jueves, 31 julio 2025

La AEPD lo recuerda: por qué crear un grupo de WhatsApp con tus clientes sin su permiso te puede costar una multa de miles de euros

La omnipresencia de WhatsApp en nuestro día a día ha desdibujado las fronteras entre la comunicación personal y la profesional, convirtiéndose en una herramienta aparentemente inofensiva y directa para que empresas, autónomos y todo tipo de organizaciones se comuniquen con sus clientes. Sin embargo, esta facilidad de uso esconde una trampa legal con consecuencias económicas devastadoras. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) no cesa en su empeño de advertir sobre una práctica tan común como peligrosa: la creación de grupos con fines comerciales o informativos sin el consentimiento explícito de cada uno de los miembros, un gesto que puede acarrear sanciones de miles de euros y que muchos siguen ignorando por puro desconocimiento.

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El problema fundamental radica en la propia naturaleza de estos grupos de chat. Al añadir a un cliente a un grupo de WhatsApp, su número de teléfono, un dato de carácter personal protegido por ley, queda expuesto a la vista de todos los demás integrantes, personas con las que no tiene ninguna relación y a las que, desde luego, no ha autorizado a poseer su contacto. Se produce, por tanto, una cesión de datos en toda regla, una vulneración directa del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). La comodidad nunca puede ser una excusa para , violar la privacidad y la confianza que un cliente ha depositado en un negocio, una lección que cada vez más emprendedores están aprendiendo de la forma más dura.

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MÁS ALLÁ DE LA MULTA: EL DAÑO REPUTACIONAL QUE NO TIENE PRECIO

Fuente Pexels

Hablemos de dinero, que es lo que suele hacer que se agudice el oído. Las sanciones por incumplir el RGPD son de las más elevadas del panorama legislativo y pueden alcanzar cifras que llevarían a la quiebra a cualquier pyme o autónomo. Las multas se dividen en dos tramos, pudiendo llegar hasta los 10 millones de euros o el 2% de la facturación anual global para las infracciones graves, y hasta 20 millones o el 4% para las muy graves. Aunque una multa por crear un grupo de WhatsApp no alcanzará esas cifras estratosféricas, las sanciones impuestas por la AEPD en casos similares se cuentan por miles de euros, una cantidad más que suficiente para desestabilizar las finanzas de un pequeño negocio.

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Pero el impacto económico de la sanción es solo la punta del iceberg. Quizás el daño más profundo y difícil de reparar es el reputacional. Un cliente que ve su número de teléfono expuesto sin su permiso en un grupo de WhatsApp se siente traicionado y su confianza en esa empresa se desvanece al instante. En la era de las redes sociales, una mala experiencia de este tipo no tarda en viralizarse, generando una crisis de imagen de consecuencias incalculables. La pérdida de clientes, las reseñas negativas y la percepción de ser una empresa que no respeta la privacidad de sus usuarios , pueden ser mucho más destructivas a largo plazo que la propia multa económica, manchando la marca de una forma casi indeleble.

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