La creencia popular sobre el margen de error del 7% en los radares de la DGT ha sido siempre una de esas leyendas urbanas que todo conductor aplica casi por fe, pero ¿y si te dijera que no es exactamente así? La Dirección General de Tráfico ha puesto las cartas sobre la mesa, y la realidad es mucho más estricta. De hecho, la DGT aclara el mito del 7% de los radares con una norma más compleja que puede hacer que ese pequeño exceso de confianza te cueste una multa.
Muchos piensan que tienen un amplio colchón de seguridad al pasar por un control de velocidad, pero la verdad es que el sistema tiene matices que la mayoría desconoce. Prepárate, porque vas a descubrir cuál es el margen real que se usa para sancionarte, y no, no siempre es del siete por ciento. Lo que Tráfico ha especificado es que el margen real que usa para sancionarte depende del tipo de radar y la velocidad, y conocerlo es la única forma de evitar sorpresas desagradables.
¿EL FIN DE UN SECRETO A VOCES? LA VERDAD SOBRE EL MARGEN
Esa costumbre de pisar un poco más el acelerador confiando en un porcentaje fijo se ha terminado, al menos si quieres conservar los puntos de tu carnet y el dinero en tu bolsillo. La realidad confirmada por Tráfico es que en los radares fijos se aplica un margen de error de 5 km/h hasta 100 km/h y del 5% si superas esa velocidad, una diferencia crucial que desmonta el mito generalizado del 7%.
La situación cambia ligeramente cuando hablamos de los cinemómetros en movimiento, esos que nos encontramos en los coches patrulla o en trípodes casi invisibles en el arcén. Para estos controles de velocidad, el umbral es algo diferente. En este caso, la DGT ha aclarado que para los radares móviles el margen es de 7 km/h en vías de hasta 100 km/h y del 7% por encima, lo que exige una mayor atención al velocímetro en todo momento.
LA «REGLA DEL 7»: EL NÚMERO MÁGICO QUE NECESITAS CONOCER

La famosa «regla del 7», como muchos la conocen ahora, es más bien una doble regla que depende de la velocidad a la que circules. Por debajo de 100 km/h, se resta un número fijo de kilómetros por hora a la velocidad captada. Según ha clarificado la DGT, esta es la razón por la que en una zona de 50 km/h, la multa no saltará hasta que circules a 58 km/h con un radar móvil, pero a 56 km/h si es uno fijo.
El verdadero cambio de paradigma llega cuando superamos la barrera de los 100 km/h, donde el margen pasa de ser una cifra fija a un porcentaje sobre la velocidad. Este es el detalle que tantos conductores han pasado por alto. Y es que, como insiste la DGT, esto significa que a 121 km/h en una autovía de 120, un radar fijo ya puede sancionarte, porque el 5% de 120 es 6 km/h, y el límite real de sanción se sitúa en 127 km/h para uno móvil.
¿POR QUÉ EXISTE ESTE MARGEN? NO ES UN REGALO DE LA DGT
Mucha gente se pregunta por qué no se multa a partir del primer kilómetro por hora que se excede el límite, y la respuesta está en la propia tecnología de los cinemómetros. La normativa exige aplicar estos correctores para compensar las posibles imprecisiones de los aparatos. En esencia, el margen de error garantiza la seguridad jurídica del conductor frente a posibles fallos de medición del dispositivo, asegurando que la sanción sea incontestable.
Por tanto, este umbral no debe interpretarse como una invitación a correr un poco más, sino como una salvaguarda técnica para que el sistema sea justo con todos. La DGT lo deja claro: el objetivo final no es la recaudación a través de las multas de tráfico. Lo que se busca con estos márgenes es que la sanción por exceso de velocidad sea legalmente robusta y refleje una infracción real y no un desajuste del equipo, protegiendo así el procedimiento.
CÓMO TE AFECTA EN EL DÍA A DÍA: EJEMPLOS QUE DUELEN AL BOLSILLO

Imagina que circulas por una autovía limitada a 120 km/h. Crees que mientras no llegues a 130 km/h estás seguro, pero la aclaración de la DGT sobre los radares fijos lo cambia todo. En ese escenario, el margen es del 5%, es decir, 6 km/h. Por lo tanto, un radar fijo te multará exactamente a partir de los 127 km/h en el marcador del cinemómetro, que tras aplicar el margen se quedaría en una velocidad sancionable por encima de 120 km/h.
Ahora piensa en una carretera convencional, con un límite de 90 km/h, donde te cruzas con un coche de la Guardia Civil que lleva uno de los radares móviles. En este tramo, el margen aplicado es de 7 km/h, no un porcentaje. Esto implica que el dispositivo está programado para activarse cuando superes esa cifra. En la práctica, serás sancionado si circulas a 98 km/h o más, ya que es el umbral a partir del cual se considera que has cometido una infracción.
MÁS ALLÁ DE LA SANCIÓN: ¿QUÉ BUSCA REALMENTE TRÁFICO?
La insistencia de la DGT en aclarar el mito del 7% y explicar el funcionamiento real de los radares no es casual. Busca concienciar al conductor de que los límites están para cumplirse de forma estricta. La velocidad inadecuada sigue siendo uno de los principales factores en los siniestros viales, por lo que el fin último de estos controles de velocidad es la reducción de la siniestralidad y el fomento de una conducción responsable.
Conocer la regla del 5 y del 7 no debería ser una herramienta para apurar los límites, sino para entender que la seguridad vial empieza por uno mismo. La próxima vez que veas una señal de límite de velocidad, recuerda que no es una sugerencia y que los radares son solo la consecuencia. Al fin y al cabo, la verdadera prevención no consiste en evitar una multa, sino en llegar sano y salvo a tu destino, garantizando tu seguridad y la de los demás.