Superar la ITV con éxito es el objetivo primordial de cualquier conductor cuando se acerca la fecha de la inspección, un trámite que a menudo se percibe como el veredicto final sobre el estado de nuestro vehículo. Sin embargo, obtener la pegatina de «apto» no siempre es un cheque en blanco para circular con total tranquilidad, ya que existen ciertos elementos, como las escobillas del limpiaparabrisas, que pueden pasar la prueba con un «defecto leve» pero que, a ojos de un agente de la autoridad, representan un riesgo grave para la seguridad vial y, por tanto, un motivo más que justificado para una sanción económica. Es una de esas paradojas del sistema que conviene conocer a fondo para evitar sorpresas desagradables.
Esta aparente contradicción genera una falsa sensación de seguridad en muchos usuarios, quienes dan por sentado que si el coche ha sido validado en la estación de inspección, está en perfectas condiciones para circular sin temor a multas. La realidad es bien distinta y mucho más compleja, pues la normativa de Tráfico y la de la propia ITV operan en planos diferentes pero complementarios. Lo que para un inspector es una deficiencia menor que no impide la circulación, para un agente en plena carretera durante un aguacero puede ser la causa de una visibilidad peligrosamente reducida, una distinción sutil pero fundamental que pone el foco en la seguridad activa y en la responsabilidad última del conductor de mantener su vehículo en un estado óptimo en todo momento, más allá de cumplir con una revisión periódica obligatoria.
4MULTA ESCOBILLAS SEGÚN LA OPINIÓN DEL AGENTE: EL FACTOR HUMANO QUE PUEDE COSTARTE 200 EUROS

A diferencia de un inspector de la ITV, que sigue un manual de procedimiento estricto y clasifica los fallos según una tabla predefinida, un agente de la Guardia Civil o de la Policía Local evalúa la seguridad en tiempo real y en un contexto concreto. Si durante un control rutinario en un día de lluvia torrencial observa que un vehículo al pasar activa los limpiaparabrisas y estos, lejos de despejar el cristal, dejan enormes áreas sin limpiar o esparcen el agua de forma caótica, actuará de inmediato. Su criterio no se basa en si el defecto es «leve» o «grave» en términos de la ITV, sino en si esa deficiencia supone un peligro tangible e inmediato para el conductor y para el resto de usuarios.
La sanción por este motivo se considera una infracción grave, ya que se cataloga dentro del mantenimiento inadecuado de elementos esenciales para la seguridad activa del vehículo. La multa asociada a esta negligencia asciende, por norma general, a 200 euros, sin que ello implique la pérdida de puntos del carnet de conducir. El agente argumentará en el boletín de denuncia que el mal estado de las escobillas reduce significativamente el campo de visión del conductor, lo cual contraviene las normas básicas de seguridad vial y aumenta exponencialmente el riesgo de sufrir un accidente. La reciente inspección favorable de la ITV no servirá como excusa válida, pues la responsabilidad del mantenimiento diario recae siempre en el propietario.