El silencio del ex ministro José Luis Ábalos deja a su suerte a su ex asesor y hombre de confianza, Koldo García, que hoy se enfrenta a la posibilidad real de acabar en la cárcel tras su declaración. Dependerá de si responde por qué adelantaba dinero para hacer los pagos que le ordenaba Ábalos, de dónde sacaba tales cantidades y cómo le devolvía luego, supuestamente, Ábalos ese dinero. En total, el Supremo detecta al menos 62.400 euros pagados por Koldo.
El informe de la UCO de 3 de octubre dejaba claro que tanto Koldo García como su pareja, Patricia Úriz, intervenían en las finanzas del ex ministro. «Del informe policial referido resultan consistentes indicios, a partir de la documentación recabada en esta causa especial y analizada por la fuerza actuante, de que entre los patrimonios de los investigados Sres. Ábalos Meco y García Izaguirre podrían existir significativas zonas de intersección, de tal modo que este último vendría haciéndose cargo regularmente de pagos que corresponderían al primero (tales como la pensión alimenticia de uno de sus hijos, nóminas de su empleada doméstica, regalos efectuados por éste a sus amistades, cuotas hipotecarias de un inmueble copropiedad del Sr. Ábalos Meco, viajes y otros gastos personales realizados por orden de éste, etc.), alcanzando dichos pagos un importe verdaderamente significativo en términos económicos», explicaba el juez instructor.
KOLDO GARCÍA PAGABA EN BENEFICIO DE ÁBALOS
Sin embargo, del análisis de las cuentas bancarias de Ábalos realizada por la UCO, no se desprenden «la existencia de contrapartidas en favor del Sr. García Izaguirre que pudieran compensar la realización de dichos gastos, en principio, enteramente ajenos a la responsabilidad de éste. De ese modo, indiciariamente resulta que, o bien el Sr. García Izaguirre realizaba dichos pagos, en provecho y beneficio del Sr. Ábalos Meco, sin contrapartida explícita alguna; o bien el Sr. Ábalos le habría devuelto a aquél las cantidades adelantadas en dinero metálico o de otro
desconocido modo», recoge el auto del Supremo que lo llamaba a declarar.

La cuestión es que como Ábalos no ha respondido ante el Supremo este miércoles Koldo García puede tener que verse obligado a hacerlo por los dos, ya que «puestos en relación los ingresos regulares obtenidos por el Sr. Ábalos Meco con los gastos que el mismo habría de realizar, que el investigado pudiera haberse beneficiado de alguna fuente irregular de ingresos, lo que se compadecería con las recepciones ilícitas de dinero en metálico que indiciariamente se le atribuyen en esta causa especial y con la circunstancia de que dichas cantidades de dinero le fueran entregadas para ambos al Sr. García Izaguirre -por un tercero o por varios- quien después, de un modo u otro, asumiría una significativa parte de los gastos correspondientes al Sr. Ábalos Meco», explica el Supremo. Los gastos totales en cash sin justificar de Ábalos fueron estimados en 94.883,63 euros.
A estos ingresos «de naturaleza opaca» se unen otros «procedentes del hermano del Sr. García
Izaguirre, don Joseba, cuyo origen o fundamento resulta también desconocido (así, una transferencia, por importe de 12.000 euros, efectuada el día 12 de enero de 2023, que se realizó con el siguiente concepto: “Provisión de fondos para tramitación de escritura de cesión de usufructo y extinción de condominio de don José Luis Ábalos Meco”, cuya factura y justificante bancario obran a los folios 129 y 133 del referido informe policial; y también otra transferencia del mismo ordenante, esta realizada el día 6 de julio de 2020, por importe de 4.000 euros, en la que figura como “concepto” un alquiler de julio y agosto de 2020, sin que exista constancia de arrendamiento alguno real que pudiera justificarla)», explica el Supremo en un auto de este miércoles.
Además, «don Koldo García Izaguirre vino abonando al Sr. Ábalos Meco la renta de un alquiler de vivienda, sito en la calle Humilladero, entre los años 2019 a 2021, por un importe total de 26.600 euros, que el Sr. Ábalos Meco no habría incluido en sus correspondientes declaraciones fiscales. En este contexto llama particularmente la atención un ingreso en metálico, efectuado por Dª Patricia, esposa de don Koldo García, en la cuenta del Sr. Ábalos Meco, por importe de 5.700 euros, efectuada en junio de 2020, apareciendo como concepto el de pago anticipado de las rentas correspondientes a los meses de julio a diciembre de 2020», expone el magistrado instructor.
El CHALET DE MARBELLA PARA ÁBALOS
Y continúa diciendo que «a lo anterior, debería añadirse, al menos, el pago de una cantidad, efectuada por el Sr. Koldo García, para el disfrute de un chalet en Marbella por parte del Sr. Ábalos Meco y su familia (por importe de 9.800 euros, 8.000 de los cuales fueron abonados a la propiedad al contado); el disfrute de un piso del que disfrutaba la compañera sentimental entonces del Sr. Ábalos Meco, en la Plaza de España, que fueron satisfechas, por su orden, por un socio del Sr. de Aldama Delgado (Sr. Escolano); la consecución de sendos arriendos de inmuebles, uno en la costa gaditana y otro en Madrid, con opción de compra, etc….
Este jueves a partir de las 10 de la mañana Koldo García tendrá la posibilidad de defenderse si decide declarar ante el juez y no guardar silencio. En sus primeras declaraciones ante la Justicia, Ábalos siempre restó importancia a su relación con Koldo García y dijo que «su relación con el Sr. García Izaguirre no pasaba de la ordinaria entre un ministro con uno de sus varios asesores, por más que éste último asumiera la realización de ciertos encargos domésticos (ir a buscarle tabaco al ministro o a comprarle medicinas, puso el Sr. Ábalos Meco como ejemplo)», refiere el Alto Tribunal en un auto.
Además, el magistrado instructor, explica que «el informe policial referido viene a profundizar en los indicios de criminalidad que ya constaban en el presente procedimiento con relación a ambos investigados, Sres. Ábalos Meco y García Izaguirre, quienes pudieran haber mantenido entre sí métodos no trasparentes de comunicación de sus respectivos patrimonios, recibiendo indistintamente ingresos irregulares y opacos de diversa procedencia, eventualmente fruto de la comisión de los graves ilícitos penales que se les atribuyen.