Entre tantos consejos laborales y de trámites legales, me he encontrado con uno que es imposible de ignorar. Se trata sobre la pensión de incapacidad y las preguntas «trampa» que realiza el tribunal médico de la Seguridad Social, el ente regulador para determinar quienes pueden ser beneficiarios por condición y según el grado de incapacidad. Para entender sobre este extenso tema, me he apoyado en las recomendaciones el exitoso abogado colegiado de Barcelona, Xavi Abat.
Este experto jurídico ejerce la abogacía desde 1999, y en la actualidad, es referencia por contar con más 1.5 millones de seguidores en redes sociales y en donde comparte sus mejores consejos legales. En tal sentido, a lo largo de este artículo exploraremos de qué va la incapacidad, cuáles son sus grados, algunas enfermedades y cómo debes responder para no caer ante la trampa del tribunal médico. Pero antes de adentrarnos es importante que sepas que a pesar de que no se necesita una edad para solicitarla, es clave haber cotizado en la Seguridad Social.
2ESTOS SON LOS GRADOS DE INCAPACIDAD

Antes de adentrarnos al proceso de solicitar una pensión de incapacidad, es necesario que entiendas que solo existen cuatro grados. En primer lugar, tenemos a la incapacidad parcial. Esta ocasiona en el trabajador una disminución de al menos el 33% de su rendimiento laboral. Le sigue la incapacidad total. Esta otorga la inhabilitación al trabajador de ejercer su profesión habitual.
Sin embargo, el trabajador puede dedicarse a otra. La tercera es la incapacidad absoluta, donde se inhabilita al trabajador para cualquier puesto de trabajo. Y por último es la incapacidad de gran invalidez. Esta es cuando el trabajador necesita la asistencia de otra persona para realizar tareas diarias y comunes como ponerse de pie, asearse, comer o manejar su propia silla de ruedas. En cualquiera de los casos tendrá que ser evaluado y aprobado por un tribunal médico.