domingo, 20 julio 2025

¿Puede un restaurante cobrarte por el agua del grifo? Por qué la nueva ley que obliga a ofrecerla gratis

La experiencia en un buen restaurante a menudo se define por los detalles, desde la calidad de la materia prima hasta la atención en sala, pero durante años un gesto tan simple como pedir agua del grifo generaba una situación incómoda. Muchos clientes sentían reparo al solicitarla, anticipando una negativa o una mirada de desdén por parte del camarero, mientras que otros directamente asumían que la única opción era el agua embotellada, con su correspondiente coste añadido en la cuenta final. Esta dinámica, casi una norma no escrita en la hostelería española, ha cambiado radicalmente, aunque todavía existe un gran desconocimiento al respecto, provocando que tanto consumidores como algunos hosteleros no tengan claras las nuevas reglas del juego que imperan en cada servicio.

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El murmullo constante sobre si es lícito o no cobrar por una jarra de agua ha sido finalmente silenciado por una legislación clara y contundente que entró en vigor en 2022. La Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular no solo aborda cuestiones medioambientales de gran calado, sino que introduce un cambio directo en los hábitos de consumo dentro de cualquier bar, cafetería o restaurante. Este marco normativo ha generado debate, especialmente sobre los límites de la gratuidad y las obligaciones reales de cada restaurante, un tema que merece ser analizado con detenimiento para que el simple acto de beber agua no se convierta en una fuente de conflicto ni de sorpresas desagradables al recibir la factura.

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LA LETRA PEQUEÑA DE LA NORMA: ¿CUÁNDO SÍ PUEDEN COBRARTE ALGO POR EL AGUA?

Fuente: Freepik

Aquí es donde surge la picaresca y la confusión, pero la ley, aunque clara en su intención, tiene matices importantes que conviene conocer. La norma obliga a ofrecer gratuitamente «agua no envasada», es decir, agua corriente del grifo. Esto ha abierto la puerta a que algunos establecimientos ofrezcan aguas tratadas en el propio local, como agua filtrada, osmotizada o carbonatada, y le pongan un precio. Esta práctica es legal siempre y cuando el restaurante siga ofreciendo, de forma clara y explícita, la alternativa del agua del grifo completamente gratis. La ley se refiere específicamente al agua del grifo sin tratar, aquella que sale directamente de la red de suministro público, por lo que cualquier proceso adicional puede justificar un cobro.

El engaño o la mala práctica se produce cuando un restaurante presenta el agua filtrada como la única opción alternativa a la embotellada, ocultando o negando la disponibilidad del agua del grifo gratuita. El consumidor debe saber que el cobro solo es legítimo si se trata de un producto con un valor añadido demostrable y, fundamentalmente, si no se elimina la opción sin coste. Por ello, el establecimiento debe informar de manera transparente sobre el tipo de agua que sirve y su precio, dejando siempre disponible la opción de la jarra de agua corriente sin coste alguno, para que el cliente decida libremente entre las diferentes alternativas que se le presentan en la carta.

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