viernes, 18 julio 2025

¿Puedes negarte a un control de alcoholemia? Las consecuencias son peores que dar positivo

La sola idea de enfrentarse a un control de alcoholemia de madrugada, al ver las luces azules destellando en la rotonda, es suficiente para acelerar el pulso a cualquier conductor. En ese instante de tensión, cuando un agente de la Guardia Civil o de la Policía Local nos da el alto y nos solicita que soplemos, la duda sobre cómo proceder puede generar una enorme incertidumbre. Muchos, llevados por el pánico o por un mal consejo, consideran la posibilidad de negarse en rotundo. Creen, erróneamente, que es una vía de escape, una forma de evitar una sanción segura si se ha bebido más de la cuenta. Sin embargo, esta decisión es, sin lugar a dudas, la peor que se puede tomar al volante.

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Lo que la mayoría de los conductores desconoce es que el acto de negarse a realizar la prueba de alcoholemia trasciende la mera infracción de tráfico. No estamos hablando de una multa más abultada o de una mayor pérdida de puntos en el carnet de conducir, sino de una elección que nos sitúa directamente en el ámbito del Código Penal. Es, en esencia, una decisión que transforma una posible sanción administrativa en un delito con consecuencias devastadoras que incluyen penas de prisión y la retirada del permiso de conducir por un tiempo considerablemente largo. Comprender la magnitud de este error es fundamental para cualquier persona que se ponga al volante en España, pues la ignorancia, en este caso, no exime de una culpa que puede marcar un antes y un después en la vida de una persona.

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¿EXISTEN EXCEPCIONES? MITOS Y REALIDADES DEL CONTROL DE ALCOHOLEMIA

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Circulan numerosas leyendas urbanas sobre posibles excusas para no someterse a un test de alcoholemia. Argumentos como padecer asma, sufrir un ataque de ansiedad o cualquier otra condición médica son frecuentemente esgrimidos por los conductores. Sin embargo, la realidad es que la ley y los tribunales son muy estrictos al respecto. Para que una condición médica sea considerada una causa justificada para no poder realizar la prueba correctamente, debe ser evidente y, preferiblemente, acreditada por un informe médico en ese preciso instante, algo prácticamente imposible en mitad de la carretera. De lo contrario, la jurisprudencia es extremadamente rigurosa y apenas admite excusas que no estén debidamente acreditadas por un facultativo, considerándose una negativa encubierta.

Otro mito extendido es la creencia de que se puede exigir la presencia de un abogado antes de soplar. Este derecho, fundamental en otras diligencias policiales, no es aplicable a la realización de un control de alcoholemia. La razón es puramente científica y procesal, la prueba no puede demorarse, ya que el paso del tiempo altera la concentración de alcohol en el organismo, un hecho que podría ser utilizado por el infractor para que la tasa descendiera por debajo de los límites sancionables. La urgencia de la prueba prevalece para garantizar la fiabilidad del resultado, por lo que la obligación de someterse a ella es inmediata y no puede supeditarse a la llegada de asistencia letrada.

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