Entre tantos consejos que podemos encontrar en redes sociales sobre el equilibrio que debe existir en un alquiler, muchos expertos en leyes refieren que existen tres cláusulas que están totalmente prohibidas en los contratos y hasta puede llegar a ser considerado como un acto ilegal que violaría por completo tus derechos que tu inconscientemente aprobaste por desconocer de la norma.
En este contexto, exploraremos estas tres cláusulas a lo largo de este artículo. Además, exploraremos una alternativa definitiva que promete aliviar muchos bolsillos del golpe del alquiler a fin de mes. Se trata del bono de alquiler joven y que para acceder a esta ayuda solo debes cumplir apenas 4 requisitos que también evaluaremos. Si te encuentras en busca de un alquiler o estás por firmar un contrato o necesitas un dinero extra para costear la vivienda, sigue leyendo y descubre todos los beneficios que puedes aprovechar al conocer estos consejos de gran utilidad.
PRIMERA CLÁUSULA DE ALQUILER QUE NO DEBES ACEPTAR

Cuando elegimos el lugar ideal para vivir y el alquiler se ajusta a nuestro presupuesto, es importante no descuidar el aspecto legal. Con esto me refiero a que con el conocimiento de las leyes puedes tener más base si se te presentan alguna de estas situaciones que te pueden ayudar. La primera cláusula que debes refutar es alguna que diga sobre la venta de la propiedad y tu desalojo inmediato.
Esto no puede suceder, si se vende el inmueble, el nuevo comprador deberá lidiar contigo, y para ser sinceros, es muy difícil desocupar a alguien que ya está viviendo en el inmueble. Y esto se puede verificar en la reciente actualización de la ley de arrendamientos urbanos. Incluso, en su artículo 15, sobre separación de un matrimonio arrendatario y que la casa esté en disputa o se decida vender, se debe notificar hasta con dos meses de anticipación para anular el contrato; sin embargo, el inquilino tiene derecho a más tiempo si así lo necesita. Lo mismo pasa con el desalojo inmediato de la vivienda si se vende, siempre se deben dar plazos, no olvides esto.
SEGUNDA CLÁUSULA: SOBRE LA CONSERVACIÓN DE LA VIVIENDA

En segundo lugar, tenemos una cláusula de alquiler abusiva donde indique que te harás responsable de todas las reparaciones del inmueble mientras que estés allí como inquilino. Sin embargo, si llevas apenas un año en el piso y las tuberías de agua se averían, ya no es culpa del inquilino. Y es que en términos legales, en el artículo 21 sobre la Conservación de la vivienda del Capítulo III de la Ley de Arrendamientos Urbanos de España lo dice todo.
En la sección primera de dicho artículo indica lo siguiente: «El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.» Sin embargo, existen convenios, la clave es hablar todo antes de firmar el contrato de alquiler.
TERCERA CLÁUSULA: SOBRE EL TIEMPO DE DESALOJO

Si estás a punto de firmar un contrato de alquiler y te encuentras con una cláusula que indique que te tienes que marchar cuando el propietario decida y con preaviso de dos meses, no firmes, porque no procede. Resulta que el inquilino tiene hasta cinco años de amparo. Sin en la ley de Arrendamiento Urbano explica otra cosa.
En el artículo 26 de habitabilidad de la vivienda de la ley de Arrendamiento Urbano explica que la suspensión del contrato por las siguientes causas:
- «a) La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.
- b) La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.
- c) El subarriendo o la cesión inconsentidos.
- d) La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario.
- e) Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
- f) Cuando la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario o de quien efectivamente la viniera ocupando de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.»
ESTA AYUDA DEL GOBIERNO TE DA UN RESPIRO DEL ALQUILER

El gobierno español ha dado un avance en ayudas sociales que busca proteger la seguridad económica para proteger el derecho a la vivienda. Se trata del bono de alquiler para jóvenes, un plan que consta de una ayuda de 250 euros mensuales y para solicitar este bono de alquiler se necesitan cumplir los siguientes requisitos:
- Tener entre 18 y 35 años.
- Acreditar rentas de trabajo.
- Que tus ingresos anuales sean, con carácter general, inferiores a 3 veces el IPREM (debes tener en cuenta lo que concrete la convocatoria de tu Comunidad Autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla al efecto).
Además, esta estrategia también ha implementado que las viviendas sociales se ofrezcan a precios asequibles. Este bono es una forma de impulsar la emancipación de los jóvenes y también dar un respiro a los padres. Sin duda, es una apuesta inteligente que apoya la integración de los jóvenes hacia un camino lleno de responsabilidades y con esta ayuda el camino se hace más fácil en medio del cambio económico global que atravesamos.
LO QUE DEBES SABER SOBRE EL BONO DE ALQUILER JOVEN

Antes de solicitar esta ayuda, debes considerar el precio del alquiler y las exigencias del municipio en que se reside. Por ejemplo, en el municipio de Arafo de Tenerife, el precio del alquiler no debe superar los 900 euros. Sucede lo mismo en Las Palmas en Gran Canaria y así por todo el territorio español. Por lo que se sugiere cuidar bien los detalles para evitar decepciones.
Sin embargo, aquí te detallo mejor la guía de alquileres que establecen el máximo de euros al mes en alquileres, según lo detallado por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, para poder acceder a esta ayuda, el alquiler en sí, debe llegar hasta los 600 euros mensuales y hasta 300 euros si se trata de una habitación. La medida puede ayudar hasta a aquellos inquilinos que paguen hasta 900 o 450 euros mensuales en alquiler de habitación, previo acuerdo de la Comisión de Seguimiento.
Además, este bono de alquiler joven es compatible con Plan Estatal. Por lo que el alquiler de la vivienda se verá reducido hasta un 40% con esta ayuda del gobierno español. No existe la menor duda que iniciativas como estas representan un desahogo para el bolsillo de muchos jóvenes que buscan independizarse. Y es que muchos trabajan para pagar sus estudios y abrirse paso hacia una vida adulta y responsable, por lo que estas iniciativas son de gran ayuda para esta población.