jueves, 17 julio 2025

¿Puedes negarte a un control de alcoholemia? Las consecuencias son peores que dar positivo

La sola idea de enfrentarse a un control de alcoholemia de madrugada, al ver las luces azules destellando en la rotonda, es suficiente para acelerar el pulso a cualquier conductor. En ese instante de tensión, cuando un agente de la Guardia Civil o de la Policía Local nos da el alto y nos solicita que soplemos, la duda sobre cómo proceder puede generar una enorme incertidumbre. Muchos, llevados por el pánico o por un mal consejo, consideran la posibilidad de negarse en rotundo. Creen, erróneamente, que es una vía de escape, una forma de evitar una sanción segura si se ha bebido más de la cuenta. Sin embargo, esta decisión es, sin lugar a dudas, la peor que se puede tomar al volante.

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Lo que la mayoría de los conductores desconoce es que el acto de negarse a realizar la prueba de alcoholemia trasciende la mera infracción de tráfico. No estamos hablando de una multa más abultada o de una mayor pérdida de puntos en el carnet de conducir, sino de una elección que nos sitúa directamente en el ámbito del Código Penal. Es, en esencia, una decisión que transforma una posible sanción administrativa en un delito con consecuencias devastadoras que incluyen penas de prisión y la retirada del permiso de conducir por un tiempo considerablemente largo. Comprender la magnitud de este error es fundamental para cualquier persona que se ponga al volante en España, pues la ignorancia, en este caso, no exime de una culpa que puede marcar un antes y un después en la vida de una persona.

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LA NEGATIVA: UN PASAPORTE DIRECTO AL ANTECEDENTE PENAL

Fuente: Freepik

Aquí es donde reside el núcleo del problema y la peor decisión que un conductor puede adoptar. Negarse a soplar en el control de alcoholemia está tipificado en el artículo 383 del Código Penal como un delito de desobediencia grave a la autoridad. Las penas no son triviales, ya que contemplan de seis meses a un año de prisión y, de forma acumulativa, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior a uno y hasta cuatro años. Es crucial entender que, en este escenario, la ley no castiga la sospecha de embriaguez, sino el quebrantamiento del principio de autoridad al impedir que los agentes realicen su trabajo.

Para ponerlo en perspectiva, comparemos las consecuencias. Un conductor que da una tasa positiva considerada infracción administrativa (entre 0,25 y 0,60 mg/l en aire espirado) se enfrenta a una multa económica y a la retirada de puntos. Incluso en el caso de dar una tasa que constituya delito (superior a 0,60 mg/l), las penas pueden ser moduladas. Sin embargo, al negarse a un control de alcoholemia, el castigo es directo y severo, independientemente del nivel de alcohol en sangre. Por ello, las consecuencias penales de la insumisión son siempre más graves que las de una tasa de alcoholemia que no supere el límite delictivo, convirtiendo la negativa en una estrategia legalmente suicida.

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