Estos son los 9 delitos que señalan a Ábalos, Aldama y Koldo García

El auto del Supremo califica los hechos y procesa a los tres principales implicados en el Caso Mascarillas.

El juez Leopoldo Puente dictaba este lunes un extenso auto en el que daba un impulso procesal a la pieza principal de la causa instruida por el Alto Tribunal y pedía seguir la investigación y procesar al ex ministro José Luis Ábalos, su asesor Koldo García Izaguirre y el comisionista Víctor de Aldama por el caso mascarillas. Pero además de la cuestión de compra venta de mascarillas durante el Covid, el instructor señalaba hasta otros 8 hechos punibles en la comisión de varios delitos.

«En este caso, es evidente que los investigados en esta causa resultan ser: Don José Luis Ábalos Meco y don Koldo García Izaguirre, siendo que a ambos se atribuyen, en concepto de autores, los delitos de pertenencia a organización criminal, cohecho pasivo, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos. A su vez, resulta también investigado en esta causa don Víctor Gonzalo de Aldama Delgado, a quien se atribuyen, en concepto de autor, los delitos de pertenencia a organización criminal, cohecho activo y dos delitos de tráfico de influencias, estos últimos en concepto de inductor», recoge el juez en su auto.

Los hechos que el magistrado califica de punibles son hasta nueve. Hay que recordar que independientemente de la causa general se sigue una investigación que afectaría a Santos Cerdán y de manera relacionada también a Koldo García y a Ábalos.

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El juez explica al principio que «la presente causa especial tiene su origen en diligencias de investigación llevadas a cabo por la Fiscalía especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada incoadas en virtud de una denuncia presentada por un particular, bajo el número 10/2022. Como resultado de dicha investigación, la Fiscalía especial presentó querella por la comisión de posibles delitos de pertenencia a organización criminal, blanqueo de capitales, cohecho, tráfico de influencias y contra la Hacienda Pública, en relación con los contratos de emergencia relacionados con la pandemia COVID-19, formalizados por la Administración General del Estado y el sector público institucional, dirigida contra don Koldo García Izaguirre, don Víctor Gonzalo de Aldama Delgado, don Juan Carlos Cueto Martín, don Íñigo Rotaeche Lachiondo, don José Luis Rodríguez García, doña Patricia Uriz Uriarte, don Joseba García Izaguirre, don Israel Pilar Ortiz, don José Ángel Escorial Senante y don Daniel Sierra Monedero, entre otros».

Ese particular es el abogado zaragozano Ramiro Grau, cuya historia ha sido recogida y contada abundantemente por MONCLOA.com

Los hechos punibles son calificados y explicados por el juez instructor, que advierte que en la fase actual todavía pueden producirse cambios y que se actualicen los hechos con datos nuevos.

CONCIERTO DE VOLUNTADES ENTRE LOS INVESTIGADOS

Víctor de Aldama conoció a José Luis Ábalos poco después de que fuera nombrado ministro en 2018, a través de su hermano Rubén, que primero le presentó a Koldo García y éste a Ábalos. «El ministro, a través de su asesor, encomendaban al Sr. de Aldama diversas gestiones de mayor o menor entidad. Entre éstas, en el mes de febrero de 2019, don Víctor Gonzalo de Aldama acompañó al ministro y a su asesor a un viaje a Méjico, en el curso del cual, y por intermediación del Sr. de Aldama, se organizó una visita del ministro al Senado de aquel país», recoge el inntructor.

Durante el desarrollo de estas relaciones, «pronto vieron los investigados la oportunidad de obtener un beneficio económico de aquéllas. De esta manera, los tres convinieron que, aprovechando el cargo que ostentaba el Sr. Ábalos en el Gobierno de España, podrían favorecer, naturalmente a cambio del correspondiente beneficio económico del que todos participarían, la contratación con la Administración Pública, en cuantas ocasiones hubiera oportunidad, por empresas cuyos intereses captaría y promovería el Sr. de Aldama Delgado, así como facilitar a éste el acceso preferente a la Administración para la realización de las gestiones que precisara para sí mismo o para las referidas empresas», añade.

De esta manera, el día 24 de abril de 2019 Ábalos firmó un contrato de arrendamiento con opción de compra de un piso propiedad de Aldama, ubicado en el Paseo de la Castellana de Madrid, fijándose una renta anual de 30.000 euros, que nunca llegó a abonar, porque tampoco ocupó nunca esta casa. «Estableciéndose como precio de adquisición 750.000€, -descontando de esa cantidad, conforme se convino, los importes que se hubieran entregado en concepto de renta-, para el caso de ejercitarse la opción de compra, precio de compra convenido muy inferior al real de mercado», continúa el juez Puente.

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Además, desde octubre de 2019. Víctor de Aldama comenzó a pagar a Koldo García una cantidad mensual de 10.000 euros, «pagos que se habrían prolongado, al menos, hasta el año 2021», sigue el auto, que además aclara que «dichos pagos mensuales se efectuaban personalmente por el Sr. de Aldama Delgado al Sr. García Izaguirre, en algunas ocasiones en presencia del Sr. Ábalos Meco, repartiendo después su importe entre ellos estos dos últimos».

ALQUILER DEL PISO DE TORRE DE MADRID

El segundo de los hechos punibles se refiere al alquiler de un piso que ocupó Jésica Rodríguez, entonces pareja de Ábalos. Igualmente se habría hecho cargo el Sr. de Aldama Delgado de ciertos gastos, a petición del propio Sr. Ábalos Meco y del Sr. García Izaguirre, tales como el abono de la renta mensual generada como consecuencia del alquiler de un piso, sito en la Plaza de España, edificio Torre de Madrid, que sirvió como domicilio a doña Jessica Rodríguez García, -quien mantenía en ese momento una relación sentimental con el Sr. Ábalos Meco-, entre los meses de marzo de 2019 a marzo de 2022, por un importe mensual de 2700 euros», según el auto. Durante la investigación la UCO cifró ese gasto en un total de 82.248,40 euros.

CONTRATACIÓN DE JÉSICA RODRÍGUEZ

El tercer asunto que señala el Supremo es que «Paralelamente, «el Sr. Ábalos Meco habría desplegado su influencia como ministro del Gobierno de España, sirviéndose para ello de los oficios del Sr. García Izaguirre y de su hermano, para promover la contratación de la referida doña Jessica Rodríguez García en sendas empresas públicas, sin que la misma hubiera de superar ninguna clase de proceso de selección relevante y sin que, con pleno conocimiento de aquéllos, acudiera ni un solo día a sus respectivos centros de trabajo ni prestara tampoco en ellos actividad profesional de ninguna naturaleza».

Jesica Rodríguez, en el medio, ex pareja de Ábalos.
Jesica Rodríguez, en el medio, ex pareja de Ábalos.

Hay que recordar que Jésica Rodríguez García fue contratada en la empresa estatal Ineco desde el 1 de marzo de 2019 hasta el 28 de febrero de 2021, percibiendo una retribución total de 18.100 euros brutos anuales. Enlazando el final de su paso por Ineco fue contratada también por la empresa estatal Tragsatec desde el día 2 de marzo de 2021 hasta el día 1 de septiembre del mismo año, percibiendo un salario mensual de 1.173,67 euros.

CONTRATACIÓN DE CLAUDIA MONTES

La cuarta cuestión calificada de «punible» por el instructor del Alto Tribunal es la contratación de Claudia Montes en la empresa pública Logirail, aunque en esta ocasión la ex Miss Asturias acudía regularmente a su puesto de trabajo. Para el instructor tanto Koldo García como Ábalos «promovieron la arbitraria contratación» desde el año 2019 hasta el año 2022.

RESCATE DE AIR EUROPA

En este quinto hecho punible el Alto Tribunal señala y recuerda las «repetidas entregas de dinero que el Sr. de Aldama Delgado podría haber venido realizando en favor de don José Luis Ábalos y de don Koldo García tenían también por objeto que éstos facilitaran a aquél la ágil práctica de cuantas gestiones pudiera convenirle realizar con diferentes departamentos de la Administración Pública, desplegando la influencia del ministro al respecto con dicha finalidad, tanto en beneficio propio como de los terceros en defensa de cuyos intereses actuaba el Sr. de Aldama Delgado».

Promoviendo Aldama los intereses de Air Europa y «en el contexto de la crisis empresarial generada como consecuencia de la pandemia del Covid-19, don José Luis Ábalos Meco, siempre sirviéndose de su asesor don Koldo García, pudo promover por encargo de aquél, el Sr. de Aldama, la publicación de una nota de prensa por parte del Ministerio del que era titular, emitida el día 8 de agosto de 2020, mostrándose partidario y expresando el progreso de las gestiones para que dicha mercantil obtuviera la correspondiente financiación pública», añade.

El juez instructor pone la mira en el chalet que Ábalos disfrutó en Marbella: «a cambio de la difusión por los medios de comunicación de dicha nota de prensa elaborada por el MITMA -que naturalmente beneficiaba a AIR EUROPA tranquilizando a sus acreedores al transmitir a éstos que aquélla iba a obtener determinado respaldo financiero público-, podría haber obtenido el
entonces Ministro el gratuito disfrute de un chalet vacacional en Marbella para sí mismo y para su familia durante varios días -concretamente, del día 12 al 23 de agosto de 2020- cuya renta era, para ese breve período, de 8.900 euros, arrendamiento que habría formalizado la esposa de don Koldo García. Dicha renta fue satisfecha en la cantidad de 1800 euros desde una cuenta
titulada por la esposa de Don Koldo, y los 8.000 euros restantes, por el propio don Koldo García Izaguirre. El dinero empleado para hacer estos pagos procedería del propio Sr. de Aldama o de la empresa cuyos intereses éste representaba y habría sido entregado como gratificación a cambio de la publicación de dicha nota de prensa».

VILLAFUEL Y LA ALCAIDESA

El sexto hecho que sirve al instructor para acusar a los investigados son las gestiones a favor de Villafuel y su relación con el chalet de la Alcaidesa, disfrutado por Ábalos. El juez explica que «a su vez, en el marco de estas labores de favorecimiento de los intereses del Sr. de Aldama y/o de las personas que con ese fin acudían al mismo, don Koldo García, con el conocimiento y la aprobación de don José Luis Ábalos, pudo haber influido también para que se concertara una entrevista entre don Claudio Rivas y doña María del Carmen Pano Sánchez, interesados en obtener una licencia de operador de hidrocarburos para la mercantil Villafuel, con don Juan Ignacio Díaz Bidart, jefe en ese momento del gabinete de la ministra de Industria, que era entonces doña María Reyes Maroto Illera».

Claudio Rivas, socio de Aldama e imputado en Hidrocarburos
Claudio Rivas, socio de Aldama e imputado en Hidrocarburos

Es preciso aclarar que todo lo relativo a la causa Hidrocarburos, donde esta Villafuel como investigada, se está siguiendo en el Juzgado Central de Instrucción 5 de la Audiencia Nacional.

Ábalos abonó 7.500 euros en julio de 2021, cantidad de arrendamiento del mes y 2 meses de fianza, pero en diciembre la sociedad propietaria reclamó al ex ministro las rentas impagadas, a consecuencia, según el juez, «no habiendo fructificado las gestiones para la obtención de la
licencia de hidrocarburos que Villafuel apetecía, la propiedad reclamó al Sr. Ábalos Meco en el mes de diciembre las rentas debidas y el contrato de arrendamiento se resolvió por acuerdo posterior de las partes».

LA DEUDA DE HACIENDA DE ALDAMA

El Tribunal Supremo ve como séptima cuestión importante las gestiones para el fraccionamiento de una deuda tributaria que mantenía una empresa de Aldama. «Don Víctor Gonzalo de Aldama Delgado logró que don Koldo García, con el conocimiento y la aprobación de don José Luis Ábalos, desplegara también su influencia para que el primero de ellos lograra reunirse con don Carlos Moreno Medina, quien era en ese momento jefe de gabinete de la Ministra de Hacienda y Función Pública, doña María Jesús Montero Cuadrado; reunión que efectivamente se llevó a término y que, en ese caso, tenía por objeto procurar el aplazamiento de una deuda tributaria de una de las empresas del Sr. de Aldama Delgado, aplazamiento de la deuda tributaria que, en efecto, se llevó finalmente a término».

CERTIFICADOS DE MOVILIDAD DURANTE EL COVID

El octavo hecho relevante recoge la expedición de certificados de movilidad durante el Covid a petición de Aldama y de Koldo García y de manera indiscriminada. «Durante el período de
restricción de la movilidad derivada de la pandemia, a petición de don Víctor de Aldama Delgado y por intermediación de don Koldo García Izaguirre, la secretaria personal del Sr. Ábalos Meco, con el conocimiento y consentimiento de éste, confeccionó y firmó determinados salvoconductos o certificados de movilidad en favor de las personas que el Sr. García Izaguirre, a requerimiento
del Sr. de Aldama Delgado, le indicaba, aparentando entrevistas en el Ministerio de Transportes que, en realidad, no iban a realizarse, con el fin de permitir a los terceros favorecidos por aquellos certificados que pudieran transitar libremente por España», resume el juez Puente.

LOS CONTRATOS DE MASCARILLAS

Para el final el instructor dejó todo lo relativo al caso Mascarillas cuya investigación destapó toda la trama. Lo explica así: «don José Luis Ábalos Meco, actuando también en connivencia con don Koldo García y con Don Víctor Gonzalo de Aldama, y siempre en el marco del acuerdo ya referido, podría haber determinado la adquisición, a través de sendas entidades dependientes del MITMA (Puertos del Estado y ADIF), y en el contexto de la pandemia del Covid-19, de sendas partidas de mascarillas, a cambio de recibir los Sres. Ábalos Meco y García Izaguirre una indebida compensación económica procedente del Sr. de Aldama Delgado, quien, a su vez, se
beneficiaba también en términos económicos de las comisiones que le reportaba la realización del mencionado ilícito negocio».

La calificación jurídica de los hechos que expone el Alto Tribunal son de «un delito de pertenencia a organización criminal, previsto y penado en el artículo 570 bis 1, inciso primero del Código Penal», cohecho pasivo en el caso de Ábalos y García, cuatro delitos de tráfico de influencias y un delito de malversación de fondos públicos.



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