miércoles, 6 agosto 2025

La trampa del ‘precio barrido’: cómo te hacen creer que hay descuento cuando no lo hay

El precio de un producto en temporada de rebajas puede ser el mayor de los anzuelos, una promesa de ahorro que nos empuja a un frenesí consumista del que a menudo salimos con más bolsas que satisfacción real. Todos hemos sentido esa descarga de adrenalina al ver una etiqueta con un precio original tachado y una cifra mucho menor al lado, creyendo que hemos cazado la ganga del siglo. Sin embargo, detrás de muchas de estas ofertas aparentemente irresistibles se esconde una estrategia calculada y engañosa, una trampa diseñada para manipular nuestra percepción del valor y hacernos abrir la cartera sin cuestionar la veracidad del descuento.

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Esta práctica, conocida en el argot del consumidor como la del «precio barrido», no es un simple error de etiquetado ni una casualidad desafortunada. Se trata de una táctica deliberada empleada por algunas tiendas, tanto físicas como en línea, que consiste en inflar artificialmente los precios justo antes de que comience el periodo de rebajas. De este modo, el descuento que se anuncia parece mucho más sustancial de lo que es en realidad, creando una ilusión de oportunidad que resulta difícil de ignorar. Organizaciones de consumidores como la OCU llevan años investigando y denunciando este fenómeno que pervierte el espíritu de las rebajas.

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¿ES LEGAL ESTA JUGADA? LO QUE DICE LA LEY SOBRE MANIPULAR EL PRECIO

Fuete Pexels

La legislación española es bastante clara al respecto, y esta práctica no es legal. La Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista, modificada en varias ocasiones para proteger mejor a los consumidores, establece de forma explícita las condiciones para la venta en rebajas. Concretamente, la normativa exige que en cualquier anuncio de una reducción de precio, debe figurar con claridad el precio anterior junto al precio rebajado. Lo crucial aquí es la definición de «precio anterior», que la ley estipula como el precio más bajo que ese mismo producto haya tenido en los 30 días previos al inicio de la oferta. Por tanto, inflar el precio justo antes de la rebaja contraviene directamente la ley.

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A pesar de la claridad de la norma, la dificultad reside a menudo en la capacidad del consumidor para demostrar la infracción. Las empresas que recurren a estas malas artes a veces buscan los límites de la ley o confían en que el comprador medio no realiza un seguimiento del histórico de precios de un producto. La fiscalización de estas prácticas depende en gran medida de la vigilancia de las autoridades de consumo y de la labor de organizaciones como la OCU, que dedican recursos a monitorizar la evolución de miles de precios durante todo el año para destapar estas irregularidades y llevarlas ante los organismos competentes.

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