«Me multaron con 200€ por llevar el móvil en este soporte»: la DGT aclara la única posición legal para llevar el GPS en el coche y evitar sanciones

Ese gesto tan cotidiano de colocar el móvil en el soporte del coche podría costarte 200 euros, y la DGT tiene mucho que decir al respecto. Millones de conductores utilizan el teléfono como navegador cada día, convencidos de que su actuación es completamente legal y segura, pero ignoran un matiz crucial que está llenando los bolsillos de la administración. Lo que mucha gente desconoce es que la multa no es por usar el GPS, sino por dónde y cómo lo colocas, un detalle que puede salirte muy caro.

La sorpresa al recibir la notificación es mayúscula, sobre todo porque la mayoría de los conductores actúa de buena fe al volante. ¿Acaso no se venden estos soportes en todas las tiendas? El problema, según advierte la normativa de Tráfico, es que una mala ubicación del dispositivo anula parte del campo de visión del conductor, convirtiendo lo que debería ser una ayuda en un riesgo potencial. Sigue leyendo, porque esto te interesa y mucho.

¿UN GESTO INOCENTE? EL PELIGRO QUE LA DGT VE EN TU PARABRISAS

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Puede que lleves años haciéndolo así, pensando que no hay riesgo alguno mientras no toques la pantalla. Pero la DGT ha puesto el foco en estos pequeños y populares accesorios porque, según la ley, el parabrisas debe quedar completamente despejado para garantizar una visibilidad óptima. Cualquier objeto que impida ver la vía en su totalidad es susceptible de ser sancionado, sin excusas ni miramientos. La prioridad absoluta es la seguridad vial.

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No se trata de una campaña aislada con afán recaudatorio, sino de una respuesta a una distracción cada vez más común en nuestras carreteras. Los agentes de la Agrupación de Tráfico lo saben bien, y es que una fracción de segundo con la visión obstaculizada puede desencadenar una tragedia. Por eso, el objetivo de la DGT es claro: prevenir antes que lamentar, y la vigilancia sobre este asunto se ha intensificado notablemente.

LA LETRA PEQUEÑA DEL REGLAMENTO QUE NADIE TE CONTÓ

Para entender la sanción, la DGT nos remite al Reglamento General de Circulación, cuyo texto esconde la clave de todo este embrollo. Fuente: Freepik
Para entender la sanción, la DGT nos remite al Reglamento General de Circulación, cuyo texto esconde la clave de todo este embrollo. Fuente: Freepik

Muchos conductores se preguntan dónde está escrita exactamente esta prohibición. La respuesta se encuentra en el artículo 19, que obliga al conductor a mantener en todo momento el campo de visión necesario. La interpretación de la DGT es firme: un soporte en mitad de la luna interfiere directamente en la percepción del entorno, creando un peligroso ángulo muerto. Por eso la sanción es perfectamente legal y argumentada.

No busques una norma que prohíba textualmente los soportes, porque no la hallarás de forma tan específica. El Código de Circulación apela a principios más generales de conducción diligente y segura. Los responsables de Tráfico insisten en que la responsabilidad de garantizar una visibilidad sin obstáculos recae exclusivamente en el conductor. Este es el argumento que un agente utilizará para justificar la multa, y créeme, tendrá toda la razón.

EL ÚNICO LUGAR DONDE TU MÓVIL ESTÁ A SALVO DE MULTAS

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La clave es encontrar una ubicación que no reste ni un centímetro de visibilidad de la carretera. La propia DGT valida una posición concreta: aquella en la que el dispositivo no se interponga entre nuestra vista y el asfalto. Hablamos, por tanto, de colocar el soporte en una zona muy baja del salpicadero o en la esquina inferior izquierda del parabrisas, donde apenas moleste. Ahí sí es legal.

Olvídate de las clásicas ventosas en el centro de la luna, a la altura de los ojos, por muy cómodas que parezcan. Esa es la ubicación que la DGT persigue activamente. La alternativa más segura y reglamentaria es utilizar las rejillas de ventilación, siempre que no entorpezcan el manejo de otros elementos del vehículo. La lógica de Tráfico es aplastante: lo que no ves, no puedes evitarlo.

200 EUROS Y PUNTOS EN JUEGO: NO ES NINGUNA BROMA

La DGT no se anda con chiquitas cuando se trata de distracciones, y la sanción económica es solo una parte del castigo que puedes recibir. Fuente: Freepik
La DGT no se anda con chiquitas cuando se trata de distracciones, y la sanción económica es solo una parte del castigo que puedes recibir. Fuente: Freepik

La infracción por llevar el móvil en un lugar indebido se considera grave. Esto significa que la broma te costará 200 euros de multa, que se quedan en 100 por pronto pago. Pero el golpe no es solo para tu bolsillo; la DGT quiere que el mensaje cale hondo, y por eso esta sanción también implica la retirada de 3 puntos del carnet de conducir. Una penalización seria por un gesto aparentemente inofensivo.

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Es fundamental no confundir esta sanción con la de manipular el móvil mientras se conduce, que es mucho más severa. La DGT castiga el simple hecho de tocar el dispositivo con 6 puntos y 200 euros. En el caso que nos ocupa, se penaliza el riesgo potencial por la mala ubicación, incluso si no llegas a tocar el teléfono. Un matiz importante que refleja la nueva Ley de Seguridad Vial.

¿Y AHORA QUÉ? ALTERNATIVAS INTELIGENTES PARA UN VIAJE SEGURO

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La solución ideal para olvidarse de problemas es integrar el móvil en el propio vehículo. Sistemas como Android Auto o Apple CarPlay son la apuesta más segura y recomendada por los expertos en seguridad vial. Con ellos, la información del navegador se proyecta en la pantalla del coche de forma legal y segura, permitiendo controlar las aplicaciones con la voz o desde los mandos del volante.

Al final, todo se reduce a una cuestión de responsabilidad y sentido común. La tecnología debe estar a nuestro servicio, no convertirse en una fuente de peligro. Adaptarse a la normativa que promueve la DGT no solo te ahorrará una multa considerable, sino que te convertirá en un conductor más consciente y seguro para ti y para los demás. Porque en la carretera, cada detalle cuenta, y mucho.

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