El juez manda a juicio popular a Begoña Gómez por los 4 delitos que faltaban

El juez Juan Carlos Peinado acaba de dictar un auto por el que transforma la investigación a Begoña Gómez, Cristina Álvarez y Juan Carlos Barrabés en procedimiento de Tribunal del Jurado. Eso sí, aclara que se han practicado las diligencias acordadas pero que quedan todavía por practicar algunas. Peinado los manda a juicio por los delitos de corrupción en el sector privado, tráfico de influencias, apropiación indebida e intrusismo. Peinado cita a los tres investigados acompañados de sus letrados para que comparezcan el próximo 6 de octubre a las 17.30 horas en el juzgado de instrucción 41 de Madrid.

Peinado da traslado de su auto a la Audiencia Provincial de Madrid, organismo encargado del futuro juicio. Hace algunos días Peinado hizo lo mismo con Begoña Gómez, su asesora Cristina Álvarez y Francisco Martín, delegado del Gobierno en Madrid, por el delito de malversación. Pero en este caso este asunto figuraba en una pieza separada de la principal, por la que ahora dicta Peinado el auto de transformación.

Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez, se negó a sentarse el pasado sábado delante del juez Juan Carlos Peinado para ser informada del delito de malversación del que está acusada junto a su asistente Cristina Álvarez y el actual delegado del Gobierno en Madrid Francisco Martín.

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El juez explicaba en un auto dictado el pasado martes cómo se desarrollaría el juicio a Begoña Gómez cuando llegue ese momento, ya que transforma las diligencias previas en «procedimiento para el juicio ante el Tribunal del Jurado», paso previo necesario para la formalización de un juicio. Los tres investigados habían sido convocados este sábado 27 de septiembre a las 6 de la tarde para que el juez les comunicase esta resolución detalladamente junto a sus representantes legales.

El juez Peinado dictó el auto el pasado 23 de septiembre, señalando que Begoña, y los otros acusados, debían asistir personalmente a los tribunales. «Se convoca la comparecencia prevista en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal Del Jurado, señalándose para su celebración el próximo día 27 de septiembre de 2025, a las 18,00 horas, debiendo ser citadas las partes personadas a través de su representación procesal, y los investigados, personalmente, a través de la Unidad Orgánica de Policía Judicial adscrita a estos Juzgados», se lee en el texto.

En esta ocasión ocurre lo mismo y habrá que ver si Begoña Gómez decide acudir o nuevamente delega en su abogado.

Peinado decidió sacar esta investigación por malversación fuera de la causa general, en una pieza aparte que guarda relación con el trabajo efectuado por Cristina Álvarez, adscrita a Presidencia del Gobierno pero destinada a acompañar a la esposa de Pedro Sánchez. Álvarez estaba contratada y pagada con dinero público y el encargado de contratarla fue, supuestamente, Francisco Martín, jefe del gabinete de Presidencia entonces y actual delegado del Gobierno en Madrid.

Ahora con este nuevo auto el resto de la investigación a la esposa del presidente queda lista para ser juzgado por un tribunal popular.

BEGOÑA GÓMEZ NO CONTESTÓ NUNCA AL JUEZ

Y añade que «tras la práctica de diligencias (…) ninguna de las dos investigadas (Gómez y Álvarez) contestaron a pregunta alguna que le hubiera podido formular, bien este instructor, o la representación de las acusaciones populares e incluso el representante del ministerio Fiscal o cualquiera de los Letrados de la defensa, incluido el del otro investigado, hasta este momento en esta pieza separada, Francisco Martín Aguirre, que hubieran podido esgrimir argumentos en su descargo, pues las que contestó la investigada Begoña Gómez a su Letrado, no permiten ser tenidas en cuenta en sentido exculpatorio(…)».

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Es por ello, decía Peinado, que «se puede colegir con las leyes de la lógica y de la empírica que, se cumple con el requisito de la verosimilitud de los hechos, que hasta ahora, no podía determinarse de una forma concreta, y que pudiéramos encontrarnos ante indicios racionales, fundados y sólidos de la comisión de hechos delictivos. Por lo que no podía realizarse la transformación de las diligencias previas en la incoación del procedimiento para el juicio ante el Tribunal del Jurado».

Como prueba de esos indicios de delito el juez puso como ejemplo «la declaración del Vicerrector Sr. Doadrio, que dijo tener muchos correos con Begoña Gómez y su asistente, Cristina Álvarez, añadiendo que esta última, era la persona de confianza ya que siempre le acompañaba cuando iba a la Universidad, siendo ella la receptora de los correos. O la constatación de un email dirigido a la directora de comunicación institucional de Reale Seguros, solicitando directamente la continuidad como entidad patrocinadora del master, lo que parece excede claramente sus funciones».

Estos serían «datos indiciarios suficientes, en este momento procesal, de los que podría deducirse también la relación con las empresas del Grupo Barrabés, de las que supuestamente se valía la principal investigada, lo que supondría una clara desviación del cumplimiento de su función como personal eventual de la administración».

Otro dato más a considerar fue «el de la amistad personal previa siendo la razón de su nombramiento en el cargo de máxima confianza, sirviendo a las actividades privadas de Begoña Gómez, que se pretenden mejorar con este nombramiento, lo que podría suponer una desviación de recursos públicos en favor de intereses privados y, lo que es más importante, ofrecidos dentro de una estructura institucionalizada de poder que sirve para reforzar una indudable influencia como es la Presidencia del Gobierno«.

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