viernes, 1 agosto 2025

Caso Koldo: Investigan el sobrecoste de 1 millón de una obra de ADIF en Valencia

La Agencia Valenciana Antifraude ha remitido al Tribunal Supremo una denuncia de 2022 que refleja que el alcalde socialista de la localidad de Albal pagó un millón de euros de sobrecoste a una empresa que acometió una obra cuya ejecución se remonta a la época de José Blanco como ministro de Fomento y cuya tramitación y ejecución se produjo con José Luis Ábalos al frente de ese ministerio y con Isabel Pardo de Vera, también imputada en la causa Koldo, en ADIF.

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El documento ha sido incluido en el sumario del caso Koldo, por lo que el Supremo comenzará a investigarlo y ya ha trasladado ese mismo informe a la UCO, unidad de la Guardia Civil encargada de la investigación, para que compruebe si hay alguna irregularidad con la construcción de la estación de ferrocarril de Albal (Valencia).

En el informe, al que ha tenido acceso MONCLOA, se explica que es necesario remontarse a mayo de 2011, con José Blanco de ministro de Fomento, y a 2019 cuando se firmó la licitación entre el alcalde de Albal, Ramón Maria Villa y ADIF.

valencia antifraude Moncloa
Parte del informe de Antifraude.

El expediente, según el documento de la Agencia Valenciana Antifraude refleja algunas posibles irregularidades en la tramitación y ejecución del convenio, «que supusieron un pago por parte del Ayuntamiento de Albal a Adif en un importe superior en más de 1.000.000 de euros por encima del coste real de la obra y justiprecio de las expropiaciones».

La empresa adjudicataria fue Lantania SL, que pasara a ser investigada en el caso Koldo, y el contrato ya fue adjudicado con Ábalos de ministro. Si de verdad existiera irregularidades la Fiscalía Europea querrá tomar cartas en el asunto pues fue financiado con fondos europeos y es pso adjudicó siendo ministro Ábalos y fue financiado en parte con fondos de la Unión Europea. «Entre las principales irregularidades detectadas en la tramitación -prosigue el informe- merece destacar que no se cumplió con todas las determinaciones del Patricova (Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana)».

Una de las irregularidades detectadas por la Agencia Antifraude consistía en que la estación no se llegó a inaugurar en el plazo previsto en la licitación «debido a los efectos causados por la riada (DANA) derivada de la dana en otoño del año 2024, que se produjo el mismo día de recepción de las obras».

El informe cuestiona que, a pesar de poner la DANA como excusa, ese 29 de octubre se hubiera podido concluir y recepcionar la obra, cuando meses más tarde -en marzo de 2025- todavía estaba pendiente de aprobarse la certificación final de esa construcción. La Agencia especifica al juez del Supremo que no ha podido analizar la forma en que se adjudicó y ejecutó la obra porque «eso implicaba revisar actuaciones de responsables que exceden de su competencia subjetiva», es decir de ADIF. Y añade que, por esa misma razón, tampoco examinó si las modificaciones del contrato incial, que sumaron más de 800.000 euros al coste, fueron correctamente justificadas.

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IRREGULARIDADES EN EL CONVENIO CON ADIF

Las conclusiones del informe recogían que «rl presente documento constituye un resumen de las cuestiones principales de la Resolución del expediente que se adjunta y no forma parte del mismo, si bien puede ser útil para la comprensión».

Explican desde la Agencia Antifraude que en el expediente 57/2022 se puso de manifiesto la existencia de irregularidades tanto en financiación como en la tramitación y firma del convenio entre el Ayuntamiento de Albal y ADIF para la construcción de una estación de tren en el municipio de Albal y que «las irregularidades apreciadas son de naturaleza económica y procedimental».

El convenio, firmado el 28 de febrero de 2019, establecía que el Ayuntamiento de Albal se comprometía a «reintegrar el importe de las expropiaciones abonadas por ADIF, cuantificado provisionalmente en 771.033,30 €», también a «financiar el 43% del coste final de las obras del «Proyecto Constructivode la Nueva Estación de Albal», estimándose su aportación en 2.558.500 € (IVA no incluido)».

Por otra parte, el Ayuntamiento debía «asumir el coste de mantenimiento y conservación de la nueva estación, viales de acceso y espacio público, incluyendo tributos, impuestos (especialmente el IBI del aparcamiento) y licencias necesarias».

El importe inicial total de gasto para el Ayuntamiento, sin computar licencias, impuestos ni mantenimiento futuro, ascendía a 3.329.533,30 €.

El citado documento también hacía referecia a discrepancias en los Costes de Expropiación: El coste estimado de las expropiaciones en el borrador inicial era de 654.243,30 €. Pero en el convenio firmado, esta cifra aumentó a 771.033,30 €.

«Sin embargo, el coste real de los justiprecios determinados por el Jurado Provincial de Expropiación de Valencia ascendió a solo 72.861,57 €. Esto significa que el Ayuntamiento se comprometió a reembolsar a ADIF por un importe significativamente superior al coste real de las expropiaciones», explica Antifraude.

También se encontraron discrepancias en la Financiación de las Obras: El presupuesto base de licitación aprobado por ADIF para las obras fue de 6.660.214,06 €. El contrato para la ejecución de las obras fue finalmente adjudicado por ADIF por un presupuesto de 4.978.510,01 €. A pesar de esta reducción en el coste real de adjudicación, la Agencia Antifraude determinó que el Ayuntamiento de Albal estaba cofinanciando las obras a un precio superior al que ADIF estaba abonando a la mercantil adjudicataria.

«Si se hubieran tenido en cuenta los costes reales de adjudicación y expropiación en el momento de la modificación del convenio (adenda de 2020), la cantidad que le correspondería abonar al Ayuntamiento de Albal debería haber sido de 1.886.653,9944 € (1.769.222,5644 € de las obras + 445.690,86 € de otros gastos + 72.861,57 € de expropiaciones)», recoge el documento.

Respecto a las irregularidades procedimentales la Agencia Antifraude encontró la «inexistencia de Crédito Presupuestario Adecuado y Suficiente.En el momento de la firma del convenio (28 de febrero de 2019), el presupuesto municipal de 2019 no estaba aprobado definitivamente (se aprobó el 22 de marzo de 2019). Consecuentemente, el convenio se firmó con el presupuesto prorrogado de 2018, en el que no existía previsión de crédito suficiente y adecuado para los compromisos adquiridos».

Es más, la Intervención municipal confirmó expresamente que el expediente no le fue remitido para fiscalización y que, a 31 de enero de 2019, no existía consignación presupuestaria suficiente y adecuada.

«Los compromisos de gasto adquiridos por una cuantía superior a los créditos autorizados son nulos de pleno derecho según la normativa aplicable (artículos 173.5 del TRLRHL y 25.2 del Decreto 500/1990)», refleja el documento enviado al Supremo.

En resumen, «el Ayuntamiento de Albal procedió con la planificación y financiación de la estación sobre un terreno con una gestión urbanística deficiente y una clasificación errónea, comprometiendo fondos públicos por un valor de expropiación muy superior al real, y sin haber garantizado desde el inicio la plena conformidad urbanística ni la total adecuación a las normativas de prevención de riesgos de inundación (PATRICOVA) en el marco de la planificación urbanística donde se insertaba la estación», escribieron los inspectores de Antifraude, que terminaron el procedimiento y vieron como en febrero de 2025 se inauguraba la estación.

Pero en marzo de marzo de 2025 el Ayuntamiento de Albal informaba que «no se ha aprobado la liquidación del Convenio entre este ayuntamiento y el ADIF para la construcción y financiación de la nueva estación de cercanías de Albal, suscrito el 28 de febrero de 2019» y según certificación del secretario en ese mismo mes la comisión de seguimiento del convenio se hizo constar que “se encontraba pendiente de aprobar la certificación final de obra para poder realizar la liquidación del convenio”.

«Teniendo en cuenta que en marzo se encuentra pendiente de aprobar la certificación final de obra se plantea la duda al investigador de la corrección de la recepción de la obra en fecha 29 de octubre de 2024 por incumplimiento de los requisitos exigidos por la ley de ordenación de la edificación», según el citado documento.

Ahora la UCO deberá comprobar si esas irregularidades son imputables penalmente a alguno de los «actores» que intervinieron en esa licitación.

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