El magistrado de la Sala Penal Leopoldo Puente ha dictado hoy auto de procedimiento abreviado contra el exministro de Transportes José Luis Ábalos, el exasesor del anterior Koldo García Izaguirre, y el empresario Víctor de Aldama, en la pieza inicial en la que se ha investigado, entre otros asuntos, los contratos irregulares de mascarillas durante la pandemia de covid, hechos provisionalmente calificados como cohecho, pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.
En su auto, el instructor da traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a la representación de las acusaciones populares para que, en el plazo común de diez días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.
El auto del Supremo recuerda que «han sido desde entonces muy numerosas las diligencias de
investigación practicadas hasta la fecha en este procedimiento. Naturalmente, entre ellas, se ha recibido declaración, en varias oportunidades además, como investigados a don Koldo García Izaguirre, a don José Luis Ábalos Meco y a don Víctor Gonzalo de Aldama Delgado; se han recabado los antecedentes penales de todos ellos; se han aportado una gran cantidad de documentos; se ha oficiado a la unidad policial actuante al efecto de que profundice en ciertas líneas de investigación».
También añade el Supremo que «se ha requerido diversa información al Ministerio de Transportes, a ADIF, a la Dirección General de Carreteras, a la A.E.A.T., a INECO, a TRAGSATEC, al Congreso de los Diputados, al Parlamento Navarro, al Partido Socialista Obrero Español, al Ayuntamiento de Milagro y a muy diversas entidades financieras; se han efectuado varios informes periciales (caligráfico, de valoración de un inmueble; y relativo a unos archivos de audio); y se han practicado también algo más de una veintena de declaraciones testificales (entre ellas, las de doña Claudia Montes Martínez, don Juan Ignacio Díaz Vidart, don César Moreno García, doña Aránzazu Granell Barbadillo, don Javier Serrano Costumero, don Jesús Manuel Gómez García, doña María del Carmen Pano Sánchez, doña Leonor María González Pano, don Claudio Rivas Ruiz Capillas, doña Jessica Rodríguez García, don Manuel Salles Carceller, don José Ruz Martínez, don Israel Pilar Ortiz, don Carlos Moreno Medina, don Joseba García Izaguirre, don Víctor Ábalos, doña Ana María Aranda Jaraices, don Alberto Escolano Marín, don Javier Herrrero Lizano, doña Isabel Pardo de Vera, don Alejandro de las Alas Pumariño, don Manuel Contreras Caro, Dª Celia Rodríguez Alonso y don Mariano Moreno Pavón)».
Concluye el auto diciendo que se de «Dese «traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a la
representación de las acusaciones populares para que, en el plazo común de diez días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias».






