¿Son legales las empresas de desokupación en España?: Alejandra López (39), abogada, explica 5 aspectos clave para no perder tu vivienda ni tu paz

En España las empresas de desokupación no están prohibidas, sino más bien, funcionan como empresas privadas que ofrecen servicios de mediación y seguridad que contrata el propietario del inmueble. Sin embargo, la abogada Alejandra López ha abordado el tema desde redes sociales donde comparte sus mejores consejos legales. López explica que frente al desconocimiento de las leyes «el que podría acabar en el banquillo de los acusados podría ser el dueño legítimo de la vivienda»

Por lo que estas empresas de desokupación tienen un marco legal limitado, ya que solo sirven como mediadores y seguridad, pero «no son ni policías ni jueces para tan siquiera pensar en actuar por encima de la ley» explica la experta en el tema quien también agrega que el artículo 33 de la Constitución española, que reconoce el derecho a la propiedad es privada. Y a pesar de que el inmueble es tuyo, lo más aconsejable es seguir la vía legal e interponer una demanda civil de juicio verbal de posesión, como lo establece el art. 251-4 del Código de Procedimiento Civil.

CÓMO FUNCIONAN LAS EMPRESAS DE DESOKUPACIÓN EN ESPAÑA

Cómo funcionan las empresas de desokupación en España
Fuente: Desokupa Demolition

La principal función de las empresas de desokupación es buscar una mediación, ellos se encargan de hacer que los okupas se vayan voluntariamente. Lo pueden conseguir de muchas maneras, normalmente a través de un acuerdo económico, el usurpador de la vivienda acepta el pago, recoge sus cosas y se va. En términos legales, se trata de un acuerdo transaccional entre partes privadas, y en la mayoría de las veces funciona, aunque no debería ser así.

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Una vez que los okupas se hayan retirado de la propiedad, la empresa se encarga de instalar un control de acceso, donde colocan cámaras, cambian la cerradura y contratan seguridad privada para que no vuelva a pasar. Si se hace bien, todo esto es legal. El problema es cuando se cruza el límite y el propietario incurre en un delito penal. El primer delito que puede cometerse es el de coacción, según lo previsto en el artículo 172 del Código Penal. Esto implica molestar constantemente al ocupante para que se marche, la pena puede ser de seis meses hasta tres años de prisión.

OTRAS CONSIDERACIONES QUE DEBES TOMAR EN CUENTA

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A pesar de que el okupa no tenga el derecho legal de estar en esa propiedad, si ha hecho de ese lugar su vivienda, duerme, cocina y ha establecido una vida, la ley lo protege, según el artículo 202 del Código penal, donde se aborda el caso de que la persona salga y se encuentre con la cerradura cambiada, se incurre en el delito de allanamiento de morada. Parece un poco contradictorio, que una persona que cometa un delito y darle de su misma medicina, el propietario es el que puede terminar tras las rejas.

El allanamiento de morada es punible hasta con dos años de prisión. Por su parte, la Ley 5/2014 sobre la seguridad privada, establece que las empresas de desokupación deben contratar personal que esté legalmente cualificado como vigilante, de lo contrario podría usarse en contra durante un juicio. Lo que debes hacer, si la propiedad es la vivienda principal del dueño, la Policía Nacional debe sacarlos inmediatamente por ser un allanamiento de morada. Sin embargo, solo funciona dentro de las 48 horas.

Pero si la propiedad se encuentra deshabitada por un largo tiempo y entra un okupa, aquí es donde el viacrucis legal entra en juego, porque ya sería una usurpación de vivienda deshabitada y el proceso es más engorroso. Lo más importante es no tomar justicia por mano propia y acudir a las autoridades pertinentes para tratar el caso de okupación. Se recomienda, instalar cámaras de seguridad que puedas acceder desde tu móvil y que incluya alarmas en caso de que sea vulnere la seguridad, también puedes avisar a algún vecino de confianza para que te mantenga al tanto de todo.

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