sábado, 2 agosto 2025

El error en la declaración de la Renta por un piso alquilado que te puede costar una sanción de hasta el 150% de lo no declarado

La declaración de la Renta se convierte cada año en un laberinto de casillas y normativas para millones de contribuyentes, pero existe un descuido, a menudo intencionado, que se ha posicionado como uno de los objetivos prioritarios de la Agencia Tributaria. Nos referimos a la omisión de los ingresos obtenidos por el alquiler de una vivienda. Lo que para muchos propietarios es una tentación de obtener un dinero extra libre de impuestos, para Hacienda representa una de las bolsas de fraude fiscal más perseguidas. La creencia de que ese dinero en efectivo o esa transferencia mensual pasa desapercibida es, a día de hoy, una fantasía peligrosa que puede tener consecuencias económicas devastadoras para el infractor.

Publicidad

La sofisticación de los sistemas de cruce de datos ha transformado por completo el panorama del control fiscal en España. La Agencia Tributaria ya no es una entidad que revisa papeles al azar, sino un gigante tecnológico que analiza volúmenes masivos de información de manera automatizada. Confiar en que un alquiler no declarado pasará inadvertido es, por tanto, un juego de azar con las probabilidades en contra, donde la Administración cuenta con todas las cartas marcadas gracias a la interconexión de registros públicos y privados. Este nuevo escenario obliga a los propietarios a reconsiderar seriamente los riesgos, pues el cerco sobre el alquiler sumergido es cada vez más estrecho y efectivo.

3
LOS DATOS QUE TE DELATAN: DEL CATASTRO AL CONTADOR DE LA LUZ

Fuente Freepik

La principal fuente de chivatazos para Hacienda es, sin duda, el propio inquilino. Aunque no lo haga con mala intención, si el arrendatario solicita alguna ayuda pública para el alquiler o se deduce el pago en su propia declaración, está informando indirectamente a la Administración de la existencia de ese contrato. Además, la Agencia Tributaria cruza sistemáticamente la información del Catastro con las declaraciones de la Renta. Si en el Catastro una vivienda no figura como la residencia habitual del propietario, Hacienda presume que ese inmueble está generando algún tipo de rendimiento, ya sea por alquiler o por estar a disposición de su dueño, lo que obliga a imputar una renta inmobiliaria. La ausencia de ambas cosas en la declaración es una señal de alerta inmediata.

Publicidad

Pero el control va mucho más allá de los datos fiscales evidentes. Los consumos de suministros básicos como la luz, el agua o el gas son un indicador infalible. Una vivienda que oficialmente está vacía pero que presenta consumos regulares y sostenidos a lo largo del año es un claro indicio de que está habitada. Las compañías de suministros están obligadas a proporcionar esta información a Hacienda cuando se la requiere, lo que convierte a los contadores en inesperados delatores de la ocupación real del inmueble. Tampoco hay que olvidar los movimientos bancarios. Las transferencias periódicas con conceptos como «alquiler» o «piso» son fácilmente rastreables y constituyen una prueba directa del cobro de una renta no declarada.

Publicidad
Publicidad