El Supremo reclama al Congreso, al PSOE y a Navarra todos los pagos a Santos Cerdán

El Tribunal Supremo ha pedido a la Secretaría General del Congreso de los Diputados «a fin de que informe detalladamente a este Tribunal Supremo en la presente causa especial, en el plazo más breve posible, de todas las retribuciones abonadas a don Santos Cerdán León, entre los años 2014 a 2024, precisando cada uno de los pagos realizados, indicando la fecha, método de pago, cuenta bancaria de destino y titularidad de la misma, así como de cualquier otro dato relevante en relación con dichas retribuciones». La misma petición va dirigida al PSOE, al Parlamento de Navarra y al ayuntamiento de la localidad navarra de Milagros.

Al PSOE le da un plazo de 7 días naturales a partir de este jueves, para que presente informe «de manera detallada de todas las operaciones relativas a cuotas, donaciones, liquidaciones de gastos, pagos de servicios, retribuciones u otros abonos, que pudiera haber recibido de o entregado a don Santos Cerdán León desde el año 2014. Dicha información deberá precisar cada una de las operaciones realizadas, con indicación de su fecha, método de pago o abono empleado, cuenta bancaria de origen y destino, junto al concepto o comentario consignado, así como cualquier otro dato adicional que pudiera constar en relación con dichas operaciones económicas».

El mismo auto recoge un requerimiento a «la Letrada Mayor del Parlamento de Navarra para que, en el plazo más breve posible, se informe detalladamente a este Tribunal Supremo en la presente causa especial de todas las retribuciones o pagos que por cualquier otro concepto hubiera realizado dicho Parlamento a don Santos Cerdán León, desde el año 2014, indicando la fecha de cada abono, método de pago, cuenta bancaria de destino y titularidad de la misma, así como de cualquier otro dato que tenga asociada a cada una de las operaciones».

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También el ayuntamiento de Milagros, localidad natal de Cerdán, está incluido en el auto: «Requiérase al Sr/a. Secretario/a del Ayuntamiento de Milagro para que, en el plazo más breve posible, se informe detalladamente a este Tribunal Supremo en la presente causa especial de todas las retribuciones o pagos que, por cualquier concepto y desde el año 2014, hubiera efectuado dicha Corporación a don Santos Cerdán León, debiendo indicar la fecha, método de
pago, cuenta bancaria de destino y titularidad de la misma, así como cualquier otro dato que tuvieren asociado a dichos pagos».

El auto se apoya en que la UCO presentó «sendos oficios, ambos fechados el día 2 de septiembre del presente año, en los que, después de exponer los antecedentes que se consideraron oportunos, se interesaba la práctica de determinadas diligencias de investigación, al efecto de profundizar en los informes relativos a la situación económico patrimonial de los
investigados que les fueron encomendados por este instructor».

VIAJES DE ÁBALOS

El juez explica que «en el primero de los mencionados oficios policiales que, conforme a lo acordado por el instructor en esta causa especial, se halla en curso de elaboración definitiva un informe relativo a la situación económico financiera del investigado en esta causa don José Luis Ábalos Meco. Se añade que, a partir de la documentación ya recabada con ese fin, así como también de ciertas informaciones obrantes en la presente causa especial (diversas comunicaciones en las que habría podido participar el también investigado don Koldo García Izaguirre) se pone de manifiesto la existencia de frecuentes vínculos entre los patrimonios de uno y otro. De hecho, el propio don José Luis Ábalos ha venido a reconocer en las diferentes declaraciones prestadas en el procedimiento, que era su asesor, don Koldo García Izaguirre, quien abonaba con su propio patrimonio gastos que a aquél correspondían (ciertos gastos de
viaje, el alquiler de una vivienda en la localidad de Marbella de la que habría disfrutado el Sr. Ábalos con su familia, etc.), con independencia de asegurar don José Luis que después él mismo reintegraba a su asesor dichos gastos».

En segundo lugar las peticiones se justificarían porque «conforme resultaría de la documentación bancaria relativa al mencionado don Koldo García Izaguirre, éste habría recibido determinados ingresos, que aparentemente proceden del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), sin que se conozca en este momento la naturaleza y eventual extensión de dichos pagos. Se trata, en concreto, de sendos abonos por importes de 1.435,40 y 2.542,46 euros, con fechas valor del 28 de mayo de 2018 y 5 de septiembre de 2019».

El Supremo trata de averiguar si «dichos pagos, u otros que pudieran haberse realizado, tenían por objeto abonar al propio don Koldo García, o a su entorno familiar más próximo -si también
éstos pudieran haberlos recibido- gastos o servicios propios o si los ingresos se destinaban u obedecían a gastos o servicios generados o desarrollados por el propio Sr. Ábalos Meco. En tal sentido, las diligencias acordadas conciernen no solo al propio don Koldo García Izaguirre, sino también a su esposa, doña Patricia Uriz, y a su hermano, don Joseba, habida cuenta de que, conforme resulta de lo hasta ahora actuado, ambos pudieran haber tenido cierta intervención con respecto a pagos o cobros efectuados por cuenta u orden de don Koldo García», continúa el auto.

INFORME SOBRE SANTOS CERDÁN

El objeto de las pesquisas sería completar los informes económicos que ya acordados en la causa. De hecho, el juez Puente ha acordado también respecto a Santos Cerdán «la elaboración de un informe relativo a los bienes de toda índole de los que el mismo pudiera resultar titular, como también relativo a la eventual participación de aquél en entidades mercantiles. Igualmente, se han librado, con el fin de conocer su situación económica financiera, diversos mandamientos a la A.E.A.T., a la Hacienda Foral de Navarra y a distintas entidades bancarias».

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Añade el Supremo que «una vez analizadas por la fuerza actuante (UCO) las percepciones económicas que la A.E.A.T. imputa a don Santos, procedentes del Congreso de los Diputados por diferentes conceptos, se observa que las mismas, entre los años 2014 a 2024, importan un total de 543.656,84 euros. Sin embargo, tras el análisis de sus cuentas bancarias, solo una mucho menor cantidad resulta proceder de forma directa del Congreso de los Diputados, lo que permite suponer que el resto le habrá sido entregado por intermedio de otra cuenta, tal vez la del grupo parlamentario del que formaba parte, extremo que ha de ser comprobado, a los efectos de completar el informe económico financiero que se refiere a dicho investigado. Igualmente, de la información facilitada por la A.E.A.T. relativa a don Santos Cerdán León, resultaría que éste habría efectuado donaciones al Partido Socialista Obrero Español (P.S.O.E.) por importe de 32.194,98 euros, siendo que, a partir de la información bancaria recabada, únicamente constan egresos de sus cuentas por este concepto, entre los años 2014 a 2024 por importe de 5.700 euros».

Esta información bancaria, relativa al referido período, «permite conocer también la existencia de pagos al Sr. León Cerdán procedentes tanto del Partido Socialista Obrero Español (P.S.O.E.) como del grupo parlamentario socialista. Finalmente, de la información tributaria ya recabada se evidencia que don Santos León Cerdán habría recibido diversas percepciones económicas procedentes tanto del Ayuntamiento de Milagro, durante los años 2014 y 2015, como del Parlamento de Navarra entre los años 2014 a 2017», fundamenta el juez en su auto.

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