutos. El sentido común debería ser la guía principal en estos casos.