La instrucción del Caso DANA por la muerte de 229 personas el pasado 29 de octubre de 2024 está dejando casos curiosos entre las decisiones judiciales, providencias y autos que, por su complejidad, llaman la atención de todos los que siguen la causa en los tribunales y que conocen el funcionamiento del sistema de Justicia. Nuria Ruiz, la juez de Catarroja que instruye esta causa lo mismo rechaza una diligencia solicitada por una acusación, para pedirla ella la semana siguiente, que reclama imágenes a la cadena de televisión valenciana À Punt por segunda vez, a pesar de que las había recibido dos días antes.
Este mismo martes 30 de septiembre la juez, mediante una providencia, dejaba por escrito que «ha transcurrido el plazo de 3 días sin que se hay cumplimentado el requerimiento efectuado a la dirección de A Punt (tv valenciana) para la entrega de las grabaciones de imagen y sonido de la reunión del CECOPI (Centro de Emergencias) del 29 de octubre de 2024 tal y como se acordó por auto de fecha de 18 de septiembre de 2025». La juez las reclamó después de que TVE las emitiese, no antes.
IMÁGENES DEL CECOPI EL DÍA DE LA DANA
Sin embargo, el miércoles la juez reconoció su error al exigir el martes explicaciones a À Punt por no aportar las imágenes del Cecopi en el plazo establecido. Sin embargo, la cadena pública valenciana aportó esas imágenes el 26 de septiembre, antes del vencimiento del plazo y cuatro días antes de la reclamación de la juez. Lo hizo a través del Servicio Común Procesal y quizás de ahí vino el fallo.
TVE emitió un mudo de aproximadamente un minuto del material grabado por Á Punt. La fecha del auto de la magistrada es el 18 de septiembre reclamando las imágenes. Sin embargo, À Punt recibió la notificación el 23 de septiembre por medio de dos agentes de Policía.
En la misma providencia la juez requiere «nuevamente a la consellería de Emergencias para que, en el plazo de 3 días, manifieste si dichos funcionarios prestaron su consentimiento, y en caso afirmativo remita en dicho plazo de 3 días la documental donde conste dicho consentimiento».
Se refería la magistrada Nuria Ruiz a un informe de la Consejería de Emergencias donde pedía que se «identificara a las personas del Centro de Coordinación y Emergencias (CECOPI) que solicitaron a AEMET ajustar la predicción a muy corto plazo en una cuenca o zona de la que se precisara conocer su evolución dado que se manifiesta en dicho informe ‘que se recopilan todas las llamadas realizadas desde el CECOPI a AEMET para ajustar la predicción (…)’ y dado que se efectúan transcripciones de grabaciones de conversaciones, sin que conste que concurre el consentimiento de los funcionarios intervinientes en las comunicaciones (…)».