La experiencia en un buen restaurante a menudo se define por los detalles, desde la calidad de la materia prima hasta la atención en sala, pero durante años un gesto tan simple como pedir agua del grifo generaba una situación incómoda. Muchos clientes sentían reparo al solicitarla, anticipando una negativa o una mirada de desdén por parte del camarero, mientras que otros directamente asumían que la única opción era el agua embotellada, con su correspondiente coste añadido en la cuenta final. Esta dinámica, casi una norma no escrita en la hostelería española, ha cambiado radicalmente, aunque todavía existe un gran desconocimiento al respecto, provocando que tanto consumidores como algunos hosteleros no tengan claras las nuevas reglas del juego que imperan en cada servicio.
El murmullo constante sobre si es lícito o no cobrar por una jarra de agua ha sido finalmente silenciado por una legislación clara y contundente que entró en vigor en 2022. La Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular no solo aborda cuestiones medioambientales de gran calado, sino que introduce un cambio directo en los hábitos de consumo dentro de cualquier bar, cafetería o restaurante. Este marco normativo ha generado debate, especialmente sobre los límites de la gratuidad y las obligaciones reales de cada restaurante, un tema que merece ser analizado con detenimiento para que el simple acto de beber agua no se convierta en una fuente de conflicto ni de sorpresas desagradables al recibir la factura.
1EL ORIGEN DE LA JARRA GRATIS: LA LEY QUE CAMBIÓ LAS REGLAS DEL JUEGO
La obligación de ofrecer agua del grifo gratuita no es una ocurrencia aislada, sino que emana directamente de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular. El propósito fundamental de esta normativa es ambicioso, ya que busca reducir de manera drástica la generación de residuos y fomentar un uso más eficiente de los recursos en España. Dentro de su articulado, se incluyó una disposición que afecta de lleno al sector de la hostelería, con el objetivo de reducir el consumo de envases de un solo uso, una medida de calado medioambiental que afecta directamente al sector HORECA (hoteles, restaurantes y cafeterías), transformando una práctica comercial en una responsabilidad legal.
El texto legal es inequívoco en su artículo 18.3, donde establece que los establecimientos del sector de la hostelería y restauración tendrán que ofrecer siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento. Esto significa que la norma no prohíbe en absoluto vender agua embotellada, sino que impone la obligación de presentar una alternativa sin coste, garantizando el derecho del consumidor a elegir. Por tanto, cualquier restaurante, sin importar su categoría o ubicación, debe cumplir con esta exigencia desde la primavera de 2022.